Visa para trabajar en Chile legalmente

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¿Cómo obtengo una visa si vivo fuera de Chile?

¿Cómo obtengo una visa si vivo en Chile?

¿Qué otras visas están disponibles?

Visa de Temporaria para hijo de extranjero transeúnte

Para solicitar Visa Temporaria para personas que al momento de su nacimiento en el territorio nacional, sus padres se encontraban en el país en calidad de turistas.

Visa de Temporaria para ex residente

Para solicitar visa de Residencia Temporaria,  los extranjeros ex residentes de visa que hayan vivido en Chile a lo menos un año y que regresen al país después de haber estado ausente por un plazo no superior a cinco años; y los ex titulares de Permanencia Definitiva cuya visa haya sido revocada por haber estado más de un año fuera del país.

Visa Temporaria con vinculo con familiar con visa definitiva

Para solicitar Visa de Residencia Temporaria, los extranjeros que tienen familiares con visa Definitiva en Chile. Por ejemplo, un hijo, padre, madre o cónyuge. No aplica para hermanos, cuñados, sobrinos, etc.

Para mas información sobre la Visa Dependiente ve la siguiente entrada:

Visa para profesionales

Para solicitar Visa para profesionales, los Técnicos de Nivel Superior, con un mínimo de 1.600 horas académicas, (si el título técnico no señala el número de horas cursadas, debe adjuntar un certificado de la Institución que acredite las horas, debidamente legalizado).

Visa para embarazadas

Existe un Programa Especial de Protección de la Maternidad, para trabajadoras extranjeras, que residiendo en Chile, estén embarazadas. Ellas podrán optar a un Permiso de Residencia Temporaria certificando que controlan su situación de embarazo en el centro de salud que corresponde a su domicilio o con un profesional de la salud debidamente acreditado.

Visa Mercosur

Esta visa de residente temporario por un año, prorrogable por otro año a: argentinos, bolivianos, brasileños, paraguayos y uruguayos. Siempre y cuando no posean antecedentes penales y/o delictivos.

203 Replies to “Visa para trabajar en Chile legalmente”

  1. Hola buenas noches se puede cambiar de empleador con esta visa de motivos laborales, si la visa esta otorgada en el ultimo tramite administrativo con permiso de trabajo? pero aun no esta estampada gracias

  2. Estimada Lorena, te agradecemos mucho que compartas tu inquietud con nosotros. Los problemas son tan singulares como lo son las personas, en sentido general podemos decirte que este tipo de visa permite trabajar con uno o más empleadores mientras esté vigente la visa y el cambio de empleador no tienen costo adicional. Al término del contrato puede firmar uno nuevo sin pedir otra visa y solicitar la Permanencia Definitiva después de 1 año de trabajo continuo. Para tu caso en particular te recomendamos que llames por teléfono al Centro de Atención Laboral: 600 450 4000 y en la consulta aportes todos los datos necesarios, para una respuesta especifica.

  3. Tengo una consulta con respecto a si el contrato puede ser a plazo o indefinido? En el caso de a plazo puede ser por un mes de prueba?

  4. Saludos amigos, he comenzado a trabajar hace dos semanas pero no me han hecho el contrato de trabajo porque la persona encargada está de vacaciones. Mi pregunta es si ya llevo dos semanas trabajando, y puedo llegar a tres, que fecha de inicio debe indicar el contrato? ya que la cláusula de vigencia indica que la obligación solo podrá cumplirse obtenido la visación de residencia correspondiente en Chile o el permiso especial de trabajo para extranjeros con visa en trámite. Agradezco su orientación.

  5. Gracias por escribirnos. Tu contrato de trabajo debería decir en una de sus clausulas: “La obligación de prestar servicios. emanada del presente contrato, solo podrá cumplirse una vez que el trabajador haya obtenido la visación de residencia correspondiente en Chile o el permiso especial de trabajo para extranjeros con visa en tramite”. Si tu contrato pone fecha de comienzo de trabajo antes de eso, antes de recibir tu permiso de trabajo, tendrás que recibir una sanción. Las sanciones pueden ser AMONESTACIÓN o MULTA, la que debes pagar en dinero.

  6. Agradecemos que tomes el tiempo en escribirnos. Lo de trabajar un mes aprueba no existe, el empleador dispone de un máximo de 15 días para redactar el contrato desde la incorporación del trabajador en su empresa. Imagino que tu pregunta se refiere a Contrato de trabajo para la visa temporaria por motivos laborales. Si es así debes tener en cuenta que la vigencia del contrato para la solicitud de una visa por motivos laborales no debe ser menor a seis meses para que la solicitud sea acogida. Además, el contrato debe contener las siguientes tres cláusulas específicas*, redactadas de la siguiente manera:

    Vigencia: “La obligación de prestar servicios emanada del presente contrato, sólo podrá cumplirse una vez que el trabajador/a haya obtenido la visación de residencia correspondiente en Chile o el permiso especial de trabajo para extranjero/as con visa en trámite”.
    Régimen previsional: “Se deja constancia que el trabajador/a cotizará en el régimen previsional chileno, comprometiéndose el empleador a efectuar las retenciones y entregarlas a las instituciones correspondientes”.
    Impuesto a la renta: “El empleador tiene la obligación de responder al pago de impuesto a la renta correspondiente en relación con la remuneración pagada”. (Sólo para sueldos superiores a 13,5 UTM).
    *En el caso de las personas que ya tienen visa temporaria o definitiva otorgada, el contrato no requiere de ninguna cláusula especial, y tampoco requiere un plazo mínimo.

    Luego de elaborado el contrato, el representante legal de su empresa y el trabajador deben firmar el contrato ante un notario y una copia debe ser enviada a al Departamento de Extranjería y Migración (DEM) con los demás documentos que indica la solicitud.
    Esperamos ser de ayuda para que pronto puedas tener regularizados tus papeles.

  7. Hola buenas noches tengo una consulta, yo recién este año sacaré mi primera temporaria, y en junio envié mis papeles,por ahora sigue visa en trámite, pero yo ahora quiero cambiarme de empleador, quisiera saber cuáles son los requisitos que debo hacer? ( Mi contrato es visa temporaria por motivos laborales)
    Gracias.

  8. Gracias Sasha por escribirnos. Seguramente, llenaste la solicitud de visa temporaria y adjuntaste: fotocopia de tu pasaporte, fotocopia de tu ultima tarjeta de turismo, y foto tamaño carnet. Si eres Colombiana también adjuntaste un Certificado de Antecedentes judiciales, y si eres peruana un Certificado Consular de Antecedentes penales. Y obviamente un contrato de trabajo firmado ante notario, ese contrato que enviaste seguramente tenía vigencia de un mínimo de 6 meses porque no debe ser menor a seis meses para que tu solicitud sea acogida. Si aun no tienes la visa, significa que tienes un permiso de trabajo y tu empleador esta pagando tus cotizaciones como indica la ley ya que debes tener un RUT provisorio. Al termino de ese contrato de trabajo, tu puedes firmar un nuevo contrato sin la necesidad de solicitar una nueva visa, mientras esa dure. Así la principal diferencia entre la visa “Sujeta a Contrato”, y la visa temporaria por motivos laborales, es que el trabajador no queda sujeto a un solo empleador, teniendo la opción de cambiarlos sin tener que informarlo ni pagar nuevo arancel. Luego de un año con esta visa puedes pedir la Permanencia definitiva.

  9. Hola buenas tardes, en mi caso tengo ya el permiso de trabajo pero estoy esperando que la visa temporaria me sea aprobada, mi pregunta… Puedo cambiar de empleador en esta condición o debo esperar que me sea aprobada la visa para poder cambiar de trabajo? Gracias de antemano

  10. Gracias por escribirnos, Antonio. Te podemos decir que si has tenido un cambio de empleador
    sin haber recibido la visa sujeta a contrato, deberías solicitar una ratificación por cambio de empleador,
    enviando los nuevos antecedentes. En tu nota no mencionas si renunciaste a efectuar ese trabajo,
    o fuiste despedido. Sea como sea el asunto es que tienes 30 dias para solicitar un cambio de empleador
    en Departamento de Extranjería y Migración.
    De esta forma, la visa que recibiras ya vendra corregida y otorgada con el nuevo empleador, con el que efectivamente
    trabajaras. ¿Como lo puedes hacer? Envia una carta junto con el finiquito y el nuevo contrato.

  11. Hola amigos; una consulta
    Estoy como turista y he recibo un contrato ( propuesta) de trabajo en una empresa para iniciar el 2 de Enero donde tengo que realizar yo los trámites; quisiera tramitar la de “visa por motivos laborales”pero al parecer puede tomar en los pasos hasta 60 días hábiles para recibir autorización cierto? De ser así; que vía otorga el País para expedir autorización inmediata y empezar a laborar en la fecha solicitada Mientras está la autorización definitiva de visa por motivos laborales” ? Tengo alguna otra alternativa?

    De antemano gracias por su ayuda!

  12. Hola buenas tardes, mi pregunta es si ya tengo visa y permiso aprobado desde hace una semana y quiero cambiar de empleador. Puedo hacerlo? Y otra duda mi jefe debe darme un finiquito?

  13. Estimada Karen, supongo que tienes Visa Temporal por Motivos Laborales. Si vives en Santiago la solicitaste en el Departamento de Extranjería y Migración y si vives en provincia, la solicitaste en la oficina de Gobernación. Ahora, no se si ya tienes tu Visa, o mientras llega pediste un permiso provisorio para trabajar. Si ya tienes la Visa, tienes permiso de trabajo por un año y puedes extenderla, mostrando tus cotizaciones de AFP y salud. Y puedes cambiar de empleador como tú deseas, algo que con la Visa sujeta a contrato no se podía hacer. Ahora, si tu empleador no reporta el finiquito, es decir que tú dejaste de trabajar para él, con esta clase de Visa no hay sanción para él. Pero, al dejar de trabajar, tal como lo haría un trabajador chileno, hay que hacer un finiquito, es decir, dejar una constancia escrita de esto, mediante escrito autorizado en una notaria y avisando a tu empleador 30 días antes. Y luego firmar otro contrato sin necesidad de solicitar un nuevo visado. Y esperamos que al termino del año puedas solicitar tu Permanencia Definitiva.

  14. Estimada Diana, mientras esperas tu Visa de Trabajo por motivos laborales, puedes solicitar un permiso de trabajo que te posibilita trabajar mientras tu Visa está en trámite. El costo es de la mitad del valor de la Visa y este permiso estará vigente hasta que llegue tu Visa de Trabajo por motivos laborales,o se termine tu plazo de permiso. Cuando recibas el permiso de trabajo, deberás solicitar un RUT provisorio en FONASA, por ejemplo. Porque tu empleador debe comenzar a pagar tus cotizaciones. Hasta se puede hacer por correo electrónico, mandando el contrato y fotocopia del pasaporte.
    Si ya tienes el contrato firmado ante notario, envía una copia a al Departamento de Extranjería y Migración (DEM) con los demás documentos que indica la solicitud.

    Que todo te salga bien y recuerda que el futuro nunca es tan terrible como lo pintan nuestros temores.

  15. Hola!si estoy como turista y voy a solicitar permiso y visa temporaria por motivos laborales, mi empleador debe esperar a que yo obtenga mi permiso para que yo pueda ir a trabajar? Por ello me dice que el contrato va a indicar solo la fecha en que se firma pero no la de inicio de actividades. No comprendo cómo se calcula la vigencia si asimismo dice que su duración será indefinida?
    Muchas Gracias!

  16. Estimada Daniela, gracias por escribir. Primero definamos “contrato”, un contrato de trabajo establece que tú como trabajadora te comprometes a prestar servicios al empleador, a cambio de una remuneración.

    Pero en Chile, existen distintos tipos de contrato:
    Contrato a plazo fijo: Significa que hay una fecha de inicio y una de término del contrato. Éste puede renovarse, pero no por más de dos años.
    Muchas empresas acostumbran a contratar por tres meses bajo el formato plazo fijo y renovar el acuerdo por otros tres meses. Eso es legal, pero un contrato de 3 meses a tí no te sirve para sacar visa de tarbajo.

    Contrato a plazo indefinido: Este contrato, el que te están ofreciendo, es un buen contrato porque no define cuándo llegará a su término. Eso te beneficia, porque estas mas estable en tu trabajo. Porque tu trabajo no termina en una fecha especifica, sino que terminara cuando tú renuncies, te despidan, o te mueras. Esperamos que no suceda ninguna de estas.

    El contrato de trabajp para un extranjero debe contener la siguiente cláusulas específicas, entre otras, redactada de la siguiente manera:
    Vigencia: “La obligación de prestar servicios emanada del presente contrato, sólo podrá cumplirse una vez que el trabajador/a haya obtenido la visación de residencia correspondiente en Chile o el permiso especial de trabajo para extranjero/as con visa en trámite”.

    Y esta clausula es así porque sino tú y tu empleador estarían transgrediendo la ley. Tú por trabajar sin visa ni permiso de trabajo y tu empleador por contratar a un trabajador que no tiene permiso ni visa de trabajo. Esperamos que todo te salga bien, cualquier cosa avísanos.

  17. Buenas tardes:
    Quisiera saber los pasos a seguir, ya que hace unos meses firmamos un contrato de trabajadora de casa particular con una señora peruana, para tramitar su visa temporal por motivos laborales el cual señalaba que una vez obtenida su visa podría comenzar a regir dicho contrato (ya que no solicitó permiso temporal para trabajar). Ahora ha obtenido su visa temporal y carnet, mi consulta es: debemos firmar un nuevo contrato notarial para dejar estipulada le fecha de inicio de las prestaciones laborales? Ya que recién ahora empezará a trabajar. Como se hace para ingresarla al sistema de AFP y Fonasa? Debe ingresarla el empleador o lo hace la trabajadora?

  18. Hola Johanna, gracias por tu preocupación de ayudar a los extranjeros. Si la señora peruana tiene visa y carnet, puede incorporarse a la AFP Plan Vital, solo a esta por ser extranjera, resulta muy fácil por Internet. Llenando un formulario (puedes buscarlo en nuestra página en la sección Trabajar en Chile: Visa Temporaria por motivos laborales en el la pregunta 10 si deseas imprimirlo), que pregunta sus datos personales, como los de su empleador, y la fecha de inicio de actividades. Recuerda que si pones el inicio de su trabajo en una fecha anterior a que recibiera su visa, por no tener permiso de trabajo, estarían incumpliendo, ambas, la ley. Una vez afiliada a la AFP, puedes acudir a una oficina de FONASA a inscribirse. Aprovecho de explicar que, si un extranjero no tiene carnet (RUT), diferente al caso que tu mencionas, puedes enviar sus antecedentes por email debes adjuntar al email: 1-Copia notarial del contrato de trabajo. 2-Fotocopia del pasaporte. 3- Declaración simple, indicando la fecha del comienzo de las labores. Cuando tengas el RUT definitivo, debes escribir al mismo correo
    indicando en “Asunto” Actualización de RUT extranjero. Que la señora peruana te haga un buen ají de gallina!

  19. hola cuanto se demora el tramite de permiso temporal para trabajar , es que requiero contratar a extranjeros para faena agricola por 6 meses y no se cuanto demora este tramite a fin de cumplir con toda la normativa laboral

  20. Estimada Jeannette, gracias por escribir, seguramente tú te refieres al permiso especial para trabajo con visa temporaria por motivos laborales en tramite, no el permiso para trabajar como turista. ¿No es verdad?. Ese permiso, (permiso especial para trabajo con visa temporaria por motivos laborales en tramite), seguramente se solicitó al momento de enviar la solicitud de residencia temporal. La respuesta se recibe 45 días hábiles desde el envío, o más si hay mucha demanda. Al momento que se acoge a trámite la solicitud se puede trabajar, siempre que enviara toda la documentación solicitada. Y este permiso durará hasta que llegue la visa por motivos laborales o se termine el permiso mismo.
    Esperamos que todo salga bien, si tienes otras consultas puedes hacerlas al contact center 600 486 3000 de lunes a viernes desde las 9:00 a 17:00 hrs.

  21. Hola! Tengo las siguientes dudas:

    Si uno quiere contratar a una asesora de hogar Peruana, que está recién en los tramites para sacar la visa “temporaria por motivos laborales”. Estoy clara que cuando tenga el permiso va a poder trabajar en mi casa, pero tambien en el formulario requiere permiso para trabajar mientras consigue la visa temporal.

    Por lo mismo tengo dos dudas:

    1.Puede empezar a trabajar en la fecha que ella ya envío los papeles y contrato firmado a extranjería, donde solicito el permiso de poder trabajar con visa en tramite.

    2.Si es que efectivamente ella puede trabajar, desde el momento que envío los papeles a extranjería solicitando el permiso de trabajar con visa en tramite, ¿Se cuenta esa fecha en adelante el pago de las cotizaciones o desde la fecha que le dieron la visa temporal ?

    Espero que me puedan ayudar!
    Muchas gracias
    Saludos

  22. Si ya estoy laborando y tengo mi permiso de trabajo pero debo salir del país hay que solicitar algún permiso especial?

  23. Estimado Andres, entendemos que enviaste una solicitud de visa temporaria y esta está en tramite, y que actualmente cuentas con un permiso de trabajo. De acuerdo a esto no tendrías problemas para salir del país. Te recomendamos que te comuniques con PDI al fono 2 2690 1010, ya que ellos son los que fiscalizan la salida y la entrada al país. Si tuvieras la permanencia definitiva, y sales del país por mas de un año, tu permanencia definitiva queda revocada. Salvo que solicites una prorroga en un Consulado chileno. Que disfrutes con tu familia y amigos.

  24. Estimada María: La Dirección del Trabajo en su circular 39 en el Cápitulo 1 “FISCALIZACIÓN DE LABORES DESEMPEÑADAS POR TRABAJADORES EXTRANJEROS EN EL ORDEN LABORAL”, punto b) dice: “Permiso especial de trabajo con visa de residencia temporaria por motivos laborales en trámite, el cual se solicita al momento de enviar la solicitud de residencia temporal y con el que se puede trabajar, una vez que se acoge a trámite la solicitud.. Cuando tenga el permiso de trabajo, puede solicitar un RUT provisorio. (en FONASA, por ejemplo). Así podrá comenzar a pagar sus cotizaciones. Hasta se puede hacer por correo electrónico, mandando el contrato y fotocopia del pasaporte a Plan Vital debes adjuntar al email: 1-Copia notarial del contrato de trabajo. 2-Fotocopia del pasaporte. 3- Declaración simple, indicando la fecha del comienzo de las labores. Cuando ella tenga el RUT definitivo, debes escribir al mismo correo indicando en “Asunto” Actualización de RUT extranjero. Esperamos que todo salga bien, si tienes otras consultas puedes hacerlas al contact center 600 486 3000 de lunes a viernes desde las 9:00 a 17:00 hrs.

  25. Hola buenas noches tengu una duda. Solicite mi visa temporaria para profesionales y tecnicos hace casi dos meses aun no me aparece si fue aprobada, mi duda es si en esta condición sin permiso de trabajo puedo postularme para trabajar y si asi una empresa puede contratarme y de haverlo que debe hacer para cumplir con lo requerido por la ley?

  26. Estimada Oreana:

    Espero que hayas enviado todos los documentos solicitados. Si eres profesional o técnico de nivel superior, debes haber incluido entre los documentos, copia debidamente legalizada de tu titulo profesional. Si eres profesional médico, primero debes revalidar tu título en la Universidad de Chile y si eres docente, en el Ministerio de Educación. Salvo que vengas de un país que tenga convenio con Chile.

    Si solicitaste visa para Técnicos, debes haber presentado contratos de trabajo con la clausula, entre otras: Vigencia: “La obligación de prestar servicios emanada del presente contrato, sólo podrá cumplirse una vez que el trabajador haya obtenido la visación de residencia correspondiente en Chile o la autorización para trabajar”. De todos modos, toda persona que solicita visa Temporaria como titular, puede solicitar un permiso de trabajo con visa en tramite. Si no tienes visa de trabajo y no tienes permiso de trabajo, y trabajas, la sansión es para tu empleador y para ti. (Art. 70 y 147 Trabajar sin autorización). Las sanciones pueden ser AMONESTACIÓN o MULTA. Para saber mas sobre amonestaciones y multas puedes ver este link: http://www.extranjeria.gob.cl/sanciones/

    Pero, es posible que tu visa ya esté aprobada.

    Esperamos que todo salga bien, si tienes otras consultas puedes hacerlas al contact center 600 486 3000 de lunes a viernes desde las 9:00 a 17:00 hrs.

  27. HOLA SOLICITE CON CONTRATO DE TRABAJO EL PERMISO TEMPORAL DE TRABAJO EN DICIEMBRE SOY EXTRANJERO Y EN ENERO ME DIERON UN ANEXO CON FECHA DE CULMINACIÓN DEL CONTRATO PARA EL 31 DE ENERO QUE DEBO HACER

  28. Estimado Luis: Si solicitaste una visa del RESIDENTE SUJETO A CONTRATO, al terminar tu contrato caduca ese permiso. Para regularizar tienes que conseguir un nuevo empleador y solicitar un cambio de empleador en el Departamento de Extranjera y Migración en San Antonio 580, tercer piso. Si solicitaste PERMISO PARA TRABAJAR COMO TURISTA, ese permiso dura 30 días y son prorrogables, mientras se tenga el Permiso de turismo. Si solicitaste VISA TEMPORAL POR MOTIVOS LABORALES, debes haber enviado un contrato de trabajo y este no pudo ser inferior a un año. Quien ya tenga su VISA TEMPORAL POR MOTIVOS LABORALES puede cambiar de empleador sin mayores problemas. Ahora los anexos de contrato, tú lo firmas si te benefician y si te perjudican, obviamente tú no los firmas. Y si ahora ese contrato, supongo, no se cumple de parte del empleador, no si tienes ya el finiquito, o constancia en la Inspección del Trabajo. No se si ya tienes un nuevo contrato de trabajo. Te sugiero que llames al contact center 600 486 3000 o 232393100 de lunes a viernes desde las 9:00 a 17:00 hrs. Y aportes detalles personales, que ayudarán a la funcionaria a darte una mejor respuesta. Deseamos que todos tus tramites resulten bien.
    Pero, es posible que tu visa ya esté aprobada. Y si ya está aprobada tu VISA TEMPORAL POR MOTIVOS LABORALES, solo quedaría que busques rápidamente otro empleo, sin necesidad de informar el cambio de empleador.

  29. Hola, somos una empresa agricola y contratamos a un trabajador haitiano con visa temporaria, en diciembre 2017, la cual fue otorgada el 24/02/17 y vence el 24/02/2018, el contrato que le hicimos es por faenas como a todos los demas trabajadores, el para extender su visa necesita que nuestro contrato sea ante notario y con las clausulas que se exigen?

  30. Hola buenas. Tengo una duda. Si yo tengo mi visa temporaria en tramite pero ya tengo el permiso de trabajo puedo cambiar de empleador? En caso de renunciar al empleo. Si consigo otro empleo nuevo ese empleador puede seguir pagando mis cotizaciones?

  31. Hola,mi esposo y yo solicitamos una visa sujeta a contrato por error y desconocimiento del cual m doy cuenta al salir el permiso de trabajo que es cuando el funcionario de Extranjeria m informa del error y m orienta hacer una rectificacion d la visa sujeta a contrato a visa temporaria por motivos laborales en virtud que la visa no habia salido. Asi lo hice y envie los requisitos que mas q todo era una vigencia del contrato y una carta explicativa de porque el cambio de visa, eso hace 2 meses y hoy cuando reviso m salio igual la visa sujeta a contrato y a mi esposo si le salio su visa temporaria. A el si le consideraron la rectificacion. Sera que m puedes orientar que puedo hacer? Si pagar esa visa, si pierdo todo y tengo q esperar los mismos meses que espere para q saliera la visa hasta hoy metiendo un nuevo contrato.Le agradeceria mucho tu comentario. Gracias.

  32. Estimada Marta: Contestando de manera general te podemos decir que tus trabajadores necesitan:

    1.- SOLICITUD DE VISA TEMPORARIA VIA CORREO LLENADA INTEGRAMENTE Y FIRMADA.

    2.-Fotocopia del pasaporte vigente (hojas de identificación, número y fechas de otorgamiento y vencimiento de
    éste y estampado de la visa anterior).

    3.- fotocopia del Certificado de Registro, emitido por Policía Internacional (Eleuterio Ramírez N°852, Santiago),
    obligatorio sólo para personas mayores de 18 años.

    4.-Fotografías recientes, tamaño carné (3×2 cm.), en colores, con nombre completo y número de cédula de identidad para extranjeros.

    5.-Fotocopia de cédula de identidad por ambos lados, obligatorio sólo para personas mayores de 18 años.

    6.-Certificado de antecedentes original, emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile. No
    olvidar que este tiene una vigencia de 30 días y que es obligatorio sólo para personas mayores de 18 años.

    Esperamos que todo salga bien, te hemos dado sugerencias generales, pero te aconsejamos que aportes mas datos y hagas preguntas al contact center 600 486 3000 de lunes a viernes desde las 9:00 a 17:00 hrs.

  33. Hola Carlos: Si tú ya tienes tu permiso de trabajo, porque tienes una visa en tramite, no hay problema si cambias de empleador. Pero, te advierto que si no tienes continuidad laboral es posible que al fin de un año no te den la Permanencia Definitiva. Si quieres agregar detalles a tu pregunta, que pudieran cambiar la respuesta te sugerimos llamar al contact center 600 486 3000 de lunes a viernes desde las 9:00 a 17:00 hrs.

  34. Estimada Lilieth: Si tu solicitaste un cambio de condición o calidad de visa, de sujeta a contrato a temporaria, para ello entiendo que llenaste el formulario
    Además,debes haber presentado un Certificado de vigencia del contrato, emitido por tu empleador y legalizado ante notario. No entiendo bien, porque no se acogió esta rectificación. Imagino que rectificaste el contrato, sin la cláusula de viaje, ya que para solicitar primero la Visa sujeta a contrato, debías poner esa cláusula. Y el contrato era con el mismo empleador, porque con la Visa sujeto a contrato no puedes cambiar de empleador. Si es así, lo bueno es que no estas ilegal, porque cuentas con Visa sujeta a contrato. Y seguramente tu empleador te paga tus cotizaciones provisionales. Puedes ahora intentar la rectificación:
    1.-Una carta donde solicites la rectificación de tu Visa, pone tu nombre completo y los motivos del cambio.
    2.-Si eres Colombiana debes adjuntar un Certificado de Antecedentes judiciales y si eres Peruana, un Certificado Consular de Antecedentes Penales.
    3.-Especifica claramente el tramite que estas solicitando
    4.-Y la documentación para solicitud de Visa temporaria por primera vez, que se ha comentado anteriormente en esta página.
    Como carezco de mas antecedentes, te sugiero que llames al contact center 600 486 3000 de lunes a viernes desde las 9:00 a 17:00 hrs.

  35. Hola… tengo una consulta, yo anexe en extranjería un solicitud de visa por motivos laborales,la misma se encuentra en tramite y solo poseo mi permiso de trabajo, sin embargo, actualmente cuento con una mejor oferta laboral y quiero aceptarla, cuales son los pasos a seguir? como notifico en santiago el cambio de empleador?, esto retrasaría el proceso?…

  36. Estimada Mary: La visa de Residencia Temporaria por Motivos Laborales te permite residir en el país y realizar trabajos lícitos, estudios en la Universidad o establecimientos Técnicos, emprender un negocio, o dar prestaciones de servicios. Esta visa dura un año, y es prorrogable por un año más, según el artículo 51 del Reglamento de Extranjería. De modo que, con esta visa puedes tener uno o mas trabajos y puedes cambiar de trabajo sin problemas. Al término del contrato puede firmar uno nuevo sin pedir otra visa y solicitar la Permanencia Definitiva después de 1 año de trabajo continuo. Si no tienes un año continuo de trabajo no podrás optar por la definitiva.
    Te sugiero esperar tu Visa Temporaria por Motivos Laborales y podrás así estar tranquila. De hecho es posible que tu visa ya esté aprobada. Y si ya está aprobada tu VISA TEMPORAL POR MOTIVOS LABORALES, solo quedaría, sin necesidad de informar el cambio de empleador, asegurarte que se han pagado todas tus imposiciones, lo que mostrara continuidad laboral. Si no se pudiera pensar que alguien te facilitó un contrato “que no cumple requisitos legales” solo para obtener permiso de trabajo.
    Si quieres agregar detalles a tu pregunta, que pudieran cambiar la respuesta te sugerimos llamar al contact center 600 486 3000 de lunes a viernes desde las 9:00 a 17:00 hrs.
    Recuerda que la principal diferencia entre la Visa Temporaria por Motivos Laborales con la visa “Sujeta a Contrato”, es que con esta nueva visa por motivos laborales, el trabajador no queda sujeto a un solo empleador, teniendo la opción de cambiarlos sin tener que informarlo ni pagar nuevo arancel.
    Mary, esperamos que pronto tengas tu visa temporaria por motivos laborales y luego la definitiva.

  37. Hola Buenas.

    yo tengo mis papeles en tramite. yo hice el proceso de solicitud de visa y poder obtener la misma y mi permiso yo ingrese los documentos el 15 de diciembre, hasta la fecha no me ha llegado mi permiso pero yo estaba laborando con las personas que mi hicieron el contrato y prescindieron de mis servicios sin hacer finiquito, antes que el permiso me saliera. quisiera saber si eso repercute en mi tramite y en este caso que puedo hacer ya que mi contrato sigue vigente con estas personas.

  38. Estimada Gabriela: Entiendo que solicitaste una visa temporaria por motivos laborales y a la misma vez un permiso de trabajo. Si no tienes visa de trabajo y no tienes permiso de trabajo, y trabajas, la sansión es para tu empleador y para ti. (Art. 70 y 147 Trabajar sin autorización). Las sanciones pueden ser AMONESTACIÓN o MULTA. Para saber mas sobre amonestaciones y multas puedes ver este link: http://www.extranjeria.gob.cl/sanciones/
    Supongo, que el contrato que enviaste contenía las siguientes tres cláusulas específicas*, redactadas de la siguiente manera:
    Vigencia: “La obligación de prestar servicios emanada del presente contrato, sólo podrá cumplirse una vez que el trabajador/a haya obtenido la visación de residencia correspondiente en Chile o el permiso especial de trabajo para extranjero/as con visa en trámite”.
    Régimen previsional: “Se deja constancia que el trabajador/a cotizará en el régimen previsional chileno, comprometiéndose el empleador a efectuar las retenciones y entregarlas a las instituciones correspondientes”.
    Impuesto a la renta: “El empleador tiene la obligación de responder al pago de impuesto a la renta correspondiente en relación con la remuneración pagada”. (Sólo para sueldos superiores a 13,5 UTM).
    Te sugiero, encontrar otro empleador con contrato y que te pague las imposiciones y cuando te llegue el permiso de trabajo comiences a hacerlo, obviamente. No se si te conviene ir a la inspección del trabajo para denunciar a tu empleador por el finiquito, porque ambos incumplieron la ley.
    Espero, que pronto tengas la visa temporaria porque con esta visa puedes tener uno o mas trabajos y puedes cambiar de trabajo sin problemas. Al término del contrato puede firmar uno nuevo sin pedir otra visa y solicitar la Permanencia Definitiva después de 1 año de trabajo continuo. Si no tienes un año continuo de trabajo no podrás optar por la definitiva.
    Puedes hacer tus consultas al contact center 600 486 3000 de lunes a viernes desde las 9:00 a 17:00 hrs.

  39. De: Mila
    Asunto: consulta de contrato

    Cuerpo del Mensaje
    Hola, mire yo tengo la visa temporaria, vence en noviembre pero ahora cambie de empleador aun no renuncio a mi otro trabajo, que debo hacer para que mi actual empleador me cotize? ¿tendria que ir a extranjeria?, lo otro es que mi actual empleador me hara el contrato por solo 3 meses y luego despues de ello el indefinido, me podrian ayudar por favor


    Este correo fue enviado utilizando contact form en TU problema TU solución (https://www.tuproblematusolucion.cl)

    RESPUESTA: Si ya tiene el permiso de trabajo, puede solicitar un RUT provisorio. (en FONASA, por ejemplo). Así podrá comenzar a pagar sus cotizaciones. Hasta se puede hacer por correo electrónico, mandando el contrato y fotocopia del pasaporte, debe adjuntar al email:
    1-Copia notarial del contrato de trabajo.
    2-Fotocopia del pasaporte.
    3- Declaración simple, indicando la fecha del comienzo de las labores.
    Cuando ella tenga el RUT definitivo, debes escribir al mismo correo indicando en “Asunto” Actualización de RUT extranjero. Esperamos que todo salga bien, si tienes otras consultas puedes hacerlas al contact center 600 486 3000 de lunes a viernes desde las 9:00 a 17:00 hrs.

    Saludos,

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  40. Hola buenas tardes una consulta quisiera saber al cambiar de empleador ya teniendo la visa temporaria es mejor renunciar o que te boten de la empresa

  41. Saludos, mi duda es la siguiente. En el mes de diciembre solicite visa temporaria por motivos laborales, el trámite ha tardado más de lo debido por sobredemanda de solicitudes. A finales de enero, con dos meses trabajando con mi empleador (visa de trabajo para turista) este decidió no continuar la relación laboral. No hizo el previo aviso de 30 días, pero como apenas tenia dos meses de servicio no se si aparte del finiquito tenga derecho a la indemnización por sustitución del previo aviso.
    Muchas gracias

  42. Estimado Andree: No se exactamente a que te refieres. Pero, en sentido económico, es mas ventajoso que te despidan porque así podrías recibir una indemnización.
    ¿Qué es la indemnización? Es el dinero que tu empleador debe darte como trabajador cuando pone término al contrato de trabajo.
    Obviamente el pago de indemnización no corresponde si renuncias o si la causa de despido es por lo mencionado en el artículo 160 del Código del Trabajo: mala conducta del empleado, causar daños a la empresa, abandonar injustificadamente sus tareas, etc.
    ¿Cuáles son las indemnizaciones a que tiene derecho un trabajador?
    Indemnización sustitutiva del aviso previo. El monto de esta indemnización es el equivalente a la última remuneración mensual ganada por el trabajador.
    Indemnización del feriado anual o vacaciones. Aquella indemnización que se paga al trabajador cuando se pone término al contrato por la causal de necesidades de la empresa. Esta indemnización es equivalente a un mes de sueldo por cada año de servicio
    Indemnización por años de servicio.

  43. Hola buenas noches queria hacer unas consultas mi novia y yo solicitamos el carbet temporal chileno con contrato de trabajo y llevamos un mes y no nos llega la reapuesta si fue aprovado o no emos ingresado por la web y nos sale que aun no estamos registrados estoy preocupado porque no quiero tener problemas y tambien queria saber cuanto es el valor por el permiso de trabajo y el carnet temporal muchas gracias se lo agredeseria antemano si me diera una respuesta a esto somo de nacionalidad peruana presentamos todos los requisitos que nos pidieron. Saludos dios lo bendiga.

  44. Hola , la semana pasada firmé contrato con una dominicana para trabajar como asesora del hogar plazo indefinido . Era su primer contrato en chile y lo necesita para sacar la visa temporal de trabajo. El tema es que firmamos en la notaria con todas las cláusulas correspondientes. Luego de firmar me dijo que no estaba de acuerdo con él suelo y que no iba a trabajar. El problema es que ahora desapareció , no la puedo contactar y no se que hacer con ese contrato ya firmado.

  45. Una manera de defenderse de personas inescrupulosas que pudieran cobrar indemnización, es dar por terminado el contrato de trabajo ante notario por la negativa a trabajar sin causa justificada, lo que no implica un pago de indemnización. Enviando copia a la Inspección del trabajo.
    Hay muchos contratos falsos, que al visitar el lugar de trabajo no existe o en el lugar no conocen a la persona que presentó el contrato de trabajo a Extranjera.
    En otras ocasiones se ve claramente que es un contrato falso porque no hay liquidaciones de sueldo ni cotizaciones sociales.
    Si deseas aportar mas datos y recibir una respuesta mas concreta puedes llamar al Fono Consulta Laboral al fono 600 450 4000.

  46. Estimado Hector: Los valores esta sujetos a la variación del dólar y depende de que país procedes.
    Aquí te pongo algunos países y sus valores:

    ARGENTINA: Visa Temporaria US$100; Sujeta a contrato US$270
    BOLIVIA: Visa Temporaria US$283;Sujeta a contrato US$300
    BRASIL: Visa Temporaria US$100;Sujeta a contrato US$100
    ECUADOR: Visa Temporaria US$180; Sujeta a contrato US$230
    PERÚ: Visa Temporaria US$100; Sujeta a contrato US$80

    Los valores por autorización para trabajar como turista, se paga un derecho equivalente al 150% del valor a la visa sujeta a contrato.

    Respecto a la cedula de identidad para extranjeros tiene un precio de $4.270 pesos chilenos.

    Y no queda mas que tener paciencia, esperamos que pronto recibas tu visa aprobada.

  47. Estimado Alejandro: No se si te entendí bien, ¿En diciembre pediste la “visa temporaria” es decir la visa de trabajo por motivos laborales?, y si la visa se demoró, ¿Obtuviste un permiso de trabajo? ¿Y el permiso de trabajo lo tenías cuando empezaste a trabajar en diciembre? Luego mencionas que tenías visa de trabajo para turista.
    Disculpa, no logro entenderte bien. La otra parte de la pregunta, está muy clara, primero, ¿Qué es la indemnización? Es el dinero que debe entregar el empleador al trabajador cuando pone término al contrato de trabajo, invocando alguna de las causales que dan este derecho al trabajador, o cuando se ha estipulado esta indemnización en el contrato de trabajo.
    Ahora te aclaro que, el pago de indemnización no corresponde si la causa de despido es por lo mencionado en el artículo 160 del Código del Trabajo: mala conducta del empleado, causar daños a la empresa, abandonar injustificadamente sus tareas, etc. Si ese no es tu caso, ¿Cuáles son las indemnizaciones a que tienes derecho?

    Pudiera ser, Indemnización sustitutiva del aviso previo. Esta la paga el empleador cuando no ha dado aviso previo de despido con un mínimo de 30 días. El monto de esta indemnización es el equivalente a la última remuneración mensual que tú has recibido.
    Indemnización del feriado anual o vacaciones. Es aquella indemnización que se paga al trabajador cuando se pone término al contrato por la causal de necesidades de la empresa. Esta indemnización es equivalente a un mes de sueldo por cada año de servicio
    Y existe la Indemnización por años de servicio.
    De todas formas, Alejandro, piénsalo bien antes de exigir tus derechos, no vaya ser que cuando exijan tus deberes, obtengas una victoria pírrica, es decir vencer con mas cosas perdidas que las ganadas.

  48. Hola buenos días, mi pareja que es extranjero ya solicitó su visa temporaria, aun no ha llegado el permiso de trabajo y debe salir del país en unos días porque al estar en calidad de turista ya se le vencerán sus días de estadía. La pregunta es si ¿debe salir del país o no le conviene?

  49. Hola buenos dias, tengo mi contrato de trabajo, y dice plazo fijo pero no tiene fecha estipulada de cuanto duran mis servicios, habra algun problemas con eso??

  50. Hola Nuni: Cuando un extranjero ingresa al país como turista, obtiene un permiso de turismo por 90 días. Lo que tiene que hacer tu pareja es solicitar una prorroga por 90 días mas. Para hacer este tramite necesita 1.-su pasaporte, fotocopia del pasaporte y asegurarte que muestre hoja de identificación, número, fecha de otorgamiento y el último timbre de ingreso. 2.-Original y fotocopia de la tarjeta de turismo legible y vigente. Para este tramite puedes ir a San Antonio 580, piso 3, Santiago, de 8:30 a 14:00 hrs. Y pagar unos US$ 100. Ahora, si el sale, como lo hacen muchos, quizás a Mendoza, al entrar nuevamente, es probable que le den otros 90 días. Si te casas con él, el tramite será mas rápido al solicitar visa como dependiente, debes mostrar el certificado de matrimonio y declarar que asumiras el costo de su mantención. Suma, resta y ve que es lo que mas conviene.

  51. Estimada Susana: Un contrato de plazo fijo se caracteriza por poner una duración, en días o meses, el cual se puede renovar y luego convertirse en indefinido. Si preguntas por este contrato para obtener la visa temporaria por motivos laborales, recuerda que mínimo el contrato debe durar por 6 meses.

  52. Hola, estoy interesado en contratar a una asesora del hogar colombiana. Ayer la entreviste y acordamos condiciones. El problema es que es nuevo esto para mi, y me estoy enterando que ella no tiene esta visa temporal. Tengo todas las intenciones de ayudarla y contratarla legalmente, pero no se si aparte del contrato tengo que realizar alguna otra gestión.

    Me pueden orientar por favor referente a que debe estipular el contrato y que tramites debo hacer como empleador. Por ejemplo con las cotizaciones. Si ella no tiene permiso de trabajo, como y donde las pago?

    Muchas Gracias.

  53. Estimado Juan: Lo que debes hacer es:

    Solicitar visa: Si vives en Santiago la debes solicitar en el Departamento de Extranjería y Migración y si vives en provincia, la debes solicitar
    en la oficina de Gobernación.

    Contrato: El contrato, lo ideal indefinido, debe contener las siguientes tres cláusulas específicas*, redactadas de la siguiente manera:
    Vigencia: “La obligación de prestar servicios emanada del presente contrato, sólo podrá cumplirse una vez que el trabajador/a haya obtenido la visación de residencia correspondiente en Chile o el permiso especial de trabajo para extranjero/as con visa en trámite”.
    Régimen previsional: “Se deja constancia que el trabajador/a cotizará en el régimen previsional chileno, comprometiéndose el empleador a efectuar las retenciones y entregarlas a las instituciones correspondientes”.
    Impuesto a la renta: “El empleador tiene la obligación de responder al pago de impuesto a la renta correspondiente en relación con la remuneración pagada”. (Sólo para sueldos superiores a 13,5 UTM).

    Primero: Si ya tienes el contrato firmado ante notario, envía una copia a al Departamento de Extranjería y Migración (DEM) con los demás documentos que indica la solicitud. Como por ejemplo: fotocopia de tu pasaporte, fotocopia de tu ultima tarjeta de turismo, y foto tamaño carnet. También adjuntar un Certificado de Antecedentes judiciales.

    Segundo: Necesita solicitar permiso especial de trabajo con visa de residencia temporaria por motivos laborales en trámite, el cual se solicita al momento de enviar la solicitud y con el que se puede trabajar, una vez que se acoge a trámite la solicitud..

    Tercero: Cuando tenga el permiso de trabajo, puede solicitar un RUT provisorio. (en FONASA, por ejemplo). Así podrá comenzar a pagar sus cotizaciones. Hasta se puede hacer por correo electrónico, mandando el contrato y fotocopia del pasaporte, debes adjuntar al email: 1-Copia notarial del contrato de trabajo. 2-Fotocopia del pasaporte. 3- Declaración simple, indicando la fecha del comienzo de las labores. Cuando ella tenga el RUT definitivo, debes escribir al mismo correo indicando en “Asunto” Actualización de RUT extranjero.
    Esperamos haber sido útil y nos alegra que quieras contratar a una extranjera.

  54. Christian: Esperamos que hayas obtenido tu visa temporaria por motivos laborales con el contrato de solo dos meses.
    Muchos extranjeros están viendo sus solicitudes rechazadas por contratos mal redactados o facilitados por algún amigo con buena voluntad.
    Si ves, allí dice: “el contrato para pedir la visa temporaria por motivos profesionales Los contratos, para que se acojan al trámite, visa deben ser mínimo a 1 año o indefinidos.”

    En el caso de visas temporales no profesionales, se ha hablado de 6 meses y por eso lo hemos aconsejado.
    VISA SUJETAS A CONTRATO

    La visa del residente sujeto a contrato, por exigencia de Extranjería, no podrá ser inferior a un año, pudiendo tener una vigencia de hasta dos años, la que podrá ser prorrogada por períodos iguales.

    • Contando con una visa sujeta a contrato y si la relación laboral termina por cualquier motivo, caduca esta residencia. Para regularizar esta situación es necesario contar con un nuevo empleador, y solicitar en el Departamento de Extranjería el cambio de empleador en su visa sujeta a trabajo.

    VISA SIN CONTRATO

    Se puede conceder visa de residente sujeto a contrato en forma gratuita y sin necesidad de contar con un contrato de trabajo escrito, en los siguientes casos:

    – Que se trate de artistas, científicos, profesores, escritores, y en general, personas de

    especial relevancia en el ámbito cultural o figuras de notorio prestigio público.

    – Que sean patrocinadas por entidades públicas o privadas de reconocida solvencia.

    – Que sus actividades la realicen con fines de beneficencia, enseñanza o difusión.

    En el caso de las visas temporales por motivos laborales, en algunos casos se ha cuestionado los contratos por,
    como lo explicó recientemente Sarah Lyons, asesora de la Jefatura de Extranjería, quien declaró:

    Cuando una persona llega a Chile, presenta una solicitud de visa a través de Correos de Chile. Extranjería acoge esta solicitud si el extranjero incluye la documentación necesaria. Cuando se ingresa la solicitud al sistema, si la persona solicitó un Permiso de Trabajo con Visa en Trámite, es en ese momento que le saldrá este permiso. Puede que sean solicitados más documentos o no. En caso de que el contrato de trabajo sea posiblemente falso, se envía a PDI una solicitud de verificación de dicho contrato. Una vez que Extranjería recibe el informe de la PDI, se puede dictar la resolución de la visa. Cuando el contrato es falso, la resolución obviamente de rechaza la solicitud de visa. Esta resolución de rechazo da al extranjero 10 días para presentar un recurso de reconsideración de visa o hacer abandono del país, en ambos casos dejando el permiso de trabajo con visa en trámite sin efecto. La persona no puede pedir reconsideración hasta que llegue esa resolución de rechazo y esta resolución puede demorar bastante porque hay que esperar no solo el tiempo que nosotros como Departamento demoramos, sino también el tiempo que tarde PDI en verificar el contrato. Cuando una solicitud de visa requiere verificar el contrato, puede tardar más de ocho meses. Una vez que al extranjero le llega la carta de rechazo con el número de resolución, se puede enviar un contrato nuevo y esperar los tiempos correspondientes a una nueva solicitud de visa. El proceso completo, cuando hay un contrato falso es más de un año”.

  55. Buenas Tardes, solicite mi Visa por motivos laborales en el mes de Octubre, 14 de diciembre de 2017 ya fue aprobado mi permiso para trabajar. Yo realice el pago y el tramite respectivo pero esta es la fecha en que aun no me aparece aprobada mi solicitud; yo deje de trabajar el sabado 10 de Marzo por motivos personales y empece el lunes 12 de Marzo con otro empleador. Destaco que ya tengo mi rut provisional para el pago de fonasa y afp. cual seria el procedimiento a seguir ya que tengo otro empleador.

  56. Estimada María: Si ya tiene el permiso de trabajo y un RUT provisorio y has trabajado varios meses, imagino que tu primer empleador pago las cotizaciones.

    Quizás solicitaste tu incorporación a la AFP Plan Vital, por correo electrónico, mandando el contrato y fotocopia del pasaporte a Plan Vital adjuntando:
    1-Copia notarial del contrato de trabajo.
    2-Fotocopia del pasaporte.
    3- Declaración simple, indicando la fecha del comienzo de las labores.

    Si estas en AFP Plan Vital y han pagado tus cotizaciones, has hecho bien.

    Ahora bien, la visa de Residencia Temporaria por Motivos Laborales habilita a su titular para residir en el país y realizar cualquier actividad laboral lícita (trabajo, estudios, emprendimiento, prestación de servicios). Tiene una duración de hasta un año, y es prorrogable por un año más, según las reglas generales de la visación de residencia temporaria establecido en el artículo 51 del Reglamento de Extranjería. Este tipo de visa permite trabajar con uno o más empleadores mientras esté vigente la visa y el cambio de empleador no tienen costo adicional. Al término del contrato puede firmar uno nuevo sin pedir otra visa y solicitar la Permanencia Definitiva después de 1 año de trabajo continuo.

    Ahora, si no han pagado tus cotizaciones, puede ser que sospechen que tu contrato de trabajo era falso, esto es solo una suposición y espero equivocarme, en tal caso, se envía a PDI una solicitud de verificación de dicho contrato. Una vez que Extranjería recibe el informe de la PDI, se puede dictar la resolución de la visa.

    Cuando el contrato es falso, la resolución obviamente rechaza la solicitud de visa. Esta resolución de rechazo da al extranjero 10 días para presentar un recurso de reconsideración de visa o hacer abandono del país, en ambos casos dejando el permiso de trabajo con visa en trámite sin efecto.

    La persona no puede pedir reconsideración hasta que llegue esa resolución de rechazo y esta resolución puede demorar bastante porque hay que esperar el tiempo que el Departamento de Extranjería demora, y el tiempo que tarde PDI en verificar el contrato. Cuando una solicitud de visa requiere verificar el contrato, puede tardar más de ocho meses. Una vez que al extranjero le llega la carta de rechazo con el número de resolución, se puede enviar un contrato nuevo y esperar los tiempos correspondientes a una nueva solicitud de visa. El proceso completo, cuando hay un contrato falso es más de un año

    Como dije, espero que esto no ha pasado, y ahora puedes seguir cotizando con tu nuevo empleador. Las cotizaciones mensuales y continuas son importantes, porque son prueba que estas trabajando de acuerdo a las leyes.

    Que todos tus tramites salgan bien.

  57. Buenas noches,

    Mi duda es la siguiente, hace poco días introduje mi solicitud de visa temporaria por primera vez y actualmente me encuentro en calidad de turista hasta los primeros días del mes de mayo. Mi pregunta es la siguiente: puedo salir de Chile por 15 días en el mes de abril mientras se está tramitando mi solicitud temporaria? Ojo: saldría y entraría nuevamente dentro de los lapsos de los 90 días que me dieron en mi primer ingreso.

    Quedo a la espera de su amable respuesta.

    Saludos

  58. Estimado Francisco: Cuando un extranjero ingresa al país como turista, obtiene un permiso de turismo por 90 días. Lo que puede hacer es solicitar una prorroga por 90 días mas. Para hacer este tramite necesita 1.-su pasaporte, fotocopia del pasaporte y asegurarte que muestre hoja de identificación, número, fecha de otorgamiento y el último timbre de ingreso. 2.-Original y fotocopia de la tarjeta de turismo legible y vigente. Para este tramite puedes ir a San Antonio 580, piso 3, Santiago, de 8:30 a 14:00 hrs. Y pagar unos US$ 100. Ahora, si sales, como lo hacen muchos, quizás a Mendoza, al entrar nuevamente como turista, es probable que te den otros 90 días y no te hagan preguntas en la frontera.

    Si actualmente contaras con un permiso de trabajo, pienso que no tendrías problemas para salir del país. Pero, te recomendamos que te comuniques con PDI al fono 2 2690 1010, ya que ellos son los que fiscalizan la salida y la entrada al país, así estás seguro que no hay nada que “impida” tu entrada nuevamente.

    Si tuvieras la permanencia definitiva, y sales del país por mas de un año, tu permanencia definitiva queda revocada. Salvo que solicites una prorroga en un Consulado chileno.

  59. Estimado Kristian: Contestamos una pregunta similar a otro Kristian que hizo un contrato por dos meses, en esta página. Pero,en tu caso, te sugiero que escribas directamente tu consulta, enviando toda la información personal a Extranjería, mediante un SIAC. Te sugiero hacerlo así, porque solo estamos dando una ayuda general a los extranjeros. Pero, si escribes en ese formulario analizaran tu caso, y puede que te sugieran esperar la aprobación, enviar el nuevo contrato, o esperar un rechazo y hacer una reconsideración.

  60. Hola buen dia la empresa donde trabajo me dio un contrato por 3 meses y por desconocimiento lo introduje para solicitud de permiso de trabajo, leyendo los comentarios del resto, me encuentro conque dicho contrato debe tener una duración mínima de 6 mese.
    Mi pregunta es que debo hacer? supongo que me van a rechazar la solicitud, aclaro que no compre el contrato ni es falso, solo que por desconocimiento mutuo, di ingreso al contrato que tiene validez de 3 meses.
    Debo pagar alguna multa? en caso de que me den un nuevo contrato debo esperar a que me notifiquen el rechazo?
    Estaré atento a su respuesta, ya que voy a solicitar un nuevo contrato, mas no se si debo esperar para realizar de nuevo el tramite.

  61. Estimado Enmanuel:En este sitio de ayuda a inmigrantes hemos sugerido contratos por 6 meses o indefinidos, para así recibir la confirmación segura de tu visa o permiso de trabajo. Pero, existe la posibilidad de que a criterio de quienes vean tu solicitud, tú cumplas los requisitos y te aprueben. Seguramente otros extranjeros basado en tu experiencia querrán asegurarse primero con un contratos de trabajo de seis meses o indefinidos. En tu caso, ya enviaste la solicitud, te aconsejo esperar, si envías el nuevo contrato se puede perder. Si esperas, puede que te aprueben y si no lo hacen te pedirán que presentes un nuevo contrato y al hacerlo todo resultara bien, tendrás el permiso y luego tu visa por motivos laborales por un año. Este sitio esta diseñado para dar una mano amiga a los extranjeros y en ocasiones viene de quien menos unos piensa.

    Y tranquilo, los problemas nunca son tan terribles como lo pintan nuestros temores y cuando llegan las soluciones los problemas desaparecen.

  62. Hola!! mi consulta es la siguiente: Ya tengo mi visa temporaria desde hace unos meses, pero no tengo finiquito del contrato con el cual tramite … yo no supe más de la persona que me contrató. Que debo hacer?

  63. Buenas noches, gracias por esta bonita labor de ayudar a todos que llegan aqui llenos de dudas.

    La nuestra es la siguiente:

    Tenemos una oportunidad de trabajo en la región metropolitana, quisieramos saber si podemos aplicar a la visa temporaria motivos laborales en otra región.

    saludos

  64. Hola, tengo una problema mi visa fue rechazo en Agosto del año 2017 por falso contrato, porque sin mentirte era un contrato comprado que mi prima mayor me he comprado para que tener un permiso para trabajar.. Encontré un otro trabajo quien me ayuda con la solicitud de reconsideracion de mi visa con el permiso en tramite y lo envié desde 8 de Noviembre del año 2017 y hasta ahora no tengo ningùna respueta de la Extranjeria mi problema es que desde el año pasado no trabajo y mi empleador siempre me pregunta: ‘’cuando tus papeles salga’’ Ayudame por favor no puede continuar a vivir sin trabajo lamento haber comprado este contrato fue la culpa de mi prima bruja. Necesito ayudar soy solo aqui en Chile no tengo familia ayudame por favor a tener el permiso y visa Chileno soy un joven Haitiano vivo en Santiago Comuna Cerro Navia tengo 22 años mi numero es: +56 Atentamente Gotfried

  65. Hola buenas tardes! Que debo hacer si se ha vencido mi permiso de turismo? Debo ir al PDI o al departamento de extranjeria?

  66. un cordial saludo a todo el equipo del gobierno Tengo más de 3 meses de mi visa de vencimiento Me gustaría saber por qué aún no está listo

  67. Hola, firmé contrato ante notario con una asesora del hogar y luego ella fue a extranjería a solicitar su visa. Tenía una visa anterior que venció hacía algunos días, ya que no alcanzó a renovarla antes que terminara su contrato anterior. El problema es que cuando hizo la solicitud no pidió el permiso especial de trabajo y ahora mi duda es si tengo que esperar hasta que le aprueben la visa para que empiece a trabajar y desde cuando debo pagar sus cotizaciones.
    Gracias

  68. Una consulta me hicieron un contrato de trabajo a unos dias de lograr reunir la documentacion, me vi olbligado a regresar a mi pais por un tema familia de accidente, no llegue pedir y presentar la visa de trabajo, tengo el contrato y los documentos, estos aun tiene validez, mi empleador la pesona que me hizo el contrato esta al tanto de todo hasta la fecha en que tuve que volver a mi pais luego de eso perdi cntacto, en que estado se encuentra mi situacion, aun es posible continuar con el tramite¿?

  69. Una consulta me hicieron un contrato de trabajo a unos dias de lograr reunir la documentacion y por presentarlos, me vi olbligado a regresar a mi pais por un tema familia de accidente, no llegue pedir y presentar la solicitud de visa de trabajo, tengo el contrato y los documentos, estos aun tiene validez¿?, mi empleador la pesona que me hizo el contrato esta al tanto de todo hasta la fecha en que estuve pero al volver a mi pais luego de eso perdi cntacto con el, en que estado se encuentra mi situacion, aun es posible continuar con el tramite¿?

  70. Saludos y agradecido de cualquier respuesta.
    Mi inquietud es:

    Hice mi solicitud de Visa temporaria por motivos laborales y hace unos dias recibi la notificacion del permiso de trabajo el cual ya pague. Sim embargo ya no estoy laborando con el empleador de dicho contrato que introduje, mi inquietud es la siguiente:
    1. Al inscribirme en AFP/ FONASA (despues de retirar el permiso y solicitar un RUT provicional) el empleador por el cual me aprobaron el permiso automaticamente debe comenzar a pagar mis cotizaciones. ?
    O podria inscribirme en AFP con un nuevo empleador aun sin la visa estampada.?
    2. Hacer un cambio de empleador aun y cuando mi visa aun no este estampada ?
    y por ultimo si hago un cambio de empleador es obligatorio presentar el finiquito del trabajo anterior aun y cuando no se llevo acabo por la espera de dicho permiso o sirve una declaracion jurada.?
    Todo esto es porque mi empleador no va asumir imposiciones porque no laboro para el ya pero no se si es necesario hacer antes de la aprobacion de la visa la ratificacion de cambio de empleador o esperar que se apruebe. Ademas como venezolano y con la nueva ley para saber si seguir en este tramite en el que ya estoy o acogerme al nuevo proceso de regularizacion. Gracias de antemao y me disculpo por lo extenso.
    2. Esperar que salga mi visa y para

  71. Estimada Male, si ya posees una visa temporal por motivos laborales. !Felicitaciones! Le diste con el palo al gato. Porque esta Visa sigue vigente y si deseas puedes solicitar una prorroga o solicitar tu permanencia definitiva. Espero que ya tengas un nuevo trabajo con contrato y que estés pagando tus imposiciones en la AFP Plan Vital. Esto mostrará que estas cumpliendo las leyes. Con la nueva Ley, a medida que tengamos mas información oficial, la iremos subiendo en entradas de este sitio, por ejemplo en NUEVA LEY DE INMIGRACIÓN EN CHILE o CHILI ANONSE NOUVO VIZA TOURIS SENP.

  72. Estimado Luis, tu dices “continuar con el tramite”, pero entiendo que el “tramite” nunca empezó, es decir nunca enviaste los papeles a Extranjería. ¿Es así? Entonces, si no alcanzaste a enviar tus papeles para solicitar la Visa, ya no puedes continuar este proceso. Porque antes del 16 de abril 2018, extranjeros venían y recibían una visa de turista por 90 días y en ese periodo de tiempo ellos cambiaban su estatus, solicitando una visa por motivos laborales y en el mismo formulario solicitaban un permiso de trabajo. La nueva ley cambiará este procedimiento, porque las visas se sacarán solo en los países de origen y previo al viaje a Chile, no permitiendo estando en Chile un cambio de estatus o calidad migratoria, por ejemplo de turista a residente.
    Ahora, si estas en Chile en este minuto, con visa de turista o de manera “irregular” Puedes inscribirte en el registro de regularización, desde el 23 de abril de 2018. La inscripción se hace llevando un pasaporte valido. Luego los que ya estén inscritos, el 23 de julio de 2018, podrán previo a presentar certificado de antecedentes, recibir un visado temporario, si corresponde. Si no estas en Chile, no te martirices por no haberte quedado en el país, cuando se cierra una puerta, siempre se abre una ventana. Asegurarte que este en una casa y no en un edificio. Que todo resulte mejor de lo que esperas.

  73. Estimado Gottfried, primero que todo no te aconsejo que cuando escribas pongas datos muy personales como tu número de teléfono, por eso lo borré de tu comentario, sino todos los que visitan el sitio verían tus datos personales y Tu problema Tu solución protege tu privacidad. Bueno, la nueva ley beneficia a quienes han entrado por pasos no habilitados en el país o de alguna forma han eludido el control migratorio, los que vieron que su visa de turismo venció, sin ser capaces de cambiar a visa de trabajo, los que habían solicitado una visa por motivos laborales y que aun está en tramite, los que fueron rechazados para una visa por motivos laborales y apelaron solicitando una reconsideración y aun no reciben respuesta, los que tienen visa de turismo vigente, los que estén trabajando sin autorización. Bueno, todos estos tienen la oportunidad de regularizar su situación y marque con negrillas tu situación, los que fueron rechazados para una visa por motivos laborales y apelaron solicitando una reconsideración y aun no reciben respuesta.
    Lo primero que debes hacer es inscribirte en el registro de regularización, desde el 23 de abril de 2018. La inscripción se hace llevando un pasaporte valido.
    Luego los que ya estén inscritos, el 23 de julio de 2018, podrán previo a presentar certificado de antecedentes, recibir un visado temporario, si corresponde. Cuando digo certificado de antecedentes, es un papel que prueba que tú no tienes problemas con la ley, que no has sido condenado por un delito. Te sugiero ir a regularizar tu situación rápido, como decía un amigo haitiano Mizè fè bourik kouri pasa choual. Nap we zamim.

  74. Gracias por escribirnos, disculpa la demora. No envías mucha información, de modo que es difícil responder. No se que nacionalidad tienes, si eres de USA, te puedo decir en general, cuando un extranjero ingresa al país como turista, obtiene un permiso de turismo por 90 días. Lo que puede hacer es solicitar una prorroga por 90 días mas. Para hacer este tramite necesita 1.-su pasaporte, fotocopia del pasaporte y asegurarte que muestre hoja de identificación, número, fecha de otorgamiento y el último timbre de ingreso. 2.-Original y fotocopia de la tarjeta de turismo legible y vigente. Para este tramite puedes ir a San Antonio 580, piso 3, Santiago, de 8:30 a 14:00 hrs. Y pagar unos US$ 100. Ahora, si sales, como lo hacen muchos, quizás a Mendoza, al entrar nuevamente como turista, es probable que te den otros 90 días y no te hagan preguntas en la frontera.
    Ahora, si has entrado al país con el fin de buscar un trabajo y solicitar Visa de trabajo y tu visa de turismo venció, tienes la oportunidad de regularizar su situación. En la primera etapa, según informan las autoridades, se deben inscribir en el registro de regularización, desde el 23 de abril de 2018. La inscripción se hace llevando un pasaporte valido. Luego los que ya estén inscritos, el 23 de julio de 2018, podrán previo a presentar certificado de antecedentes, recibir un visado temporario, si corresponde. Espero, que todo te salga bien.

  75. Allan, desde el 16 de abril la ley de inmigración ha cambiado en Chile. Hasta antes del 16 de Abril 2018, muchos extranjeros venían y recibían una visa de turista por 90 días y en ese periodo de tiempo ellos cambiaban su estatus, solicitando una visa por motivos laborales y en el mismo formulario solicitaban un permiso de trabajo. La nueva ley cambiará este procedimiento, porque las visas se sacarán solo en los países de origen y previo al viaje a Chile, no permitiendo estando en Chile un cambio de estatus o calidad migratoria, por ejemplo de turista a residente.

    Pero, a la misma vez, con la entrada de la nueva ley de inmigración en Chile, se abre la oportunidad para muchos extranjeros que están de manera irregular en nuestro país, para regularizar su situación. Es apropiado acogerse a este arreglo porque al parecer nadie podrá tramitar una visa estando en Chile, todas se harán en los países de orígenes.

    Llamo “extranjeros que están de manera irregular” a quienes han entrado por pasos no habilitados en el país o de alguna forma han eludido el control migratorio, los que vieron que su visa de turismo venció, sin ser capaces de cambiar a visa de trabajo, los que habían solicitado una visa por motivos laborales y que aun está en tramite, los que fueron rechazados para una visa por motivos laborales y apelaron solicitando una reconsideración y aun no reciben respuesta, los que tienen visa de turismo vigente, los que estén trabajando sin autorización. Bueno, todos estos tienen la oportunidad de regularizar su situación.

    En la primera etapa, según informan las autoridades, se deben inscribir en el registro de regularización, desde el 23 de abril de 2018. La inscripción se hace llevando un pasaporte valido. Luego los que ya estén inscritos, el 23 de julio de 2018, podrán previo a presentar certificado de antecedentes, recibir un visado temporario, si corresponde.

  76. Estimado Luis, Tengo varias consultas de diferentes Luis por correo electrónico y por la página. En tú caso NO te recomiendo la Regularización. Porque las autoridades han informado que las solicitudes seguirán su curso normal, de acuerdo a las normas anteriores de inmigración. Pero, si sabes de que hay algo “no regular” con tu anterior empleador, sería bueno regularizar, cuando las autoridades, como lo están haciendo ahora, permiten hacerlo.

    Y tu Visa temporaria por motivos laborales permite cambio de empleador. Porque entiendo que no es una Visa sujeta a contrato la que no permite cambio de empleador y si lo hicieras deberias seguir la sugerencia a los que han consultado de sobre eso.

    ¿A quienes beneficia la “Regularización”?

    Llamo “extranjeros que están de manera irregular” a quienes han entrado por pasos no habilitados en el país o de alguna forma han eludido el control migratorio, los que vieron que su visa de turismo venció, sin ser capaces de cambiar a visa de trabajo, los que habían solicitado una visa por motivos laborales y que aun está en tramite, los que fueron rechazados para una visa por motivos laborales y apelaron solicitando una reconsideración y aun no reciben respuesta, los que tienen visa de turismo vigente, los que estén trabajando sin autorización. Bueno, todos estos tienen la oportunidad de regularizar su situación.

    ¿Cuál es la primera etapa de la “Regularización”?

    En la primera etapa, según informan las autoridades, se deben inscribir en el registro de regularización, desde el 23 de abril de 2018. La inscripción se hace llevando un pasaporte valido.

    ¿Cuál es la segunda etapa de la “Regularización”?

    Luego los que ya estén inscritos, el 23 de julio de 2018, podrán previo a presentar certificado de antecedentes, recibir un visado temporario, si corresponde.

  77. Estimada Fernanda, mencionas una “Visa anterior”, esta Visa era de turismo? dices que tenía un “contrato anterior” y no alcanzo a renovar qué Visa? Tenia ella “Visa temporaria por motivos laborales” y se había cumplido un año con ella?
    Bueno, de todas formas, si están esperando una respuesta a su solicitud de Visa por motivos laborales, pueden estar tranquilos porque las autoridades han informado que estas solicitudes seguirán su curso normal, de acuerdo a las normas anteriores de inmigración. Respecto al permiso de trabajo, cuando se llena el formulario solo se marca una casilla. Ella está segura que no la marco?
    Ahora, es posible que ella tuviera otro tipo de Visa, por ejemplo de permanencia porque su esposo tuviera una temporal, si es así ya no está a tiempo para cambiar de estatus. Debería regularizar, a quienes han entrado por pasos no habilitados en el país o de alguna forma han eludido el control migratorio, los que vieron que su visa de turismo venció, sin ser capaces de cambiar a visa de trabajo, los que habían solicitado una visa por motivos laborales y que aun está en tramite, los que fueron rechazados para una visa por motivos laborales y apelaron solicitando una reconsideración y aun no reciben respuesta, los que tienen visa de turismo vigente, los que estén trabajando sin autorización. Bueno, todos estos tienen la oportunidad de regularizar su situación. En la primera etapa, según informan las autoridades, se deben inscribir en el registro de regularización, desde el 23 de abril de 2018. La inscripción se hace llevando un pasaporte valido.
    Bueno, Fernanda sentimos no ser muy útiles, pero falta información. Que todo resulte bien.

  78. Estimado Roy, no somos parte del gobierno, Tu problema Tu solución se ha creado para ayudar a extranjeros y chilenos a enfrentar sus problemas.
    Si has enviado una solicitud antes del 23 de abril de 2018, y estas esperando una respuesta a tu solicitud de Visa por motivos laborales, puedes estar tranquilo porque las autoridades han informado que estas solicitudes seguirán su curso normal, de acuerdo a las normas anteriores de inmigración.
    Esa es una buena noticia, después de recibir el anuncio de la nueva Ley de migración.

  79. Ola,buenas tardes mi consulta es l siguiente yo tengo contrato de trabajo por motivos laborales, tengo casi 8 meses imponiendome y ahora quiero cambiarme de empleador pero a la hora de hacerlo eso no afectaría mis imposiciones, osea puedo firmar nuevo contrato sin volver a empezar de nuevo , xk ya me toca enviar papeles al correo para la permanecía definitiva y me piden renovar el contrato entonces es ahí mi duda puedo enviar las cotizaciones de 1 año con el finiquito y contrato nuevo ?

  80. Estimada Sheyla:

    Recuerda que muchas veces en Tu problema Tu solución respondemos inquietudes pero mientras mas datos aportes mas fácil es poder ayudarte. Muchos de los que escriben han tenido VISA TEMPORAL POR MOTIVOS LABORALES. En tu caso no entiendo bien, pero me imagino que tienes “una VISA SUJETA A CONTRATO” si es así, tienes que llenar una solicitud de prórroga siempre que continúes trabajando con el mismo empleador. Debes solicitarla dentro de los 90 días antes del vencimiento de la visa.

    Pero ese no es tu caso, porque entiendo que cambiaras de empleador. Si cambias de empleador entonces, necesitas:

    1 fotocopia del pasaporte vigente (hojas de identificación, número y fechas de otorgamiento y vencimiento de éste, y estampado de la visa anterior).

    1 fotocopia del Certificado de Registro, emitido por Policía Internacional (Eleuterio Ramírez N°852, Santiago), obligatorio sólo para personas mayores de 18 años

    1 fotografía reciente, tamaño carné (3×2 cm.) en colores, con nombre completo y número de cédula de identidad para extranjeros.

    1 fotocopia de la cédula de identidad por ambos lados, obligatorio sólo para personas mayores de 18 años.
    Certificado original de antecedentes, emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile. Tiene una vigencia de 30 días y es obligatorio sólo para personas mayores de 18 años.

    Además:

    1. FINIQUITO DEL CONTRATO DE TRABAJO ANTERIOR firmado ante notario por el trabajador y el antiguo empleador, o un acta de comparecencia ante la Inspección del Trabajo que certifique la fecha del término de la relación laboral, o una Certificación Judicial que certifique la fecha del termino de la relación laboral.

    2. En el caso de que la visa haya sido otorgada por un Consulado Chileno, deberá presentar fotocopia del contrato original, o en su defecto, certificado emitido por el Ministerio de Relaciones Exteriores, que indique nombre del empleador y fecha del contrato autorizado.
    Ud. tiene un plazo de 30 días desde la fecha de término de la relación laboral para presentar una nueva visa, pasado este plazo quedará irregular en el país, por lo tanto debe concurrir a las oficinas de Extranjería a SANCIONARSE, antes de enviar la documentación.

    3. CONTRATO DE TRABAJO: Se presenta un original firmado ante notario, por el trabajador y el nuevo empleador (indicando el RUT de la empresa o Cédula de Identidad si es persona natural) . Debe tener las siguientes cláusulas especiales:

    4. Remuneración. Debe ser acorde con el cargo o actividad a desarrollar en el país y según las normas laborales vigentes.

    5. Cláusula de Vigencia. Esta cláusula debe ser redactada como sigue: “La obligación de prestar servicios emanada del presente contrato, sólo podrá cumplirse una vez que el trabajador haya obtenido la visación de residencia correspondiente en Chile o el permiso especial de trabajo para extranjeros con visa en trámite”.

    6. Cláusula de Viaje. Debe ser redactada como sigue: “El empleador se compromete a pagar, al término de la relación laboral (ya sea por término de contrato, despido o renuncia), el pasaje de regreso del trabajador y los miembros de su familia que se estipulen, a su país de origen o al que oportunamente acuerden las partes, conforme a lo dispuesto en el inciso 2o, del artículo 37 del D.S. No597 de 1984. Al respecto, se tendrá presente que la señalada obligación del empleador existirá hasta que el extranjero salga del país u obtenga nueva visación o permanencia definitiva”.

    7. Cláusula de Régimen Previsional. Debe ser redactada como sigue: “Se deja constancia que el trabajador cotizará en el régimen previsional chileno, comprometiéndose el empleador a efectuar las retenciones y enterarlas a las instituciones correspondientes”.

    8. Cláusula de Impuesto a la Renta. Debe ser redactada como sigue: “El empleador tiene la obligación de responder al pago de impuesto a la renta correspondiente en relación con la remuneración pagada”. (Sólo para sueldos superiores a 13,5 UTM).

    Descarga aquí la solicitud:

  81. Buenos días mi pregunta es que si puedo cambiar de trabajo si yo ya presente mis papeles para mi visa temporaria con el contrato de mi trabajo actual y si dirección consigna .Ahora yo puedo cambiar de trabajo esto no afectaría el proceso de mi visa temporaria .Su apoyo.

  82. Estimada Miriam: Con las nuevas leyes de inmigración en nuestro país que se están implementando, nos alegra que tú ya iniciaste tus tramites antes.Te podemos informar que la principal diferencia con la visa “Sujeta a Contrato”, es que con la visa por motivos laborales, el trabajador no queda sujeto a un solo empleador, teniendo la opción de cambiarlos sin tener que informarlo ni pagar nuevo arancel.
    Y entiendo que tú tramitaste tu visa por motivos laborales, ¿no es verdad?

    La visa de Residencia Temporaria por Motivos Laborales habilita a su titular para residir en el país y realizar cualquier actividad laboral lícita (trabajo, estudios, emprendimiento, prestación de servicios). Tiene una duración de hasta un año, y es prorrogable por un año más, según las reglas generales de la visación de residencia temporaria establecido en el artículo 51 del Reglamento de Extranjería. Este tipo de visa permite trabajar con uno o más empleadores mientras esté vigente la visa y el cambio de empleador no tienen costo adicional. Al término del contrato puede firmar uno nuevo sin pedir otra visa y solicitar la Permanencia Definitiva después de 1 año de trabajo continuo.
    Que todo salga bien. Y no te olvides de suscribirte a nuestro canal de YouTube, Tu problema Tu solución, que es la manera en que el equipo de Tu problema Tu solución, solventa los gastos para seguir siendo una mano amiga en un mundo de extranjeros

  83. Hola buenos días, tengo una inquietud, solicite Permiso de Trabajo y Visa Temporaria por Motivos Laborales con Oferta Laboral, ambas solicitudes fueron aprobadas pero me indican que para estampar la Visa en mi Pasaporte debo consignar un Contrato de Trabajo. A mi me informaron que podía hacer el trámite con Oferta Laboral, ahora me piden un Contrato que hago para no perder la Visa? Otra cosa los 60 días para estampar la Visa son hábiles o continuos? Y con Visa Temporaria se puede salir del país? Mil gracias por tu ayuda

  84. Estimada Nora:
    En tu nota no mencionas si eres profesional y solicitaste una VISA TEMPORARIA PARA PROFESIONALES Y TÉCNICOS DE NIVEL SUPERIOR, donde se pide oferta de empleo. Si no es así, no entiendo muy bien como te lo aprobaron. Bueno, espero que el que te hizo la oferta laboral ahora te haga un contrato.
    Contrato: El contrato, lo ideal indefinido, debe contener las siguientes tres cláusulas específicas, redactadas de la siguiente manera:
    Vigencia: “La obligación de prestar servicios emanada del presente contrato, sólo podrá cumplirse una vez que el trabajador/a haya obtenido la visación de residencia correspondiente en Chile o el permiso especial de trabajo para extranjero/as con visa en trámite”.
    Régimen previsional: “Se deja constancia que el trabajador/a cotizará en el régimen previsional chileno, comprometiéndose el empleador a efectuar las retenciones y entregarlas a las instituciones correspondientes”.
    Impuesto a la renta: “El empleador tiene la obligación de responder al pago de impuesto a la renta correspondiente en relación con la remuneración pagada”. (Sólo para sueldos superiores a 13,5 UTM).
    Para estampar la visa en tu pasaporte puedes solicitar hora o ir a las oficinas.
    Luego registra tu Visa en la PDI y luego saca tu cédula de identidad.
    Respecto a estampar tu visa en el pasaporte, algunos han esperado mas tiempo que 60 días, pero te sugiero que vayas lo mas pronto posible porque seguramente no querrás que finalmente la archiven.
    Para salir del país debes consultar en la PDI, pero imagino que no tendrás ningún problema.
    Recuerda que este sitio de ayuda a extranjero se sostiene con los suscriptores del canal de Youtube Tu problema Tu solución, te animo a que te suscribas en el canal. Que todo salga bien en tus tramites.

  85. Estimado Juan: Si estas en el extranjero y no puedes pagar, te sugiero:
    1- Los trámites los puede hacer un tercero, para ello necesitará un poder notarial y su pasaporte en original, sin embargo para hacer estas gestiones los extranjeros deben estar en Chile.
    2- La orden de giro tiene una fecha de vigencia, si el documento expira tú deberas conseguirse una nueva orden de giro con la fecha actualizada.

    Si no tienes dinero, pide prestado. No se me ocurre que otra razón. Que todo salga bien, saludos.

  86. Hola buenas tarde,tengo algunas dudas,tengo mi visa temporal por motivos laborales desde febrero 2018 y resulta que quiero salirme de pega y buscar otro,con esta visa puedo conseguir otra pega? tengo que empezar de cero con los tramistes cuando mi visa acabe?
    Uno de los motivos es viajar a Perú un corto periodo,puedo salir del pais?,cuanto tiempo puedo estar fuera de chile?
    Quisiera saber eso,porque quiero sacar la definitiva,y me urge viajar,hace poco sali del pais por 21 días y me urge viajar nuevamente,la cual no se si me convenga salirme del trabajo,y buscar otro,temo empezar de cero nuevamente ya que quiero sacar la permanencia definitiva,espero que me ayude.

  87. Estimado Arturo: Nos alegra que ya tengas la Visa temporaria por motivos laborales. Esta Visa habilita a su titular para residir en el país y realizar cualquier actividad laboral lícita (trabajo, estudios, emprendimiento, prestación de servicios). Tiene una duración de hasta un año, y es prorrogable por un año más, según las reglas generales de la visación de residencia temporaria establecido en el artículo 51 del Reglamento de Extranjería. Este tipo de visa permite trabajar con uno o más empleadores mientras esté vigente la visa y el cambio de empleador no tienen costo adicional. Al término del contrato puede firmar uno nuevo sin pedir otra visa y solicitar la Permanencia Definitiva después de 1 año de trabajo continuo.
    Y tú pruebas que has tenido un trabajo continuo mediante Certificado Histórico de cotizaciones de AFP y de Salud, del último año de tu visa (AFP, FONASA, ISAPRE).
    Ahora si sales por unos días de vacaciones a Perú, eso no es problema, pero eso lo ve PDI, si deseas estar seguro puedes ir y consultar. Esperamos que puedas tener un año ininterrumpido de cotizaciones y luego lograr la definitiva. De todos modos con la Definitiva, recuerda que quedará tácitamente revocada al cumplir su titular un plazo ininterrumpido superior a 1 año fuera del país. Recuerda que este sitio de ayuda a extranjeros se sostiene con los suscriptores del canal de Youtube Tu problema Tu solución, te animo a que te suscribas en el canal. Que todo salga bien en tus tramites.

  88. Hola. Yo llegue e a santiago el dia 17 d abril y kiero solicitar una visa temporal por motivos laborales k tengo k hacerr.gracisd

  89. Buenos días. Tengo una duda realice mi solicitud por motivos laborales. Mi permiso de trabajo llegó y la visa temporaria sigue en tramite, ahora me llego una oferta laboral mejor y quiero aceptarla pero no he laborado con mi patrono esperando el permiso de trabajo y ahora que me llego quiero irme al trabajo nuevo que problemas puedo tener? O que debo hacer si me quiero ir al trabajo nuevo?

  90. Estimado Waldir: Con el cambio de la ley a partir de ahora las visas para permanecer de forma legal en Chile se entregarán en los países de origen y se eliminará la posibilidad de solicitar el visado temporal por motivos laborales en Chile.
    Se podrá solicitar visas como:
    Visa de Responsabilidad Democrática

    Visado Humanitario de Reunificación Familiar

    Visa temporaria de Orientación Nacional

    Visa Temporaria de Orientación Internacional

    Visa Temporaria de Oportunidades

    En tu caso seguramente tienes visa de turista y se te dio una permanencia en el país a un plazo menor de 90 días. Bueno, antes de que se termine, puedes solicitar un período adicional de 90 días. Dicho trámite se realiza dentro de los últimos 30 días al vencimiento de la visa. El valor a pagar es de 100 dólares americanos (equivalente en moneda nacional).

    Yo intentaría acudir al Proceso de Regularización Extraordinario, que ofreció el gobierno de Chile, a los extranjeros que están de manera irregular.

    Los extranjeros que están en el país en situación irregular y que ingresaron a Chile hasta el día 8 de abril de este año. El gobierno ofreció regularizarlos, también, a aquellos hayan ingresado de forma irregular al país, es decir, por pasos no habilitados, pero les exige solicitar ante la Subsecretaría del Interior un permiso de residencia temporaria dentro del plazo de 30 días a partir del 23 de abril de 2018.

    En tu caso, ingresaste a Chile después del 8 de abril de 2018, pero no hay peor diligencia que la que no se hace. Recuerda que este sitio de ayuda a extranjeros se sostiene con los suscriptores del canal de Youtube Tu problema Tu solución, te animo a que te suscribas en el canal. Que todo te salga bien.

  91. Estimada Paola: Si solicitaste una visa del RESIDENTE SUJETO A CONTRATO, al terminar tu contrato caduca ese permiso. Para regularizar tienes que conseguir un nuevo empleador y solicitar un cambio de empleador en el Departamento de Extranjera y Migración en San Antonio 580, tercer piso.
    Pero si tienes VISA TEMPORAL POR MOTIVOS LABORALES puede cambiar de empleador sin mayores problemas.

    La visa de Residencia Temporaria por Motivos Laborales habilita a su titular para residir en el país y realizar cualquier actividad laboral lícita (trabajo, estudios, emprendimiento, prestación de servicios). Tiene una duración de hasta un año, y es prorrogable por un año más, según las reglas generales de la visación de residencia temporaria establecido en el artículo 51 del Reglamento de Extranjería. Este tipo de visa permite trabajar con uno o más empleadores mientras esté vigente la visa y el cambio de empleador no tienen costo adicional. Al término del contrato puede firmar uno nuevo sin pedir otra visa y solicitar la Permanencia Definitiva después de 1 año de trabajo continuo. Espero, que no tengas robles y recuerda de pagar tus imposiciones en forma continua.
    Recuerda que este sitio de ayuda a extranjeros se sostiene con los suscriptores del canal de Youtube Tu problema Tu solución, te animo a que te suscribas en el canal. Que todo te salga bien.

  92. Hola De antemano Muchísimas gracias por toda la información que me pueda brindar. Le comentó a mi tía le hicieron una oferta de trabajo cómo niñera ya le salió el permiso de trabajo y la visa temporaria, ahora bien, para el tema de las imposiciones Qué debe hacer el empleador??.. Cabe destacar que el empleador es mi cuñado puesto que mi tía se encargará de cuidar a su hija y varios niños.

    O es mi tía quién se debe registrar en fonasa y afp??.. o no sé si es el empleador el que debe hacerse registro para entonces ya empezar con las cotizaciones.

    Agradezco toda la información que me pueda dar al respecto!!..

    Muchísimas gracias.

  93. Estimada Magali: Con su visa y carnet, puede incorporarse a la AFP Plan Vital, solo a esta por ser extranjera, resulta muy fácil por Internet. Llenando un formulario (puedes buscarlo en nuestra página https://www.tuproblematusolucion.cl en la sección Trabajar en Chile: Visa Temporaria por motivos laborales en el la pregunta 10 si deseas imprimirlo), que pregunta sus datos personales, como los de su empleador, y la fecha de inicio de actividades. Recuerda que si pones el inicio de su trabajo en una fecha anterior a que recibiera su visa, por no tener permiso de trabajo, estarían incumpliendo, ambas empleador y trabajadora, la ley. Una vez afiliada a la AFP, puedes acudir a una oficina de FONASA a inscribirse.
    Cuando envíes los papeles a la AFP Plan Vital debes adjuntar: 1-Copia notarial del contrato de trabajo. 2-Fotocopia del pasaporte. 3- Declaración simple, indicando la fecha del comienzo de las labores. Si aun no tienes tu RUT, cuando tengas el RUT definitivo, debes escribir al mismo correo, indicando en “Asunto” Actualización de RUT extranjero. Esto puede hacerlo tu tía o el empleador. Que todo salga bien y no olvides que este sitio de ayuda a extranjeros se sostiene con los suscriptores del canal de Youtube Tu problema Tu solución, te animo a que te suscribas en el canal

  94. Hola buenas tardes, realice mi solicitud de visa temporaria por un contrato u oferta laboral, ya tengo mi permiso de trabajo pero consegui un puesto en una empresa mejor y no voy a concretar con el empleador anterior. para poder firmar contrato con mi empleador nuevo debo hacer el finiquito con el anterior aun asi no haya trabajado con el? espero puedan ayudarme. gracias

  95. Buenas tardes
    Mi consulta es , por ignorancia y querer ayudar a un amigo extranjero le hice contrato de trabajo sin las cláusulas debidas. Ya que él tiene visa de turista.
    Él presentó este contrato de trabajo para sacar su visa temporaria en extranjeria y ahora fue denegada y con multas para él y a mi por darle trabajo de forma ilegal
    La multa para empresas es alta y dice que se puede pedir reconsideración abonando un 50% , sin embargo aún así es muy alta la multa como persona jurídica (a pesar de ser un emprendimiento está creada como empresa ) y la multa supera de sobre manera los ingresos de este emprendimiento.
    Que se puede hacer ? Es imposible que pueda pagar tanto dinero , poriqe esa multa la haré con las ganancias de 1 año

  96. Estimados buenas noches, primero agradecerles por esta iniciativa de ayudar a .. inmigrantes, yo soy una de ellas y espero puedan resolver mis dudas.

    Actualmente poseo visa temporaria por motivos profesionales, pensando en futuro, en menos de un año debo presentar mi solicitud para residencia definitiva. Mis dudas son: entre los requisitos dice presentar un contrato de trabajo y documento de las cotizaciones a AFP y FONASA, la duda es si puedo firmar un contrato de 30 horas osea jornada de tiempo parcial o medio tiempo,o necesariamente debo tener un contrato de jornada completa osea 45 horas?

    En cuanto a la remuneraciòn de cuanto debe ser para trabajo medio tiempo (en caso de que si es aceptable esta jornada para aprobaciòn de visa definitiva) y de cuanto debería ser si es a jornada completa?

    cuantas cotizaciones debo tener?

    la clàsula de plazo de contrato puede decir “plazo de 6 meses, pasado este tiempo se tornarà indefinido?” o debe de decir solamente “plazo indefinido” ?

    el contrato debe estar firmado ente notario, desde el día en que se firma el contrato?

    Esas son mis dudas y desde ya gracias por su tiempo

    Saludos

    Ximena

    Estimada Ximena: El permiso de residencia que posees te habilita a residir en el país y a realizar cualquier actividad lícita, sin limitaciones especiales. Seguramente como Técnicos de Nivel Superior cursaste una carrera con un mínimo de 1.600 horas académicas, requisito para obtener esa visa como profesional.

    Los tiempos para obtener Permanencia definitiva para residente con contrato como dependiente de un empleador son:

    Con visa sujeta a contrato: dos años ininterrumpidos.
    Con visa temporaria: un año.
    Con visa de estudiante: dos años y haber terminado sus estudios, sean profesionales o secundarios.

    Lo que necesitas para obtener Permanencia definitiva para residente son:
    1–SOLICITUD DE PERMANENCIA DEFINITIVA POR CORREO, la que debe completar íntegramente con sus datos y FIRMAR. Y debe ser enviada dentro de los últimos 90 días de vigencia de tu visa de residencia actual.

    2-Certificado de antecedentes, debe ser original. Esto lo obtienes en cualquier oficina del Registro Civil simplemente presentando tu carnet de identidad y luego la activas por la página. Este trámite no tiene costo. Las oficinas del Registro Civil atienden de lunes a viernes 08:30 a 14:00.

    3-CERTIFICADO DE VIAJES, original, completo y actualizado, correspondiente al último año de residencia. Este documento es emitido por Policía Internacional

    Es un documento emitido por la Policía Internacional que certifica los registros de entradas y salidas del país, de las personas que lo soliciten.

    Se solicita en la sede de la PDI que queda en Eleuterio Ramírez 852 y atienden de lunes a viernes de 08:00 a 14:00. Allí completas un formulario de solicitud y debes llevar tu pasaporte original. Cuesta 800 pesos. Puede ser tramitado por el titular o por un tercero con autorización notarial.

    El plazo de entrega de este documento es de máximo 5 días hábiles.

    4-Fotocopia de la cédula de identidad para extranjeros por ambos lados

    5-Fotocopia del certificado de registro emitido por Policía internacional. Se solicita en la sede de la PDI que queda en Eleuterio Ramírez 852 y atienden de lunes a viernes de 08:00 a 14:00.

    6-Fotocopia del pasaporte vigente. Hojas de identificación, la primera hoja donde están los datos y de la que tiene la visa y cualquier otra que haga referencia a esta solicitud.

    7-Carta personal que indique los motivos para solicitar permanencia definitiva.

    8- 1 fotografía tamaño carnet (3×2 cm.) en colores, con nombre y N° de Cédula de Identidad.

    9-Copia del contrato de trabajo vigente y de los anteriores suscritos por el solicitante.

    10- Certificado de vigencia del contrato, firmado ante notario (Original). El certificado de vigencia de contrato es un documento que redacta tu empleador. No hay un formato único para esto, solo asegúrate que diga la fecha actual y la fecha en la que empezaste a trabajar para esa empresa. Este documento debe estar notariado.

    11-Copias de finiquitos de contratos, en caso de tener anteriores relaciones laborales terminadas.

    12-Certificado Histórico de cotizaciones de AFP y de Salud, del último año de visa (AFP, FONASA, ISAPRE). Si tienes 12 meses excelente, hemos escuchado que algunos han sido aprobados con menos meses. Esto se saca de internet, en la página de PlanVital (muy probablemente es la AFP en la que estés) y en la página de FONASA o de tu Isapre, se pueden imprimir.

    Respecto al sueldo: No hemos encontrado información respecto a las horas de trabajo, pero la Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares” establece que “las personas migrantes gozarán del mismo trato que reciben las y los nacionales del país en que se encuentran respecto a la remuneración y otras condiciones de trabajo y de empleo”. (entre ellas, respetar el salario mínimo vigente). Una publicación dice: ¨Determinación de la remuneración, la que no podrá ser inferior al salario mínimo. Puede ser pagada en moneda nacional o extranjera.¨ De modo que como profesional, imagino que no recibirás menos del sueldo mínimo.

    Esperamos haber sido una ayuda para que logres tu residencia definitiva. Y recuerda que este sitio de internet de ayuda a inmigrante se puede sostener con la cantidad de suscriptores en el canal de YouTube ¨Tu problema Tu solución¨, te animo a suscribirte. Que todo salga bien, el futuro nunca es tan terrible como lo pintan nuestros temores.

  97. Estimada Katerine: En Tu problema Tu solución respondemos inquietudes pero mientras mas datos aportes mas fácil es poder ayudarte.

    Si eres Venezolana te puedo informar que hubo muchas personas o empresas que emitieron estos documentos para personas que preferían “el camino fácil” y el resultado a sido que la PDI las está investigando y Extranjería está rechazando las visas que tengan relación con ellos. Yo espero que ese no sea tu caso.

    Ahora bien, muchos de los que escriben han tenido VISA TEMPORAL POR MOTIVOS LABORALES. La visa de Residencia Temporaria por Motivos Laborales habilita a su titular para residir en el país y realizar cualquier actividad laboral lícita (trabajo, estudios, emprendimiento, prestación de servicios). Tiene una duración de hasta un año, y es prorrogable por un año más, según las reglas generales de la visación de residencia temporaria establecido en el artículo 51 del Reglamento de Extranjería. Este tipo de visa permite trabajar con uno o más empleadores mientras esté vigente la visa y el cambio de empleador no tienen costo adicional. Al término del contrato puede firmar uno nuevo sin pedir otra visa y solicitar la Permanencia Definitiva después de 1 año de trabajo continuo.

    En tu caso no entiendo bien, pero me imagino que tienes “una VISA SUJETA A CONTRATO” si es así, y entiendo que cambiarás de empleador. Entonces, necesitas:

    1 fotocopia del pasaporte vigente (hojas de identificación, número y fechas de otorgamiento y vencimiento de éste, y estampado de la visa anterior).

    1 fotocopia del Certificado de Registro, emitido por Policía Internacional (Eleuterio Ramírez N°852, Santiago), obligatorio sólo para personas mayores de 18 años

    1 fotografía reciente, tamaño carné (3×2 cm.) en colores, con nombre completo y número de cédula de identidad para extranjeros.

    1 fotocopia de la cédula de identidad por ambos lados, obligatorio sólo para personas mayores de 18 años.
    Certificado original de antecedentes, emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile. Tiene una vigencia de 30 días y es obligatorio sólo para personas mayores de 18 años.

    Además:

    1. FINIQUITO DEL CONTRATO DE TRABAJO ANTERIOR firmado ante notario por el trabajador y el antiguo empleador, o un acta de comparecencia ante la Inspección del Trabajo que certifique la fecha del término de la relación laboral, o una Certificación Judicial que certifique la fecha del termino de la relación laboral.

    2. CONTRATO DE TRABAJO: Se presenta un original firmado ante notario, por el trabajador y el nuevo empleador (indicando el RUT de la empresa o Cédula de Identidad si es persona natural).

    Recuerda que este sitio de ayuda a extranjeros se sostiene con los suscriptores del canal de Youtube Tu problema Tu solución, te animo a que te suscribas en el canal. Que todo te salga bien.

  98. Estimada Paulina: Sentimos mucho que estés pasando por esta situación y creemos que lo hiciste con buena intención, pero muchos han lucrado dando contratos a inmigrantes contratos que nunca tuvieron la intención de contratar a un nuevo trabajador sino de cumplir un requisito para obtener una visa. A la ley se le simboliza con una mujer que tiene tapado sus ojos y con una balanza en su mano, es decir la ley es ciega, y busca administrar castigo, sin ver las intenciones solo ve a infractores.

    Seguramente con esta experiencia has aprendido que el empleador al momento de contratar a un trabajador extranjero deberá verificar el tipo de residencia y las condiciones asociadas a ella. De esta manera, si el trabajador:

    – Posee una permanencia definitiva, no existe ninguna limitación para su contratación.

    – Es poseedor de una visa de residencia temporaria, deberá verificar en el estampado de la visa en su pasaporte que ésta sea titular y que se encuentre vigente.

    – Posee una visa sujeta a contrato otorgada en base a un contrato suscrito con otro empleador, el extranjero no está habilitado para trabajar. Deberá solicitarse que presente una nueva solicitud de residencia, que puede ser otra visa sujeta a contrato, en cuyo caso el fundamento será el contrato que el extranjero suscribirá con el empleador.

    – Posee un permiso de residencia estudiante, no está habilitado para trabajar.

    Todo extranjero con residencia en el país recibe una cédula de identidad, que en su parte posterior indica el tipo de residencia que posee.

    Si se contrata a un trabajador extranjero sin autorización, el empleador será sancionado según lo dispuesto en el artículo 74 del D.L. 1094 de 1975 (Ley de Extranjería) y en el artículo 152 del D.S. 597 de 1984 (Reglamento de Extranjería), para dar ocupación a los extranjeros será necesario que estos previamente acrediten su residencia o permanencia legal en el país y estén debidamente autorizados para trabajar y habilitados para ello.

    Puedes ver las multas en el diario oficial.

    Persona Natural

    Art. 73 y Art. 150 Transportar sin Documentación necesaria.
    Art. 74 y Art. 152 Dar Trabajo a Extranjeros que no tienen autorización. No informar circunstancia que modifique condición de residencia.
    Art. 77 y Art. 156 Dar Alojamiento a Extranjeros Ilegales.
    Art. 75 y Art. 154 Simulación o fraude en la celebración de un Contrato por parte del empleador.
    Art. 73 y Art. 151 Hacer abandono del país antes de realizar la inspección de salida por la autoridad.

    Tramo Días Presentación Voluntaria Denuncia Polin Reincidencia Presentación Voluntaria Reincidencia Denuncia Polin

    Tramo 1 1 a 100 $ 39.168 $ 58.752 $ 117.504 $ 783.363
    Tramo 2 101 a 190 $ 97.920 $ 147.771 $ 293.761 $ 783.363
    Tramo 3 191 a 375 $ 195.841 $ 293.761 $ 489.602 $ 783.363
    Tramo 4 376 y más $ 391.681 $ 489.602 $ 587.522 $ 783.363

    Persona Jurídica

    Art. 73 y Art. 150 Transportar sin Documentación necesaria.
    Art. 74 y Art. 152 Dar Trabajo a Extranjeros que no tienen autorización. No informar circunstancia que modifique condición de residencia.
    Art. 77 y Art. 156 Dar Alojamiento a Extranjeros Ilegales.
    Art. 75 y Art. 154 Simulación o fraude en la celebración de un Contrato por parte del empleador.
    Art. 73 y Art. 161 Hacer abandono del país antes de realizar la inspección de salida por la autoridad.

    Tramo Días Presentación Voluntaria Denuncia Polin Reincidencia Presentación Voluntaria Reincidencia Denuncia Polin

    Tramo 1 1 a 100 $ 783.363 $ 940.035 $ 1.096.708 $ 1.983.332
    Tramo 2 101 a 190 $ 1.050.418 $ 1.260.502 $ 1.470.586 $ 1.983.332
    Tramo 3 191 a 375 $ 1.317.474 $ 1.580.969 $ 1.844.463 $ 1.983.332
    Tramo 4 376 y más $ 1.584.529 $ 1.901.435 $ 1.929.921 $ 1.983.332

    Espero, que apeles, te asesores con un abogado laboral y logres una rebaja de la multa. Esto te servirá de experiencia, solo perderás dinero, y espero que sea menos del que piensas. Pero, no es bueno que aprendamos de esta manera, porque un condenado a muerte camino a la horca dijo: ME SERVIRÁ DE EXPERIENCIA.

  99. Estimada Karina: Ahora bien, muchos de los que escriben han tenido VISA TEMPORAL POR MOTIVOS LABORALES. La visa de Residencia Temporaria por Motivos Laborales habilita a su titular para residir en el país y realizar cualquier actividad laboral lícita (trabajo, estudios, emprendimiento, prestación de servicios). Tiene una duración de hasta un año, y es prorrogable por un año más, según las reglas generales de la visación de residencia temporaria establecido en el artículo 51 del Reglamento de Extranjería. Este tipo de visa permite trabajar con uno o más empleadores mientras esté vigente la visa y el cambio de empleador no tienen costo adicional. Al término del contrato puede firmar uno nuevo sin pedir otra visa y solicitar la Permanencia Definitiva después de 1 año de trabajo continuo. Mientras esta llega, seguramente obtuviste un permiso de trabajo que te faculta para trabajar.

    La visa del Residente Sujeto a Contrato es diferente. No podrá ser inferior a un año, pudiendo durar hasta dos años, prorrogable por periodos iguales y sucesivos.

    Si la relación laboral termina por cualquier motivo, caduca este permiso de residencia. Para regularizar esta situación debe contarse con un nuevo empleador y pedir en el Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública (San Antonio 580, 3° piso) o en las Gobernaciones Provinciales, el cambio de empleador. Dispone de 30 días desde el término de la relación laboral para presentar finiquito y un nuevo contrato.

    Esperamos que pronto soluciones tus problemas y te recordamos que este sitio de ayuda a extranjeros se sostiene con los suscriptores del canal de Youtube Tu problema Tu solución, te animo a que te suscribas en el canal.

  100. Buenas noches. Agradezco me ayuden con esta duda: Yo ingresé a Chile hace un mes como turista. Estoy en conversaciones con una empresa para trabajar. Soy Técnico Profesional pero mi titulo está en trámite de apostillado y lo tendré acá en unos 20 dias pero ya ellos quieren contratarme. Puedo solicitar permiso de trabajo para turista pero la empresa debe hacer un contrato con validez de cuantos meses?? Otra consulta, mientras tengo ese permiso de trabajo temporal puedo solicitar con la misma empresa una oferta para optar a la visa para profesionales. Que debo hacer??? porque también podría manejarme con visa sujeta a contrato??? Mil gracias, esperaré tu orientación

  101. Estimado Juan Carlos: Con el cambio de la ley las visas para permanecer de forma legal en Chile se entregarán en los países de origen.
    Se podrá solicitar visas como:
    Visa de Responsabilidad Democrática
    Visado Humanitario de Reunificación Familiar
    Visa temporaria de Orientación Nacional
    Visa Temporaria de Orientación Internacional
    Visa Temporaria de Oportunidades

    En tu caso seguramente tienes visa de turista y se te dio una permanencia en el país a un plazo menor de 90 días. Bueno, antes de que se termine, puedes solicitar un período adicional de 90 días. Dicho trámite se realiza dentro de los últimos 30 días al vencimiento de la visa. El valor es el equivalente a 100 dólares americanos.
    Ahora, esto es lo que las autoridades de Chile han anunciado, pero la verdad es que la ley aún está en el Congreso y mientras este proyecto no se apruebe algunos han intentado:

    TRABAJAR CON VISA DE TURISTA

    Para trabajar con permiso de turismo debes tener la condición de turista vigente. El Ministerio del Interior podrá autorizarte para trabar en el país por un plazo máximo de 30 días, prorrogables mientras se mantenga vigente el permiso de turismo.

    REQUISITOS PARA PERMISO DE TRABAJO EN CALIDAD DE TURISTA

    1. Pasaporte original, o DNI o Cedula y fotocopia del mismo.
    2. Original de la Tarjeta de Turismo vigente y fotocopia.
    3. Contrato de Trabajo firmado ante Notario.

    Una vez otorgado el permiso de trabajo, deberás pagar los derechos correspondientes. La que se cancela en cualquier Banco. Podrás trabajar sólo una vez que tengas el permiso, lo cual debe ser considerado en el contrato de trabajo o carta que se presente.

    La solicitud debes hacerla en la Sección Atención de Público, ubicada en San
    Antonio N° 580, Piso 3, Santiago, o en las oficinas de Extranjería de cada Gobernación provincial.


    ¿Qué debes hacer si eres venezolano en Chile y ya estas trabajando sin tu visa o permiso de trabajo?

    –Los venezolanos que pudieron obtener un permiso de turismo y esté vencido, una visa de residencia ya vencida, que estén tramitando su visa o realizando actividades remuneradas sin autorización también deben asistir a este proceso gradual de regularización extraordinario en Chile.

    El plazo del mismo es desde el próximo 23 de abril hasta el 23 de julio y los requisitos a presentar son su documento de identidad venezolano, un certificado de antecedentes penales del país de origen y la tarjeta de turismo o certificado de viaje emitido por la Policía de Investigaciones de Chile (PDI).

    VISA MERCOSUR

    Si eres ciudadano de Argentina, Bolivia, Brasil, Paraguay o Uruguay puedes solicitar visa de residente temporario por un año, prorrogable por igual período, independiente de la actividad que vengan a realizar, siempre y cuando no posean antecedentes penales.

    REQUISITOS PARA VISA MERCOSUR

    1.- Solicitud de Visa llenada y firmada.
    2.-Fotocopia del pasaporte vigente (hojas de identificación, número y fechas de otorgamiento y vencimiento de
    éste y estampado de la visa anterior).
    3.- Fotocopia de la ÚLTIMA Tarjeta de Turismo, emitido por Policía Internacional, si la perdió puede pedir una copia (Eleuterio Ramírez N°852, Santiago), obligatorio sólo para personas mayores de 18 años.
    4.-Fotografías recientes, tamaño carné (3×2 cm.), en colores, con nombre completo y número de cédula de identidad para extranjeros.

    SOLICITUD DE VISA VISA PARA PROFESIONALES

    1.- Solicitud de Visa llenada y firmada.
    2.-Pasaporte original y vigente, fotocopia (hojas de identificación, número y fechas de otorgamiento y vencimiento de
    éste y estampado de la visa anterior).
    3.- Título original.
    4. Documento emitido por la universidad donde te graduaste que indique que tu carrera duró 1600 horas o mas. Antes debes legalizar la firma puesta en el Consulado de Chile en tu país, puedes hacerlo en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile, en Agustinas 1320, atienden entre las 09:00 y las 14:00
    5.- Fotocopia de la ÚLTIMA Tarjeta de Turismo, emitido por Policía Internacional, si la perdió puede pedir una copia (Eleuterio Ramírez N°852, Santiago), obligatorio sólo para personas mayores de 18 años.
    6.- Contrato u oferta de trabajo, en la notaria firmas tú y quien ofrece el trabajo. Verificaran las identidades, pidiéndole a él el RUT y a ti el pasaporte.
    7.-Fotografías recientes, tamaño carné (3×2 cm.), en colores, con nombre completo y número de cédula de identidad para extranjeros.

    Puedes enviar todo esto desde una oficina de Correos Chile.

    Debido al alto número de solicitudes, el permiso de trabajo se está tardando entre 45 y 60 días. Ahora debes descargar e imprimir una planilla que está en esa misma página con la que tienes que ir a cualquier banco comercial a pagar (son 30 US$ al cambio en pesos del momento). Cuando lo hagas, llevas tu pasaporte original, la notificación impresa y la planilla de pago procesada por el banco a Extranjería para que te entreguen tu permiso.

    Te quedará:

    Pagar la Visa; estampar la Visa y solicitar tu RUT en el Registro Civil.

    Si no intentas ninguna de estas opciones, puedes intentar acudir al Proceso de Regularización Extraordinario, que ofreció el gobierno de Chile, esperando que te den tu Visa.
    La verdad, es que tú debes optar por la mejor opción. Estamos en un proceso de cambios en las leyes de inmigración y espero que pronto obtengas tu Visa y recuerda que este sitio de ayuda a extranjeros se sostiene con los suscriptores del canal de YouTube Tu problema Tu solución, te animo a que te suscribas en el canal. Que todo te salga bien.

  102. Hola. Entreviste a una persona peruana para trabajar como asesora del hogar. Ya lleva 15 dias en mi casa y tengo que hacerle el contrato. Ella me mostro su carnet chileno que vencio y me dice que debe hacer los papeles todo de nuevo. Por favor si me pueden orientar cuales son los pasos a seguir para hacer todo legal.
    ¿Debo hacerle contrato con las clausulas para visa temporaria sujeta a trabajo? Si es asi, ¿tienen algun modelo tipo de este contrato?
    ¿Puede seguir trabajando en mi casa mientras no tenga los papeles?
    ¿cuando empiezo a imponerle? ¿puedo hacerlo a traves de previred con el rut de su carnet vencido?
    Muchas gracias

  103. Estimada Francisca:

    Primero debes identificar que visa tiene.

    Mira en su carnet que clase de visa tiene. Si el esposo de ella tiene visa, es probable que ella tenga visa como DEPENDIENTE, visa que no le permite trabajar.

    Si la asesora del hogar solicitó una visa de RESIDENTE SUJETO A CONTRATO, al terminar su contrato con anterior jefe, caduca ese permiso. Para regularizar tienes que conseguir un nuevo empleador y solicitar un cambio de empleador en el Departamento de Extranjera y Migración en San Antonio 580, tercer piso.

    Si ya tiene su VISA TEMPORAL POR MOTIVOS LABORALES puede cambiar de empleador sin mayores problemas.

    Si ella es titular del PERMISO DE PERMANENCIA DEFINITIVA. Puede ir al Registro Civil y presentar su Certificado de Permanencia Definitiva otorgado por el Ministerio del Interior y acreditar no haber permanecido en el extranjero por más de un año, mediante certificado otorgado por Policía Internacional de Investigaciones de Chile. En 8 días tiene su cédula de identidad.

    Ahora, si su cedula de identidad se venció, es probable que su visa también. Antes de solicitar la nueva cédula de identidad, debe obtener la renovación de su visa.

    Luego que obtenga la renovación de su visa va al Registro Civil y solicita renovar su cédula.

    Para comenzar a cotizar, deben tener la visa de residencia o el PERMISO ESPECIAL DE TRABAJO para extranjeros con visa en trámite.

    Ahora si quieres hacer un contrato de trabajo para que ella obtenga un permiso de trabajo, el contrato de trabajo debe firmarse ante Notario Público y debe incluir las estipulaciones mínimas del Artículo 10 del Código del Trabajo, y las siguientes cláusulas:

    1.- Cláusula de remuneración: que la remuneración del trabajador contratado sea pagada en Chile, en moneda de curso legal;

    2.- Cláusula de Vigencia. Debe ser redactada como sigue: “La obligación de prestar servicios emanada del presente contrato, sólo podrá cumplirse una vez que el trabajador haya obtenido la visación de residencia correspondiente en Chile o el permiso especial de trabajo para extranjeros con visa en trámite”;

    3.- Cláusula de Régimen Previsional, donde el empleador se compromete a efectuar las retenciones correspondientes y enterarlas en las instituciones previsionales y de seguridad social chilenos, salvo que las partes se acojan a la ley N° 18.156, y debe ser redactada como sigue: “Se deja constancia que el trabajador cotizará en el régimen previsional chileno, comprometiéndose el empleador a efectuar las retenciones y entregarlas a las instituciones correspondientes.

    Esperamos que todo salga bien.

  104. Hola necesito finiquitar a un trabajador que tiene rut provisorio y en la notaria me dicen que no lo puedo finiquitar, entonces no se que hacer, ayuda por favor

  105. Hola buenas tardes, lo que pasa está que tengo una bisabuela por motivos laborales y señor me vence a fines de agosto y quiero meter papales para la permanencia definitiva, tengo todos los documentos, pero el problema que tengo y he estado esperando en el trabajo es que aún no me entregan el certificado de vigencia de contrato porque él representante legal no se encuentra en la ciudad que vivo y en estos momentos está fuera de chile. Que tengo que hacer? Ya que he estado esperando y nada, no me han dado solución ya que el es el único que puede firmar según.

  106. Estimada Lorena: No hay normas especiales para trabajadores extranjeros, es decir la regla general es que se aplica la legislación laboral que rige en Chile. De modo que, se puede finiquitar a un extranjero tal como a un chileno.

    Ahora bien, no dices cuanto tiempo trabajo contigo, porque no se requiere suscribir finiquito en el caso de contratos de duración no superior a 30 días, salvo que se prorroguen por más de 30 días o que, vencido este plazo máximo, el trabajador continuare prestando servicios al empleador con conocimiento de éste.

    Puedes enviar tu consulta, con mas antecedentes directamente a la inspección del trabajo en este link: http://tramites.dirtrab.cl/webitel2013/consultas/consultasweb.aspx

    Muchos saludos y que todo se resuelva pronto. Recuerda que esta página se mantiene con el número de suscriptores al canal de YouTube Tu problema Tu solución, suscríbete si no lo has hecho. Muchas gracias.

  107. Estimada Constanza: Efectivamente para tramitar tu permanencia definitiva necesitas el Certificado de vigencia del contrato de trabajo, emitido por tu empleador y legalizado ante notario, en que se indique cargo, antigüedad, tu renta, fecha de inicio de las actividades laborales y RUT del empleador. Debe incluir todas las modificaciones hechas al contrato de trabajo.

    El Certificado de vigencia del contrato es algo tan simple como esto:

    CERTIFICADO DE VIGENCIA DE CONTRATO
    Yo……………………………………………………………………….C.I……………………………………………………..domiciliada en……………………………………………………………….. comuna de…………………………………….

    Certifico: Que la Sra………………………………………………………………………………………….. cédula de identidad N◦……………………………………………., de nacionalidad…………………………………. Tiene vigente e indefinido su contrato de trabajo, desde el …………………………………….. a la fecha……….como……………………………………………… y percibe una remuneración de…………………………… pesos
    líquidos y tiene sus cotizaciones al día como lo exige la ley laboral.Se extiende el siguiente certificado para los fines que estime la interesada.
    ……………………………………………………

    C.I……………………………………………

    Normalmente hay mas de una persona que puede representar a la empresa en la firma de dicho documento. De modo que, insiste en que firmen este certificado.

    Y recuerda que este sitio se mantiene con los suscriptores al Canal de YouTube Tu problema Tu solución. Te animo a suscribirte.
    Que pronto obtengas tu Visa definitiva.

  108. Estimada Mariana: Esa es una pregunta recurrente. Y muchos extranjeros han enviado sus solicitudes con la misma cantidad de meses que tú y han sido aprobadas. Y si no es así, puedes seguir con la temporaria, hasta cumplir con el requisito y solicitar la definitiva.

    Y recuerda que este sitio se mantiene con los suscriptores al Canal de YouTube Tu problema Tu solución. Te animo a suscribirte.
    Que pronto obtengas tu Visa definitiva.

  109. Hola buenas noches!!
    Mi Nombre es KATIA
    de ante mano gracias por su tiempo y gestión.
    Tengo dos hermanos que viven en chile muchos años tienen un trabajo estable y tambien tengo mi tia de parte mi mamá y primas sobrinos chilenos y tienen la residencia definitiva todos,mi consulta es la siguiente.
    Yo deseo ir a chile a trabajar y al mismo tiempo estar a lado de mis dos hermano,por el momento yo me encuentro en mi país que es Perú. Que debo hacer o presentar para solicitar mi visa temporal por motivos laborales es conveniente esta visa o existe otra visa. cuanto tiempo se demora para una respuesta, es necesario tener antes un contrato de trabajo con esta visa o tienes que obtener el contrato ya estando en chile. Tengo que comprar antes mi pasaje aéreo o después que me otorguen el permiso si en el caso de este sea positivo.
    GRACIAS DE ANTE MANO POR SU RESPUESTA

  110. Hola, quisiera saber si tendrías algún modelo de carta de rectificación de visa? O como lo puedo hacer? Gracias, tengo un problema con mi visa y no sé quién pueda ayudarme

  111. Estimada Monica: No tenemos un modelo de carta, pero puede ser algo así:
    Departamento de Extranjería y Migración
    Ministerio del Interior y Seguridad Pública

    JUAN PEREZ
    RUT: 22.333.444-K
    CARRASCAL 2252
    CERRO NAVIA
    Santiago de Chile

    Asunto: Solicitud de Rectificación de solicitud de visa.

    Yo, JUAN PEREZ SOTO, ESTADO CIVIL SOLTERO, de nacionalidad PERUANA, cédula de identidad de extranjeros 22.333.444-K, solicito:

    Me sea concedida la Visa…………., y a esos efectos manifiesto lo siguiente:

    Que llevo residiendo en territorio Chileno desde el 01 de JUNIO del 2016. Y que mis dependientes son:

    JUANA SOTO SOTO, esposa. Cédula de identidad de extranjeros Nº 11.222.333-K

    Los motivos que me mueven a solicitar la Visa………………….. no son otros, sino los de proponerme residir de forma estable en Chile, debido a los lazos fraternales que hoy día me unen con este país, a la calidad de vida, seguridad, estabilidad económica, las oportunidades de surgir como persona, como profesional y poder compartirlas junto a amigos que he conformado en Chile, mi nuevo hogar.

    Originalmente solicité Visa………. Pero ahora solicito Visa……………. Debido a que…………………

    A fin de acreditar mi situación en Chile, adjunto con este escrito la siguiente documentación:

    1.-
    2.-

    Agradeciendo de antemano su atención, quedo pendiente de sus noticias y aprovecho la ocasión para saludarles muy atentamente,

    En Santiago de Chile, a 10 de Mayo del 2017.

    _______________________________________________
    JUAN PEREZ
    RUT: 22.333.444-K

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  112. Estimada Katia, como quizás estés enterada, en Chile se están haciendo cambios en las leyes de inmigración. Te sugiero que escribas al Consulado de Chile en Lima, vía correo electrónico, al correo electrónico lima@consulado.gob.cl, solicitando cuáles son los requisitos para obtener una Visa en Chile. Menciona, en el email, el tipo de Visa que deseas solicitar. Y la Visa temporaria sería una buena opción.

    Una vez que cuentes con los documentos requeridos debes ingresar a https://tramites.minrel.gob.cl donde debes crear su cuenta de usuario e iniciar la solicitud del Visado.

    Cuando sea recibida su solicitud se te enviará un correo electrónico indicando la fecha y hora de su entrevista. Deberas presentarte con los documentos requeridos en original.

    Si tu solicitud de Visa es aprobada, se te informará por correo electrónico el día y hora para continuar con el proceso de ésta. Si las autoridades migratorias rechazan tu solicitud, no podrás presentar una nueva solicitud hasta 180 días después desde tu notificación.

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  113. Hola,me gustaría saber si puedo salir de Chile por 20 días sin tengo la solicitud de visa temporaria en trámite ?,si es posible que pasos debo seguir antes de salir debido que varias personae dicen que con ese documento no me dejan salir de chile.

    Gracias por su atención.

  114. Hola,tengo una consulta puedo salir de chile si mi solicitud de visa estaem trámite ?, Lo que pasa es que tengo que salir de chile por 20 días pero aún no tengo mi visa temporaria, me dijieron que con la solicitud en trámite no se podía salir, entonces no sé si pueda ocurrir algún problema o que no te dejen salir o entrar.
    Gracias por su atención.

    Estimado: Estas en lo correcto con la solicitud de Visa en tramite puedes salir perfectamente del país sin ningún problema.

    Ahora, si te aprueban la Visa, desde la aprobación son 4 meses como máximo para que tú estampes tu visa y si no lo haces se archiva automáticamente, por eso te sugiero que estés en completo conocimiento de los avances de tu proceso.

    No es necesario esperar a tener la visa para salir siempre y cuando se cuente con la solicitud en tramite. Te sugiero que la imprimas y las lleves con tus documentos.

    Esto es porque al entrar y salir del país por recintos fronterizos, debes acreditar tu situación migratoria: visa en trámite, certificado de permanencia definitiva o comprobante de solicitud en trámite.

    De todos modos, si quieres asegurarte y aún tienes dudas puedes comunicarte con PDI al fono 22708 0000, ya que ellos son los que fiscalizan la salida y la entrada al país, así estás seguro que no hay nada que “impida” tu entrada nuevamente.

    Recuerda que este sitio de ayuda a extranjero se sostiene con los suscriptores del canal de Youtube Tu problema Tu solución, te animo a que te suscribas en el canal. Que todo salga bien en tus tramites.

  115. hola una consulta, yo ingrese visa temporaria por motivos laborales, ya tengo el permiso de trabajo y ya me falta un mes para que me den respuesta de la visa, mi consulta es: cambie de trabajo y me piden el rut provisorio, a inscribirme en afp se me puede atrasar los tramites? es necesario llevar el nuevo contrato a extranjeria?

  116. No entiendo bien si ya tienes el RUT provisorio. Quizás enviaste tus antecedentes por email y quizás adjuntaste al email: 1-Copia notarial del contrato de trabajo. 2-Fotocopia del pasaporte. 3- Declaración simple, indicando la fecha del comienzo de las labores.

    Si es así, y ya tienes tu RUT provisorio, cuando tengas el RUT definitivo, debes escribir al mismo correo indicando en “Asunto” Actualización de RUT extranjero.

    Esto permitirá que las imposiciones depositadas en tu RUT provisorio pasen a tu RUT definitivo. Y esto no atrasará tus tramites, por el contrario si ya tienes tu permiso de trabajo y estás trabajando, debes pagar tus imposiciones.

  117. Hola quisiera saber cuando te llega el primer documento de aceptacion a qui en chile el segundo documento no llega rapido ya tengo 2 meses de que no llega para el pago al banco . Otra cosa mi pareja le hicieron su contrato es cocinero pero llego a tener problema con su jefa x que le reclamaba los productos para sacar sus platos de comida como era y su jefa le dijo que hasta aqui trabajara que podria hacrr el ahora no llega su documento para pagar al banco donde podria ir para que lo acesoren gracias

  118. Estimada Patricia: Para saber como va tu tramite debes hacer clik AQUÍ. Este link te llevará a una pagina web del Departamento de Extranjería y Migración, en esta página se te ofrecerá pedir la información de 3 maneras. La primera escribiendo el nombre, segunda escribiendo tu RUT y tercera escribiendo el Código de correo, haz clik donde dice nombre. Entonces se abrirá una nueva ventana con 6 campos, en el primero debes poner tu nombre o dos nombres si los tienes, en el segundo tu apellido, en el tercero tu segundo apellido. En el siguiente campo escoges tu fecha de nacimiento, primero escoges el día, luego el mes y finalmente el año. En el siguiente campo escoges el país de nacimiento, y finalmente pones tu número de pasaporte. Eso te mostrará como van tus papeles en extranjería, veras por ejemplo todo lo que tú has enviado, carta, solicitud, etc. y veras lo que ellos te han enviado o resuelto.
    Respecto a tu pareja, tú dices que le hicieron un contrato, imagino que él ya tiene permiso de trabajo, sino es así él y su empleador han incluido la ley. Ahora, si el tiene permiso de trabajo, hicieron el contrato ante notario y la empleadora no ha cumplido con las leyes laborales, él puede ir a la inspección del trabajo. Pero, antes de hacerlo asegurate que él no ha incumplido la ley, porque sino como dice el dicho, va por la lana y sale trasquilado. Primero, que llame y haga la consulta dando toda la información necesaria, puede llamar al fono 600 450 4000. Y no olvides suscribirte a nuestro canal de YouTube Tu problema Tu solución.

  119. Hola una consulta por favor yo mande la documentación de mi contrato al correo de chile el 20 de junio por la cédula temporaria me dijeron qe se tardaba mínimo tres meses qe me den la respuesta si fue aprobada los tres meses correspondiente terminaba el 20 de septiembre ya estamos 30 de septiembre y no recibo ninguna respuesta e hecho la consulta ala pagina qe me piden nombres completos y todo y al poner mis datos fecha de nacimiento y el numero de pasaporte me sale no registrado no me sale nada por favor me puede ayudar en esa información gracias

  120. Hola buenas que pasa si salgo de Chile con la solicitud de residencia en trámite y regreso en un par de meses cuando la temporaria ya salió me la pueden dar? o se cancela la temporarios si no voy por ella a tiempo ?

  121. Hola buenas que pasa si salgo de Chile con la solicitud de residencia en trámite y regreso en un par de meses cuando la temporaria ya salió me la pueden dar? o se cancela la temporaria si no voy por ella a tiempo ?

  122. Hola buenas que pasa si salgo de Chile con la solicitud de residencia en trámite y regreso en un par de meses cuando la temporaria ya salió me la pueden dar? o se cancela la temporarios si no voy por ella a tiempo ?

  123. Estimado: Puedes con la solicitud de Visa en tramite puedes salir perfectamente del país sin ningún problema.

    Ahora, si te aprueban la Visa, desde la aprobación son 4 meses como máximo para que tú estampes tu visa y si no lo haces se archiva automáticamente, por eso te sugiero que estés en completo conocimiento de los avances de tu proceso.

    No es necesario esperar a tener la visa para salir siempre y cuando se cuente con la solicitud en tramite. Te sugiero que la imprimas y las lleves con tus documentos.

    Esto es porque al entrar y salir del país por recintos fronterizos, debes acreditar tu situación migratoria: visa en trámite, certificado de permanencia definitiva o comprobante de solicitud en trámite.

    De todos modos, si quieres asegurarte y aún tienes dudas puedes comunicarte con PDI al fono 22708 0000, ya que ellos son los que fiscalizan la salida y la entrada al país, así estás seguro que no hay nada que “impida” tu entrada nuevamente.

    Recuerda que este sitio de ayuda a extranjero se sostiene con los suscriptores del canal de Youtube Tu problema Tu solución, te animo a que te suscribas en el canal. Que todo salga bien en tus tramites.

  124. Estimada Ana: Con la solicitud de Visa en tramite puedes salir del país, lo importante es asegurarse que te dejaran entrar nuevamente.

    Ahora, si te aprueban la Visa, desde la aprobación son 4 meses como máximo para que tú estampes tu visa y si no lo haces se archiva automáticamente, por eso te sugiero que estés en completo conocimiento de los avances de tu proceso.

    No es necesario esperar a tener la visa para salir siempre y cuando se cuente con la solicitud en tramite. Te sugiero que la imprimas y las lleves con tus documentos.

    Esto es porque al entrar y salir del país por recintos fronterizos, debes acreditar tu situación migratoria: visa en trámite, certificado de permanencia definitiva o comprobante de solicitud en trámite.

    De todos modos, si quieres asegurarte y aún tienes dudas puedes comunicarte con PDI al fono 22708 0000, ya que ellos son los que fiscalizan la salida y la entrada al país, así estás seguro que no hay nada que “impida” tu entrada nuevamente.

    Recuerda que este sitio de ayuda a extranjero da consejos generales, no particulares, porque no conocemos detalladamente tus circunstancias. Y no olvides que este sitio se sostiene con los suscriptores del canal de Youtube Tu problema Tu solución, te animo a que te suscribas en el canal, si aún no lo has hecho. Que todo salga bien en tus tramites.

  125. Estimado Remson: Con el cambio de la ley a partir de ahora las visas para permanecer de forma legal en Chile se entregarán en los países de origen y se eliminará la posibilidad de solicitar el visado temporal por motivos laborales en Chile.
    En tu caso seguramente tenias visa de turista y esta te dio una permanencia en el país a un plazo menor de 90 días. Bueno, antes de que esa se termine, puedes solicitar un período adicional de 90 días. Dicho trámite se realiza dentro de los últimos 30 días al vencimiento de la visa. El valor a pagar es de 100 dólares americanos (equivalente en moneda nacional).

    Yo no se si acudiste al Proceso de Regularización Extraordinario, que ofreció el gobierno de Chile, a los extranjeros que están de manera irregular.

    Los extranjeros que están en el país en situación irregular y que ingresaron a Chile hasta el día 8 de abril de 2018. El gobierno ofreció regularizarlos, también, a aquellos hayan ingresado de forma irregular al país, es decir, por pasos no habilitados, pero les exige solicitar ante la Subsecretaría del Interior un permiso de residencia temporaria dentro del plazo de 30 días a partir del 23 de abril de 2018.

    En tu caso, no se cuando ingresaste a Chile, si lo hiciste después del 8 de abril de 2018, Tu situación se hace difícil, salvo que haya alguna amnistía posterior.
    Quizás puedas acudir a Extranjera e inmigración para aclarar tu situación en particular. Que todo te salga muy bien y soluciones tu problema.

  126. Estimado Edwards: Primero, debes pagar tú, o pedirle a un tercero que lo haga,antes del vencimiento de la orden de giro. Luego para estampar la visa tienes unos 4 o 6 meses para hacerlo. Te sugiero no esperar mucho tiempo, no querrás perder tu visa, ¿no es verdad? Recuerda que este sitio de ayuda a extranjero se sostiene con los suscriptores del canal de Youtube Tu problema Tu solución, te animo a que te suscribas en el canal. Que todo salga bien en tus tramites.

  127. Hola Buenas tarde: Gusto en Saludarlos.

    Tengo una duda: en estos momentos me encuentro trabajando para una empresa, que me solicita algún comprobante de que mi Prorroga de Visa temporaria este en tramite.

    Esto con el fin de darme el contrato indefinido, ya que con ese documento no podrán extenderme el contrato. ellos me informan que converse con el departamento de Extranjería para que me otorgue un papel que diga que esa solicitud se encuentra en trámite.

    yo introduje mis documentos en Agosto, y aun estoy en la espera.

    Existe alguna posibilidad que me orienten en este caso.
    Saludos,

  128. Estimada Anais: Para saber como va tu tramite debes hacer clik AQUÍ. Este link te llevará a una pagina web del Departamento de Extranjería y Migración, en esta página se te ofrecerá pedir la información de 3 maneras. La primera escribiendo el nombre, segunda escribiendo tu RUT y tercera escribiendo el Código de correo, haz clik donde dice nombre. Entonces se abrirá una nueva ventana con 6 campos, en el primero debes poner tu nombre o dos nombres si los tienes, en el segundo tu apellido, en el tercero tu segundo apellido. En el siguiente campo escoges tu fecha de nacimiento, primero escoges el día, luego el mes y finalmente el año. En el siguiente campo escoges el país de nacimiento, y finalmente pones tu número de pasaporte. Eso te mostrará como van tus papeles en extranjería, veras por ejemplo todo lo que tú has enviado, carta, solicitud, etc. y veras lo que ellos te han enviado o resuelto. Haz clic a tu solicitud e imprime la.
    Recuerda que este sitio de ayuda a extranjero se sostiene con los suscriptores del canal de Youtube Tu problema Tu solución, te animo a que te suscribas en el canal. Que todo salga bien en tus tramites.

  129. Buenos días,
    Estimados necesito su ayuda u orientación, ingrese en marzo a chile con mi esposa, ella con visa temporaria titular y yo con visa temporaria dependiente, ambas por 1 año, fuimos a la PDI, registramos la visa y solicitamos el RUT, a los 15 días teníamos RUT para extranjeros, desde ese momento comense a buscar trabajo, obteniendo contratos de trabajo por corto tiempo, 1 mes, 2 meses, y así, todo eso con mi visa temporaria dependiente por 1 año, me registre en Fonasa y en la AFP, mis empleadores, comenzaron a imponer tanto en FONASA como en la AFP, llevo 6 meses trabajando con mi visa temporaria dependiente, y llevo 6 meses imponiendo, recién me sale un contrato indefinido mejor remunerado, mi consulta es que tengo que hacer para cambiar mi visa de dependiente a titular, recibiré una multa por trabajar sin permiso de trabajo? mi empleador actual recibirá una multa por contratarme sin permiso de trabajo? Si envió la documentación para solicitar la visa definitiva con mis imposiciones a FONASA y AFP, me la rechazaran por tener la visa temporaria dependiente? y haber trabajado todo ese tiempo? Como datos curioso la visa estampara en mi pasaporte dice temporaria dependiente, pero en el certificado de registro de visa en la PDI dice temporaria titular, estoy muy confundido y necesito ayuda, muchas gracias de antemano por su ayuda, un cordial saludo

  130. Buenas tardes…tengo problemas con mis antecedentes penales el 15 de noviembre se me vence el plazo q podría aser pa que me den una segunda oportunidad de prologa

  131. Estimado Leo:

    Te sugiero que rapidamente cambies de visación. Tu visa significa que vas a depender económicamente de una segunda persona, lo que te impide realizar actividades remuneradas. Llena la solicitud, la puedes bajar de AQUÍ

    La visa temporaria es el permiso de residencia que habilita a su titular para residir en el país y a desarrollar cualquier actividad lícita, sin limitaciones especiales.

    Recuerda que esta sugerencia está dirigida a personas que ya cuentan con un permiso de residencia vigente en Chile, pero que desean cambiarlo por otro tipo de visa que se adapte de mejor manera a sus requerimientos en el país. Y entiendo que es tu caso y que resides en Santiago.

    Recuerda que necesitas:

    1 SOLICITUD DE VISA TEMPORARIA VÍA CORREO LLENADA ÍNTEGRAMENTE Y FIRMADA.

    1 fotocopia del pasaporte vigente (hojas de identificación, número y fechas de otorgamiento y vencimiento de éste y estampado de la visa anterior).

    1 fotocopia del Certificado de Registro, emitido por Policía Internacional (Eleuterio Ramírez N°852, Santiago), obligatorio sólo para personas mayores de 18 años.

    1 fotografía reciente, tamaño carné (3×2 cm.), en colores, con nombre completo y número de cédula de identidad para extranjeros.

    1 fotocopia de cédula de identidad por ambos lados, obligatorio sólo para personas mayores de 18 años.

    TODA ESTA DOCUMENTACIÓN DEBE SER ENVIADA VÍA CARTA CERTIFICADA AL CLASIFICADOR No 8 CORREO CENTRAL, SANTIAGO, especificando el trámite que está realizando.

    Una vez acogida a trámite la solicitud, se enviará una copia numerada y timbrada a su domicilio.

    Recuerda que toda persona que solicita visa Temporaria como titular, puede solicitar un permiso para trabajar con visa en trámite, pídelo en la solicitud misma. Al solicitar este permiso, se te enviará a yu domicilio, junto con la Copia de la Solicitud en Trámite, una Orden de Giro con los derechos a pagar (50% del valor de la visa sujeta a contrato según su nacionalidad). Los derechos se cancelan en cualquier Banco Comercial. Con la Orden de Giro Pagada debe concurrir a las oficinas del Departamento de Extranjería a retirar una TARJETA DE PERMISO DE TRABAJO. Este permiso tendrá vigencia hasta que se resuelva la solicitud de residencia o se termine la duración de la señalada tarjeta.

    Después, ve en la AFP como transferir tus fondos a tu RUT definitivo y con VISA de TRABAJO TEMPORARIA. Quizás impusiste en AFP Plan Vital, pero ahora los extranjeros que imponen por primera vez deben hacerlo en AFP MODELO.

    Pero, vamos por parte, consigue el cambio de Visa. No informes tus imposiciones, Fonasa, AFP, etc, junto con la solicitud. Primero obtén el cambio de Visa, luego arreglas lo otro. Si después te dicen que incumpliste la ley puedes mostrar en el certificado de registro de visa en la PDI que dice temporaria titular, si no lo aceptan, tendrás que aceptar la multa. Que todo te salga bien, empezar de atrás para adelante siempre tiene un costo.

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  132. Estimado Maicol:: No te entiendo muy bien. Si eres haitiano y ya pagaste tus papeles de antecedentes en la embajada hay que tener paciencia para que Haiti los envíe a Chile. Si eres de otro país y aún no obtienes tu papel de antecedentes, se te está acabando el tiempo para Qué?, necesitas prorroga para Qué?. Si vives en la Región Metropolitana, saca tu hora AQUÍ y plantea tu problema en extranjería.
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  133. Hola buenas tardes. Mi consulta es la siguiente, tengo visa x motivos lab aprobada pero no he ido a estamparla en mi pasapprte ya q m piden contrato y tuve 1 mes de prueba en el trabajo y no segui, no poseo rut provisorio, ni contrato ya que mi empleador me dice q no puede hacerlo xq el es persona natural y los contratos los hacen solo empresas.. tambien tengo una nueva oferta de trabajo con contrato pero no se que hacer en este caso. Espero obtener buena respuesta de tu parte. Gracias

  134. BUENOS DÍAS, TENGO UN CONSULTA, ORIGINALMENTE SOLICITE MI VISA DE MOTIVOS LABORALES POR UNA OFERTA DE TRABAJO, LA CUAL PARA LA FECHA YA ESA VISA NO SE ENCUENTRA DISPONIBLE, AHORA BIEN, DESEO CAMBIAR DE EMPLEADOR PORQUE TENGO UNA MEJOR OFERTA DE TRABAJO Y TAMBIÉN PORQUE MI EMPLEADOR NO QUIERE HACERME EL CONTRATO DE TRABAJO QUE EXIGEN HOY DÍA PORQUE DICE QUE EL ES PERSONA NATURAL Y NO JURÍDICA (ESO ES CIERTO?????). YA ME LLEGO LA VISA PERO AUN NO HE IDO A ESTAMPARLA POR ESTA SITUACIÓN. DE VERDAD NO SE Q HACER.

    CON LA VISA POR MOTIVOS LABORALES PUEDO CAMBIAR DE EMPLEADOR PERO NO SE SI AUN SE PUEDE HACER ESE CAMBIO YA QUE ELIMINARON ESA VISA. TENGO ESA GRAN INCÓGNITA

  135. Estimado Erimar: Siento mucho no poder entender bien tu pregunta. No se si será de ayuda para tí. Pero, te puedo informar que de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 9 del Código del trabajo, el empleador dispone de un plazo de 15 días para hacerte el contrato de trabajo, contados de la fecha de tu incorporación al trabajo. Respecto a que tienes la Visa y no has ido a estamparla, te informo que después de otorgada la visa, tienes un plazo aproximado de 4 a 6 meses para poder estamparla. Si no vas rápido, corres el riesgo que archiven tu solicitud. Ahora, si tienes una visa Sujeta a contrato y quieres cambiarla a Visa por motivos laborales. Puedes solicitar un cambio de visa. Como no tengo mucha información clara, te contesto de manera general. Pero, puedes llamar y consultar al fono 600 486 3000 o al 2323 93100.
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  136. Hola buenas tardes que debo hacer para obtener la visa temporaria por motivos laborales . teniendo encuenta que ya hace cuatro años atras obtuve rut sujeto a contrato pero viaje antes de que este se vensiera solo renunciando al trabajo y viaje de nuevo a mi pais colombia sin hacer ningun tramite

  137. Estimada Claribel: La Visa sujeta a contrato termina cuando termina ese contrato ya sea por despido o por tu renuncia. De modo que si ahora estás en Colombia y deseas obtener una Visa temporaria por motivos laborales. Puedes hacer clic AQUI y podrás ver lo que informa el Consulado de Chile en Bogota Colombia a los que desean emigrar a Chile. Recuerda que este sitio no es un sitio del gobierno de Chile, si no uno particular dedicado a ayudar gratuitamente a encontrar solución a tus problemas y se sostiene con los suscriptores de nuestro Canal de YouTube Tu problema Tu solución, te animo a suscribirte si no lo has hecho.

  138. buenos días!
    me podrían ayudar con una consulta, necesito solicitar Certificado de Viajes en la PDI y no hay citas disponibles, ya esta por vencerse el plazo para introducir la solicitud de Visa Definitiva y este requisito me hace falta, mis dudas son las siguientes:
    1. Hay alguna otra forma de tramitar este certificado si no cuento la cita?
    2. De no lograr obtener el certificado, puedo enviar la solicitud de Visa Definitiva sin este requisito? que implicaciones tendría?
    3. Puedo enviar primero los documentos que tengo disponibles y luego hacer un segundo envío con el certificado cuando lo logre tramitar?

    Agradecida de antemano por su ayuda,

    Ninoska
    Estimada Ninoska: Te animamos a que cuando tengas una pregunta lo hagas por el formulario que está en la página, de ese modo es mas rápido que enviarlo por email. Y así publicamos la respuesta y le es útil a otros que tienen el mismo problema.
    El certificado de viaje permite certificar los registros de entrada y salida de Chile a través de un documento emitido por las unidades de Extranjería y Policía Internacional. 


    Tu no mencionas donde vives, si vives en Santiago debes solicitar una hora de atención en el sitio http://www.extranjeria.gob.cl Puedes tratar una y otra vez.
    El día que seas citada deberás ir a Eleuterio Ramírez 852, con tu pasaporte, cédula de identidad o documento que se hubiese utilizado en el viaje.
    Ahora si vives en regiones, FELICITACIONES porque puedes ir al Departamento de Extranjería y Policía Internacional correspondiente, donde la atención se realiza por orden de llegada de 08:00 a 14:00 horas, no necesitas pedir hora y así recibes rápidamente tu certificado de viajes. Te muestro las direcciones de PDI y y correos electrónicos para que consultes directamente. Puedes ir al mas cercano.

    Región Policial de Arica y Parinacota

    Sede Arica
    Dirección: Angamos 990, Arica
    Correo electrónico: dequirepol@investigaciones.cl

    Región Policial de Antofagasta

    Sede Antofagasta
    Dirección: Washington 2767, Antofagasta
    Correo electrónico: ayudantia.atf@investigaciones.cl

    Región Policial de Atacama

    Sede Copiapó
    Dirección: Atacama 1098, Copiapó
    Correo electrónico: terepol@investigaciones.cl

    Región Policial de Coquimbo
    Sede La Serena
    Dirección: Balmaceda 1010, La Serena
    Correo electrónico: securepol@investigaciones.cl

    Región Policial de Valparaíso
    Sede Valparaíso
    Dirección: Uruguay 174, Valparaíso
    Correo electrónico: quirepol@investigaciones.cl

    Región Policial del Libertador General Bernardo O’Higgins
    Sede Rancagua
    Dirección: Florencio Durán 580, M. De Velasco, Rancagua
    Correo electrónico: sexrepol@investigaciones.cl

    Región Policial del Maule

    Sede Talca
    Dirección: 3 Oriente 1282, Talca
    Correo electrónico: seprepol@investigaciones.cl

    Región Policial de Ñuble

    Sede Chillán
    Dirección: Vega de Saldías 350, Chillán
    Correo electrónico: XVIrepol@investigaciones.cl

    Región Policial del Bío Bío

    Sede Concepción
    Dirección: Angol 815, Concepción
    Correo electrónico: ocrepol@investigaciones.cl

    Región Policial de La Araucanía

    Sede Temuco
    Dirección: Prat 19, Temuco
    Correo electrónico: ayudantia.tco@investigaciones.cl

    Región Policial de Los Ríos

    Sede Valdivia
    Dirección: Av. Ramón Picarte Nº 1401
    Correo electrónico: decurepol@investigaciones.cl

    Región Policial de Los Lagos

    Sede Puerto Montt
    Dirección: Ramón Munita 536, Puerto Montt
    Correo electrónico: derepol@investigaciones.cl

    Región Policial de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo

    Sede Coyhaique
    Dirección: Av. Baquedano 511, Coyhaique
    Correo electrónico: ayudantia.coy@investigaciones.cl

  139. Hace más de 1 año contraté una nana peruana, con visa temporaria por motivos laborales, hace unos días me dijo que se le venció la visa. Que hago para no estar sujeto a infracción ? Debo despedirla ? Ella está en incumplimiento de contrato por no tener la visa …….que hago?

  140. Estimado José Miguel: Las visas temporarias, duran un año, antes de que se termine, preferentemente 3 meses antes, ella puede solicitar una visa definitiva o nuevamente una visa temporal. Con esta extensión de la visa temporal o con la visa definitiva, puede renovar su RUT. Ella debe hacer este tramite, en esta página hemos explicado anteriormente como hacerlo. Puedes poner en el buscador que está a la derecha de esta página “Trabajar en Chile” y encontraras mas información de como se hace, aunque ella debe saber hacerlo ya que lo hizo la primera vez. Veo difícil que te pasen una infracción porque Extranjera no está dando hora para hacer estos tramites por exceso de trabajo, es posible que a ella le pasen una pequeña multa de 40 o 60 mil pesos por no hacer el tramite a tiempo, pero eso se paga en el banco y luego le dan la visa. Recuerda que este sitio se mantiene con la cantidad de suscriptores a nuestro Canal de YouTube, Tu problema Tu solución. Inscríbete si no lo has hecho.

  141. buenas quiero sacar una permiso de trabajo temporal que debo aser y q requisitos se necesita ayuda x favor q no tengo ni idea de q documentos son y cuanto dura el tramite..

  142. Estimado Alfredo: Cuando solicitas en extranjería visa temporal por motivos laborales, en el mismo formulario puedes pedir permiso de trabajo.
    ¿Puedes pedir la visa por correo?
    Sí, descarga el formulario.
    ¿Cómo debe tu jefe hacer el contrato?
    El contrato de trabajo debe firmarse en Chile, ante Notario Público y debe incluir las estipulaciones mínimas del Artículo 10 del Código del Trabajo, y las siguientes cláusulas:

    1.- Cláusula de remuneración: que la remuneración del trabajador contratado sea pagada en Chile, en moneda de curso legal;

    2.- Cláusula de Vigencia. Debe ser redactada como sigue: “La obligación de prestar servicios emanada del presente contrato, sólo podrá cumplirse una vez que el trabajador haya obtenido la visación de residencia correspondiente en Chile o el permiso especial de trabajo para extranjeros con visa en trámite”;

    3.- Cláusula de Régimen Previsional, donde el empleador se compromete a efectuar las retenciones correspondientes y enterarlas en las instituciones previsionales y de seguridad social chilenos, salvo que las partes se acojan a la ley N° 18.156, y debe ser redactada como sigue: “Se deja constancia que el trabajador cotizará en el régimen previsional chileno, comprometiéndose el empleador a efectuar las retenciones y entregarlas a las instituciones correspondientes;

    ¿Cuánto dura una Visa Temporaria por motivos laborales?

    Esta visa tiene una duración de un año, y es prorrogable por un año más, al término del contrato puede firmar uno nuevo sin pedir otra visa y podrás solicitar la Permanencia Definitiva después de 1 año de trabajo continuo.

    ¿Qué debo hacer para renovar mi Visa Temporaria por motivos laborales?

    Para renovarla debes acreditar, entre otros requisitos cotizaciones de AFP y salud. Es decir además de trabajar debes asegurarte que tu jefe te está pagando tus cotizaciones previsionales en una AFP y estas en FONASA

    Con Visa Temporaria, ¿Puedo cambiar de empleador?

    Sí, con la Visa Temporaria por motivos laborales tú no quedas sujeto a un solo empleador, puedes cambiar de trabajo sin tener que informarlo ni pagar nuevo arancel.

    ¿Cómo puedo inscribirme en una AFP?

    Puedes hacerlo por internet.

  143. Hola buenos días, tengo la siguiente consulta, empece en un trabajo desde el 01 de diciembre desde ese mes mi jefe me esta pagando imposiciones, pero NO firmamos un contrato durante ese tiempo ya ha pasado mas de un mes. Ahora dice que me hará un certificado de vigencia de contrato, porque ya no podemos firmar un contrato por el tiempo que ha pasado. Puede eso traerme problemas cuando ingrese mis documentos para la visa definitiva?

  144. Estimada Amalia: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9° del Código del Trabajo, el empleador dispone de un plazo de 15 días para escriturar el contrato de trabajo, contados desde la incorporación del trabajador.
    De modo que, tu empleador debe hacerte un contrato de trabajo, si no lo ha hecho ha incumplido la ley y puedes ir a la inspección del trabajo.
    La no escrituración del contrato importa una infracción para él, que es sancionada con multa de una a cinco UTM.
    Quizás te ofrezca poner otra fecha al contrato, suma y resta y ve si te conviene luchar por la justicia o necesitas el trabajo y el contrato, y mueres en la rueda. Obviamente, el no pago de imposiciones en algunos meses es igual a decir no estoy trabajando, de modo que, trata de firmar el contrato y llévalo a la AFP Modelo para que tu empleadora comience el pago de las imposiciones, con las cuales probaras que estas trabajando.
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  145. Hola, buenas noches, puedo desafiliarme de la afp y luego empezar a pagar mis imposiciones una vez que me llegue mi carnet; sin que esto afecte mis tramites de visa en extranjeria?

  146. Estimado Dennis:

    Preguntas sobre desafilarte de la AFP, no te lo recomiendo. Seguramente tu jefe está imponiendo en una AFP con un numero de RUT provisorio, ¿Verdad?. Cuando tengas tu RUT, o tu carnet o cédula de identidad,(que es lo mismo), los dineros de tu RUT provisorios pasaran a tu RUT definitivo. Eso es importante porque si quedas cesante podrás cobrar tu seguro de cesantía. Y cuando solicites tu visa definitiva tendrás que llevar registro de tus imposiciones de los últimos 12 meses. Recuerda que este sitio se mantiene gracias a los suscriptores de nuestro canal de YouTube Tu problema tu solución, te invito a suscribirte si aun no lo has hecho.

  147. Estimado Dennis: No se a que visa te refieres. Hay muchas visas que no han sido eliminadas:

    Visa de Responsabilidad Democrática
    Visado Humanitario de Reunificación Familiar
    Visa temporaria de Orientación Nacional
    Visa Temporaria de Orientación Internacional
    Visa Temporaria de Oportunidades
    Visa Mercosur
    Visa sujeta a contrato
    Visa de estudiante
    Visa temporaria
    Visa definitiva
    Visa temporaria con vinculo con chileno
    Visa temporaria para religiosos
    Visa temporaria para jubilados y rentistas
    Visa temporaria para inversionistas
    Visa temporaria para tratamiento médico
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  148. hola buenas tardes tengo una consulta…yo soy venezolana me inscribi en el proceso de regularizacion extraordinaria ,tengo esperando un aproximado de 7 meses por una notificasion que me debe llegar a la casa o al correo, que pasa si me arrepiento y decido tramitar la visa sujeta a contrato (el proceso ordinario) como calculo la sancion que debo pagar? y si decido seguir esperando por una notificasion del proceso de regularizacion, puedo trabajar con contrato? que me recomiendan ?

  149. Estimada Alison: Te recomiendo que sigas esperando el resultado de la Regularización. Y te sugiero que para saber como va tu tramite debes ver la pagina web del Departamento de Extranjería y Migración, en esta página se te ofrecerá pedir la información de 3 maneras. La primera escribiendo el nombre, segunda escribiendo tu RUT y tercera escribiendo el Código de correo de la carta que enviaste a Extranjera si pediste alguna Visa, haz clik donde dice nombre. Entonces se abrirá una nueva ventana con 6 campos, en el primero debes poner tu nombre o dos nombres si los tienes, por ejemplo Jean Daniel, en el segundo tu apellido, en el tercero tu segundo apellido. En el siguiente campo escoges tu fecha de nacimiento, primero escoges el día, luego el mes y finalmente el año. En el siguiente campo escoges el país de nacimiento, debes escoger VENEZUELA y finalmente pones tu número de pasaporte. Eso te mostrará como van tus papeles en extranjería, veras por ejemplo todo lo que tú has enviado, carta, solicitud, etc. y veras lo que ellos te han enviado. A veces ocurre que das una dirección y luego te cambias y la respuesta te llega al domicilio anterior.
    Espero, que te vaya bien y tengas tu visa de trabajo. Y no olvides suscribirte a nuestro canal de YouTube Tu problema Tu solución.

  150. Hola buenas tardes, me dieron un contrato de trabajo voy a solicitar la visa sujeta a contrato pero obvio no me van a dar el.permiso de trabajo aun porque está tardando mucho,la empresa me indica puedo solicitar el permiso de trabajo como turista para empezar mi pregunta es que pasa si en esos tres meses de permiso como turista no me llega el permiso d trabajo por tramite de visa?

  151. Buenas Tardes, Por favor necesito que nos puedan ayudar, Mi esposo La SOLICITUD DE PERMANENCIA DEFINITIVA N° 52.063 presentada con fecha 12/06/2018 fue ingresada para analizarla. ,A los 15 días nos llegó un correo solicitando una carta: Declaración jurada de expensas notarial, efectuada por su cónyuge en favor de ud. Se envio tal cual como fue solicitada, ya han pasado más de 9 meses y su carnet ya por el tiempo está VENCIDO; limitando completamente a TODO, nadie le da trabajo, no puede manejar, No puede solicitar créditos, y tenemos dos hijos que estudian y yo sola no tenemos para cubrir el gasto de colegio, a mi esposo Nadie le que quiere emplearlo. Por estar prácticamente en el Limbo. Y Con el RUT Vencido, Existe alguna Cláusula, o organismo al cual uno pueda apegarse y solicitar solventar esto, Ya que en Extranjería NADIE da Respuesta De su caso y de su Expediente, Hemos pedido revisión de Documentos y solo dicen ” Hay que esperar”, Y nosotros debemos pagarlos gastos del hogar,colegio, médicos. Y no puede él hacer nada porque nadie le da trabajo. Por su Estatus Inmigratorio. Por favor Necesitamos Ayuda y que nos orienten. Muchas gracias

  152. Estimada Karina: Te recomiendo que sigas esperando el resultado de la Solicitud. Si no aprueban la solicitud definitiva otorgarán la temporaria. Y te sugiero que para saber como va tu tramite debes hacer clik AQUÍ. Este link te llevará a una pagina web del Departamento de Extranjería y Migración, en esta página se te ofrecerá pedir la información de 3 maneras. La primera escribiendo el nombre, segunda escribiendo tu RUT y tercera escribiendo el Código de correo de la carta que enviaste a Extranjera si pediste alguna Visa, haz clik donde dice nombre. Entonces se abrirá una nueva ventana con 6 campos, en el primero debes poner tu nombre o dos nombres si los tienes, por ejemplo Jean Daniel, en el segundo tu apellido, en el tercero tu segundo apellido. En el siguiente campo escoges tu fecha de nacimiento, primero escoges el día, luego el mes y finalmente el año. En el siguiente campo escoges el país de nacimiento, y finalmente pones tu número de pasaporte. Eso te mostrará como van tus papeles en extranjería, veras por ejemplo todo lo que tú has enviado, carta, solicitud, etc. y veras lo que ellos te han enviado. A veces ocurre que das una dirección y luego te cambias y la respuesta te llega al domicilio anterior. Espera el correo, puede que esté pronto a llegar.
    Espero, que te vaya bien y tengas tu visa de trabajo. Y no olvides suscribirte a nuestro canal de YouTube Tu problema Tu solución.

  153. Estimada María: Elige que visa quieres Trabajo como turista o Sujeta a contrato. En lineas generales, cuando un extranjero ingresa al país como turista, obtiene un permiso de turismo por 90 días. Lo que puede hacer es solicitar una prorroga por 90 días mas. Para hacer este tramite necesita 1.-su pasaporte, fotocopia del pasaporte y asegurarte que muestre hoja de identificación, número, fecha de otorgamiento y el último timbre de ingreso. 2.-Original y fotocopia de la tarjeta de turismo legible y vigente. Pagando unos US$ 100. Ahora, si sales, como lo hacen muchos, quizás a Mendoza, al entrar nuevamente como turista, es probable que te den otros 90 días y no te hagan preguntas en la frontera.
    Ahora, cuando solicites tu visa sujeta a contrato, puedes hacerlo por correo y no te olvides de marcar la casilla que dice: DESEO OBTENER PERMISO PARA TRABAJAR
    CON VISA EN TRAMITE y así tendrás el permiso antes que tengas la Visa misma. Te recomiendo que lo hagas así.
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  154. hola, tengo mi visa temporaria vencida mi empleador me quere hacer el contrato pero en notaria no me lo quieren timbrar, tengo mi pasaporte y todo pero igual no me lo quieren firmar y para poder pedir mis papeles en extranjería me piden el contrato que puedo hacer en este caso ?

  155. Saludos Cordiales, quisiera me orientara en relación a que acabo de renunciar a mi trabajo por motivos personales tengo mi RUT VENCIDO y en tramite la definitiva, pero mis padres constituyeron una empresa el año pasado donde soy accionista, pueden emplearme con el RUT vencido y continuar mis cotizaciones a los efectos de no tener problema con mi tramite de la definitiva en curso. Por favor me urge una respuesta. Gracias.

  156. Estimada María Angelica: Si tu RUT está vencido, supongo que es porque se venció tu visa, eso significa que por lo menos ya estas un año en Chile. No se si la visa era temporaria indefinida con fines laborales o era una visa de trabajo sujeta a contrato. Tampoco se si cumples los requisitos para tener la Visa definitiva, de todos modos si no te dan la Definitiva te darán la temporal que seguramente ya tenías. Lo que te permitiría seguir trabajando y pagar tus imposiciones. No se hace cuanto tiempo el RUT y tu Visa están vencidas. Normalmente un empleador cuando hace un contrato a un extranjero y este no tiene una Visa vigente que le permita trabajar, pone una cláusula donde expresa que el contrato estará vigente cuando el empleado tenga la Visa o el permiso de trabajo correspondiente, esto protege al empleador de una multa por emplear a un extranjero que no puede trabajar en Chile por no tener permiso de trabajo.
    Ahora, es probable que ya tu Visa Definitiva esté lista, y ya no tengas este problema, consulta AQUÍ..
    Si no puedes dar mas información al hacer una consulta telefónica, a través de ejecutivos de Contact Center de Lunes a Viernes desde 09.00 a 17.00 hrs. Al fono 600 486 3000 o al 2323 93 100.

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  157. Buenos dias.
    he ingresado al país como turista hace unos días soy de Colombia, sin embargo me ha llegado una oferta laboral interesante, pero me ha sido dificil conseguir información con extrangeria. quisiera saber si hay forma de conseguir algun tipo de visa y que requisitos debo cumplir por mi parte y por parte de la empresa para poder solicitarla.

  158. Estimado Andrés: Te sugiero que extiendas tu visa de turismo- Muchos turistas extienden su visa de turista saliendo de Chile y viajando por ejemplo a Argentina u otro país limítrofe,y luego vuelven a entrar al país.Así, al volver a Chile, se emitirá una nueva visa de turista, inmediatamente en el paso fronterizo, con una duración de hasta 90 días. Sin embargo, ATENCIÓN no todos pueden hacerlo, ya que existen nacionalidades que requieren de la obtención de una visa de turista en alguno de los Consulados de Chile en el extranjero, por lo que volver a ingresar conlleva más trámites y espera.
    Pero, tú puedes solicitar la extensión de tu visa por 90 días más. Pero recuerda que debes hacerlo dentro de los últimos 30 días previos a la fecha de expiración de tu visa de turista actual.
    También puedes pedir Permiso de Trabajo para Turista. Esta es la autorización de trabajo que se otorga a extranjeros y extranjeras, por un máximo de 30 días, prorrogables. Se entrega a extranjeros y extranjeras que deseen realizar actividades remuneradas durante su permanencia como turistas en el territorio nacional.
    La autorización para trabajar con permiso de turismo, se podrá otorgar a quienes tengan la condición de turista vigente y requieran desarrollar actividades remuneradas en nuestro país, sean éstas remuneradas en el país de origen o en Chile. El Ministerio del Interior podrá autorizarlos para que, en casos calificados, trabajen en el país por un plazo máximo de 30 días, prorrogables mientras se mantenga vigente el permiso de turismo.

    REQUISITOS PARA PERMISO DE TRABAJO EN CALIDAD DE TURISTA

    1. Pasaporte original y fotocopia legible (hoja de identificación, número, fecha de otorgamiento y vencimiento de éste, además de la página con el timbre del último ingreso a Chile). En caso de ingresar con otro documento de identificación, exhibir original y fotocopia (Cédula de Identidad, DNI, etc.)

    2. Original de la Tarjeta de Turismo vigente y fotocopia legible. (el documento será retenido mientras dure el permiso de trabajo.

    3. Contrato de Trabajo firmado por ambas partes ante Notario o carta de la empresa en la que se desempeñará (Firmada ante notario) indicando la individualización de las partes y labor a desarrollar.

    Nota 1: Una vez otorgado el permiso de trabajo, deberá pagar los derechos correspondientes a través de una orden de giro emitida por el Departamento de Extranjería y Migración, la que se cancela en cualquier Banco Comercial. El valor del permiso es equivalente al 150% del valor de la visa sujeta a contrato según nacionalidad.

    Nota 2: El solicitante podrá trabajar sólo una vez obtenido este permiso, lo cual debe ser considerado en el contrato de trabajo o carta que se presente.
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  159. buenas aun se puede solicitar de visa temporaria a estas fecha? si me dar la respuesta afirmativa pienso meterla por puente alto lo que no se si por alla es por sistema pedir la cita o es presencial al momento de ir directamente. saludos

  160. hola, tengo una gran duda y agradeceria mucho su ayuda ya que desconozco un poco estos temas, mi pareja ingreso a chile en diciembre del año pasado, le dieron 90 dias, en esos meses consiguio trabajo y metio la solicitud de visa sujeta a contrato, nosotros estamos en pichilemu y el tramite fue muy rapido, le dieron su permiso de trabajo pero estaba en espera de su visa todavia, la cuestion es que dejo de trabajar con ese empleador hace como 20 dias y en extranjeria le dijeron que tiene la opcion de solicitar una rectificacion de su visa por cambio de empleador para la cual tiene 30 dias para meter otro contrato, la cuestion es que van psando los dias y aun no consigue trabajo ya que la temporada buena aca es solo el verano y los trabajos que ha tenido no pasan a nada fijo por lo mismo de que la temporada es muy baja, mi pregunta es: el aun podria tener la opcion de pedir una prorroga por 90 dias mas???

  161. Esimada Skarleth: Ahora bien, muchos de los que escriben a nuestro sitio web, han tenido VISA TEMPORAL POR MOTIVOS LABORALES. La visa de Residencia Temporaria por Motivos Laborales habilita a su titular para residir en el país y realizar cualquier actividad laboral lícita (trabajo, estudios, emprendimiento, prestación de servicios). Tiene una duración de hasta un año, y es prorrogable por un año más, según las reglas generales de la visación de residencia temporaria establecido en el artículo 51 del Reglamento de Extranjería. Este tipo de visa permite trabajar con uno o más empleadores mientras esté vigente la visa y el cambio de empleador no tienen costo adicional. Al término del contrato puede firmar uno nuevo sin pedir otra visa y solicitar la Permanencia Definitiva después de 1 año de trabajo continuo. Esta Visa es mucho mejor en tu caso.

    El caso es que que tienes “una VISA SUJETA A CONTRATO” y cambiarás de empleador. Entonces, necesitas para el trámite:

    1 fotocopia del pasaporte vigente (hojas de identificación, número y fechas de otorgamiento y vencimiento de éste, y estampado de la visa anterior).

    1 fotocopia del Certificado de Registro, emitido por Policía Internacional (Eleuterio Ramírez N°852, Santiago), obligatorio sólo para personas mayores de 18 años

    1 fotografía reciente, tamaño carné (3×2 cm.) en colores, con nombre completo y número de cédula de identidad para extranjeros.

    1 fotocopia de la cédula de identidad por ambos lados, obligatorio sólo para personas mayores de 18 años.
    Certificado original de antecedentes, emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile. Tiene una vigencia de 30 días y es obligatorio sólo para personas mayores de 18 años.

    Además:

    1. FINIQUITO DEL CONTRATO DE TRABAJO ANTERIOR firmado ante notario por el trabajador y el antiguo empleador, o un acta de comparecencia ante la Inspección del Trabajo que certifique la fecha del término de la relación laboral, o una Certificación Judicial que certifique la fecha del termino de la relación laboral.

    2. CONTRATO DE TRABAJO: Se presenta un original firmado ante notario, por el trabajador y el nuevo empleador (indicando el RUT de la empresa o Cédula de Identidad si es persona natural).

    Si no logras hacer este tramite rápido, seguramente te cobrarán una multa.
    Esperamos que encuentres rápido otro empleador y aunque el sueldo no sea mucho mientras trabajes con ese empleador tendrás Visa sujeto a contrato.
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  162. Estimado Gabriel: Hay muchas visas temporarias que no han sido eliminadas:

    Visa de Responsabilidad Democrática
    Visado Humanitario de Reunificación Familiar
    Visa temporaria de Orientación Nacional
    Visa Temporaria de Orientación Internacional
    Visa Temporaria de Oportunidades
    Visa Mercosur
    Visa sujeta a contrato
    Visa de estudiante
    Visa temporaria
    Visa definitiva
    Visa temporaria con vinculo con chileno
    Visa temporaria para religiosos
    Visa temporaria para jubilados y rentistas
    Visa temporaria para inversionistas
    Visa temporaria para tratamiento médico

    Hoy, con el cambio de la ley, las visas para con los extranjeros de la mayoría de los países se entregarán en los países de origen, no se de que país vienes tú, si tienes visa de turista, o estas de manera ilegal, o entraste por un paso no habilitado. De todas formas, no se a que te refieres a hacerlo por Puente Alto, porque si vives en Puente Alto, es decir en la Región Metropolitana, debes entrar a la página web de Extranjería y registrarte allí. Puedes leer otras partes de esta página web o comentarios donde explicamos esto.

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  163. Hola, saludos. Tengo una consulta, ya tengo permiso de trabajo y RUT provisorio y necesito salir del país unos pocos días por motivos personales, tendría problemas en el aeropuerto para salir o para entrar? Ya que no tengo visa estampada que acredite que soy residente, tengo es la hoja del permiso del trabajo y la hoja que me dieron en la AFP

  164. Estimado Carlos: Si usted tiene nacionalidad colombiana NO requiere Visa de Turismo para ingresar a Chile si viaja con fines recreativos, deportivos, salud, estudios, negocios, familiares, religiosos u otros similares, sin propósito de inmigración, residencia permanente o desarrollo de actividades remuneradas; siempre y cuando permanezca en el país por un tiempo menor a 90 días.

    Algo, que no mencionas en tu mensaje si es que cuando saliste de Chile tu visa de turismo ya había expirado, o antes de que terminaran tus primeros 90 días de Visa de turismo fuiste y renovaste tu Visa de turismo hasta que llegara tu Visa de trabajo sujeto a contrato. Ese dato es muy importante.

    Si saliste cuando estabas irregular en Chile, te sugiero consultar en:

    Consulado de Chile en Bogotá:

    Dirección: Calle 100 No. 11B-46
    Teléfonos: 742 0136 – 742 7874.
    Fax: 744 1469
    E-mail: cchile.bogota@minrel.gov.cl

    Ahora, cuando un turista Colombiano quiere ingresar a Chile se deben presentar los siguientes documentos:

    Pasaporte electrónico o de lectura mecánica con vigencia mínima de 3 meses a partir de la fecha de ingreso. Para algunos países de Suramerica se puede viajar sin pasaporte, se debe confirmar con la aerolínea.
    Tiquete aéreo de ida y regreso.
    Acreditar solvencia económica que le permita viajar y financiar estadía.
    Carta de invitación de una persona natural o una empresa en Chile.
    Reservas de hotel cuando no tenga una persona de contacto en Chile.
    Bueno, Carlos espero que todos tus tramites salgan bien. Recuerda que nos solventamos con los espectadores de nuestro Canal de YouTube: Tu Problema Tu solución.

  165. Estimados aparte de indicar que es muy bueno el material que he encontrado en internet respecto de las dudas que surgen al momento de poder saber si es posible contratar una persona extranjera y bajo que condiciones este contrato podria celebrarse hay innumerables datos pero aparte de este no he encontrado ninguno que pueda ser mas claro que este aun asi me persiste una duda en mi caso hay una persona extranjera que busca en mi empresa prestacion de servicios le he indicado que no dudo de sus capacidades y necesidad de trabajo pero también busco no meterme en un problema al contratarlo me evidencio CI Chilena, mas copia de su visa que le permite estar en nuestro país esta indica VISA TEMPORARIA no los motivos del temporal en este articulo solo he visto TEMPORARIA POR MOTIVOS DE TRABAJO , Mi consulta es la misma y bajo que condiciones se puede celebrar un contrato con esta persona desde ya agradecería mucho poder brindar información para disipar dudas y comentarios no formales que indican que empleador debe hacerse cargo de enviarlo de vuelta a su país de origen una vez concluido el contrato a el y todo su grupo familiar que estuviese en Chile al menos esa es la información que entrega call center inspección laboral cuando uno requiere informarse , estaré atenta a sus posibles respuestas e información para poder tomar una determinación desde ya muchísimas gracias.

  166. Estimada Claudia: Primero puedes ver la Visa estampada en el pasaporte, allí dirá:

    VISACIÓN TEMPORARIA
    TITULAR

    Eso indica que es el titular, no un dependiente. Si no es titular, puede que sea esposa o hijo que depende del titular y los dependientes tienen visa para permanecer en el país en forma temporaria tal como el titular de la visa, pero no se les permite trabajar.

    Suponiendo que es el Titular, significa que puede trabajar. En este caso debes mirar en la misma visa estampada en el pasaporte, mas abajo y debiera decir:

    Res N: 77777/2019
    Valida para permanecer en Chile
    Desde: 28/02/2018
    Hasta: 28/02/2019

    Si la fecha está vencida, su visa temporaria de trabajo a caducado. Y tendrías problemas al contratarla.

    Si dice:

    VISACION SUJETA A CONTRATO TITULAR

    EMPLEADOR: Juan Perez
    Res N: 77777/2019
    Valida para permanecer en Chile
    Desde: 28/02/2018
    Hasta: 28/02/2019

    Esta visa solo le permite trabajar con EMPLEADOR: Juan Perez.
    Si ella quiere cambiar el empleador debe hacer unos tramites y eso incluye un contrato o promesa de trabajo, que se hará efectivo cuando obtenga la visa sujeta a contrato, contrato que tú le hiciste, mientras se hace el tramite no debiera trabajar.

    Y esta clase de contrato, para visa sujeta a contrato, obliga al empleador a poner la cláusula de pagar los pasajes de regreso. No así la visa temporaria por motivos laborales.

    Bueno, son muchas las variables. Este sitio web existe para ayudar a los inmigrantes y entendemos que no se les hace fácil tramitar sus visas o permisos de trabajo. El sistema les dice indirectamente, no los queremos aquí. Hay un dicho haitiano que dice: Ki mélé pis grangou chyin. Que traducido significa: Qué le importa a la pulga el hambre del perro.

    Agradecemos a personas como tú que quiere ayudar a un inmigrante.

  167. Estimado Willnanny: Si tu RUT está vigente y tienes un papel que acredita que tu visa fue acogida a tramite y tienes un permiso de trabajo vigente y que no está próximo a vencer. Pienso que no tendrás ningún problema. Pero, si quieres estar seguro puedes acudir a la PDI y con tu RUT consultar si tienes impedimento para salir o entrar al país.

    Recuerda que este sitio web se sostiene con los recursos obtenidos de los anuncios publicitarios en nuestro Canal de YouTube Tu problema Tu solución, te animo a suscribirte si no lo has hecho.

  168. Necesito ayuda, en cuanto llegó una persona venezolana por buena voluntad y porque yo también la necesitaba en mi casa para trabajar cuidando a mi hijo le hice el contrato de Trabajo el inicial para que ella obtubiera su carnet temporal, le he pagado las cotizaciones desde que recibío su carnet temporal. Mi pregunta es: ¿ le sirve presentar para renovar su carnet las cotizaciones desde Junio 2018 a la fecha, aunque el primer contrato se hizo con fecha de diciembre 2017? ¿0 Debo hacer otro contrato con la fecha desde que le dieron su carnet temporal, o sirve ese mismo contrato para obtener su carnet definitivo?.

  169. Estimada Karen: Entiendo que con el contrato ella logró tener una visa temporaria y su carné o RUT, ¿no es verdad?. Aunque, el carné dice en el anverso: Visa: TEMPORARIA, ese carné no es un RUT provisorio, el provisorio es cuando la persona no tiene carné. Si a ella se le venció el carné, ella debe solicitar otra visa temporaria o una definitiva. En esta web veras que se puede hacer por internet y en otras partes de esta página web se ha mostrado como conseguirlos.

  170. Hola, tengo una solicitud de Residencia Temporaria acogida a trámite, ya pague la Orden de Giro por $101.079 para loa derechos de permiso de trabajo. Ahora debo retirar mi Tarjeta de Permiso de Trabajo en Matucana 1223 y quisiera saber si debo pedir una hora o solo presentarme.

    Al ingresar en la reserva de horas no me aparece la opción que necesito para este trámite.

    Por favor su ayuda

    Gracias!!

  171. Estimada Gabriela: Nos alegra que todo esté saliendo bien. Lo que tienes que hacer ahora es entrar a esta página: https://tramites.extranjeria.gob.cl Y tienes que hacer clic en: Permiso de Trabajo Visa en Trámite (Solo Región Metropolitana). En la primera página que aparece, debes marcar la casilla que dice “aceptar las condiciones”. Luego haz clic a Siguiente. Luego elige el paso 2: Envío de orden de pago. En la siguiente página pon todos tus datos. Y en la siguiente debes enviar la copia del pago, la “Orden de Giro” ya pagada. Haz clic donde dice: Subir archivo. Debes tener esa copia en tu celular u ordenador donde estas haciendo el tramite. Luego haz clic en: Siguiente y luego en finalizar. En una semana esperamos que ya tengas tu permiso de trabajar.
    No olvides suscribirte a nuestro Canal de YouTube, Tu problema Tu solución. Y enviar por WhatsApp uno de nuestros videos a tus contactos.

  172. buenas tardes teniendo mi rut temporal vencido, ya realice el pago para la visa definitiva y a la espera de la cita en extranjería, puedo firmar mi finiquito de la empresa donde trabajo en la notaria ?

  173. Estimado Jesús: Espero que en la Notaria te permitan firmar y recibir tu finiquito. Pero, normalmente en la Notaría no reciben carné o RUT vencido o no vigente. Te sugiero, ir a la inspección del trabajo y hacer el tramite allí.

    Si necesitas ayuda adicional, no dudes en escribirnos.

  174. Buenos dias , me.gustaria que me.ayuden a aclarar mi tema , soy extranjero y tengo permiso de turismo , una sra. Chilena me.dio trabajo y me dijo que en 15 dias me hacia contrato , pasaron 20 dias que trabaje sin descanso y me despidio sin ninguna excusa en dia 31 de julio y hasta la.fecha no me a pagado nada de mis dias trabajados , solo me manda mensajes que mas tarde me deposita ,que a las 9pm y cosas asi , que puedo hacer??
    Gracias

  175. Buenos dias una consulta , soy extranjero y una señora Chilena me dió trabajo en su restaurant y me dijo que me haria contrato , pero el.31 de julio 2019 despues de 20 dias trabajados sin descanso le dijo a la encargada que me diga que ya no trabajaré mas , pero no me a pagado ningun día laborado , solo me dice que me hara una transferencia a una cta. Rut que me.solicito pero hasta hoy 3 de agosto no me deposita nada y solo me dice por whats app que mas tarde me deposita , que a las 9pm me deposita y asi una y otra excusa , que puedo hacer?.. a quien puedo acudir para que me pague ?, ella me dijo que me pagaria 25mil pesos diarios por mi trabajo , pero hasta ahora no me pagó nada… les agradecere me puedan orientar …Gracias

  176. Estimado Martín: En lineas generales, sugerimos ir a la inspección del trabajo, cercana a tu casa.
    Pero, no vaya ser que vas por lana y terminas trasquilado. En la inspección del trabajo se asegurarán que como turista tuvieras tu PERMISO DE TRABAJO PARA TURISTA y si no lo tenías, tú también incumplirías la ley. Si la denuncias en la inspección del trabajo, aunque no te pague, tendrá que pagar una multa y si lo hizo contigo es probable que lo haya hecho con otros. También, puedes ir al restaurante hasta que te pague, por lo menos de a poco. Si haces algo así, aunque no recomendamos trabajar de manera irregular, asegúrate de un pago diario, si no te pagan por lo menos perderás un día de sueldo y no 20.

  177. Hola, quisiera saber que debo solicitarle a personal extranjero que se le vencio su cedula, para que este trabajando legalmente

  178. Estimado Manuel: Normalmente a un extranjero que tiene visa temporal se le vence la cédula de identidad cuando se vence su visa. Puedes ver al reverso de su cédula que clase de visa tiene, si dice temporal normalmente es por un año y al terminar ese año también caduca la vigencia de la cédula, si dice definitiva, el carnet lo puede renovar cada 5 años, su visa está vigente porque es definitiva, si dice dependiente, esa visa no le permite trabajar. 90 días antes de que la visa temporal termine, el extranjero puede solicitar otra visa temporal por un año o una visa definitiva. Para saber si él o ella lo hizo, puedes pedirle sus datos e ingresarlos aquí: https://www.tuproblematusolucion.cl/auto-consulta/ Allí podrás ver como va su tramite. Otra cosa mas fácil es pedirle que te muestre el papel que le dieron en Correos de Chile donde solicita una año mas de visa temporal o una definitiva. Si el ya hizo el tramite, el esta bien. El problema es que Extranjería con tanta demanda no ha podido cumplir los plazos que ellos mismos se han impuesto. Por esa razón, si el extranjero hizo ese tramite hace unos 6 meses y aún no recibe respuesta, debe hacer una AMPLIACION DE SOLICITUD DE VISA DEFINITIVA EN TRAMITE.

    Si necesitas ayuda adicional, no dudes en escribirnos.

  179. HOLA BUENAS TARDES. YO FIRME UN CONTRATO POR MOTIVO LABORALES Y SOLICITUD UNA VISA DE TURISMO. PERO EL CONTRATO ESOPECIFICABA QUE HASTA QUE NO TUVIESE ESE PERMISO, NO PODIA LABORAL. TRASCURRIERON 4 Y EN ESE TIEMPO SE ME PRESENTO UNA OFERTA LABORAL MEJOR. NO REALICE FINIQUITO DE ESE CONTRATO PORQUE NUNCA TRABAJE CON ELLOS, QUE DEBO HACER?

  180. Estimado Siborian: Muchos han usado contratos falsos para lograr la visa. Pero, si piensas un momento el que vende un contrato falso, no solo te lo venderá a ti, sino a miles mas. ¿Qué crees que pensaran en Extranjería cuando llegan miles de contratos de trabajo con el mismo empleador y el mismo contrato? Si ese es tu caso, te sugiero auto denunciarte y pagar la multa y comenzar todo de nuevo, correctamente. Te menciono esto como consejo general para todos los que visitan nuestra página de ayuda a los migrantes, no porque asegure que tú lo hiciste, solo que muchos que plantean tu mismo problema en Extranjería es por haber utilizado la primera vez un contrato falso.

  181. Hola buenos días, por favor necesito asesoramiento adecuado… soy médico y cuando ingrese al país lamentablemente ingrese un visa sujeta a contrato con un trabajo totalmente independiente a mi profesion… Durante la tramitación envíe mis documentos con la rectificación de calidad de visa a temporaria para profesionales acreditando mi titulo y convalidación en el país… al momento he revisado que mi visa sujeta a contrato ha sido aprobada y que mi solicitud de rectificación aún no ha sido visualizada. Es prudente mantenerme en espera para la rectificacion de visa y no estampar mi visa?

  182. soy venezolano y recientemente estoy viviendo en chile. presento una duda. Si tengo contrato con “Clausula de viaje” y necesito renunciar, la empresa me paga el pasaje de regreso a mi país de origen?

  183. Estimado Jorge: Esa es la razón por la cual la mayoría de los empleadores no contrata a un extranjero con ese tipo de visa. Si no más bien prefiere contratar a un extranjero que ya cuente con su visa temporal o definitiva, las que no requieren de esa cláusula.

  184. Hola pedi por internet la cita para visa de trabajo hace 4 meses en la cuarta region aun no me ha salido pero ya tengo mis titulos apostillados y todos los requisitos para visa profesional me dijeron que hiciera rectificacion de visa ahora vivo en santiago pero en la pagina le das clic a la descarga y no esta el formato ni para santiago ni para provincia eso lo puedo hacer aca o debo de ir a coquimbo

  185. Estimada Daniela: La visa sujeta a contrato, tiene la dificultad que la visa está vigente mientras trabajes con el mismo empleador al dejar de trabajar con él se acaba la visa y tienes que tramitar la visa para tu nuevo empleador. Obviamente haz hecho bien al tramitar tu visa como profesional. Te sugiero escribir, para ello debes registrar todos tus datos: https://siac.interior.gob.cl/formulario.gov?accion=ingresa
    Para mas información puedes visitar nuestra entrada: https://www.tuproblematusolucion.cl/problema-sin-solucion-en-tramite-de-visa-chile/
    Recuerda que Tu problema Tu solución tiene un Canal de YouTube, Tu problema Tu solución, apreciaremos si te suscribes al Canal.

  186. Hola, Necesito una asesoria, mi caso es el siguiente, estoy tramitando una visa sujeta a contrato, la cual fue aprobada, y ya tengo la cita para estampar, ahora, tengo una nueva oferta laboral, que es mejor, esperar a estampar mi visa, y luego hacer el cambio de empleador, o hacer la rectificacion de empleador sin haber estampado mi visa original, en estos dos tramites, tengo que empezar de nuevo, y volver a pagar el permiso y la visa en si? de verdad tengo muchas dudas.

  187. Estimado David: Debes entrar a la página web de Extranjeria.
    Y puedes escoger el siguiente tramite: Cambio de empleador sin haber estampado

  188. tengo contrato indefinido,y me quieren despedir pero estoy en proceso de tramite definitiva, la pregunta es la siguiente pueden despedirme con mi visa definitiva en tramite?…tengo entendido que con el rut vencido no se puede firmar finiquito…no puedo notariar ningun tramite…alguna respuesta gracias…

  189. Estimado Luis: Sí te pueden despedir y el finiquito se puede hacer en la inspección del trabajo y el dinero de cesantía lo puede cobrar algún amigo tuyo que tenga cédula vigente, previo a que tú le des un poder.
    Recuerda que Tu problema Tu solución tiene un Canal de YouTube, Tu problema Tu solución, apreciaremos si te suscribes al Canal.

  190. Hola buenos dias, tengo una consulta, mi empleador no anexo al contrato la clausula de viaje, por lo que aunque me llego la cita no pude estampar la visa, nuestra relacion laboral termino. Sin embargo yo trabaje en otro lugar y cotice la afp con ellos unos meses, que implicaciones legales conlleva eso? En este momento quiero salir del pais y cancelar el tramite, como podria hacer esto? Debo pagar una multa? Gracias de antemano.

  191. Estimada Orianny: Imagino que si mencionas la clausula de viaje es porque solicitaste una visa sujeta a contrato. Esa visa era vigente solo con ese empleador, si trabajaste con otro empleador, debías de llevar el finiquito y el nuevo contrato y hace pedir una nueva visa con el nuevo empleador. Cuando dices que cotizaste, es posible que las cotizaciones queden en un RUT provisorio. Si no apegamos a la ley deberías pagar una multa.

  192. Buenos días tengo mi rut vencido, sin embargo ya realice el pago por la visa definitiva pero aun no me sale en extranjeria el rut, mi pregunta es puedo renunciar a mi actual trabajo y ser yo o mi otro empleador que pague mis imposiciones? no tendré problemas por esto.

  193. Estimada Angela: Tienes tu Solicitud de Visa Definitiva en trámite y si ya pagaste significa que falta menos para su aprobación. No se que Visa tenías, con Visa temporaria por motivos laborales puedes cambiar de empleador o imponer en forma independiente. Si tenías Visa sujeta a contrato, la Visa es solo para el empleador que se ha registrado en la Visa, si cambias de empleador debes cambiar tu Visa, si trabajas con otro empleador debes pagar la multa por haber hecho eso y Solicitar la Visa con el nuevo empleador. Pero, pienso que ya que tu Visa Definitiva está por salir esto no será mucho problema. Salvo que tuvieras la Visa sujeta a contrato y tus imposiciones las pagaras tú u otro empleador, no el que aparece en la Visa. No se si me explico bien.

  194. Estimada Jenny: Sí puedes hacer el cambio de empleador y te recomiendo hacerlo. Porque cuando paguen tus imposiciones Extranjería verá que no estás trabajando con el empleador con quien tienes la visa si no que con otro y según la ley estarías trabajando sin visa y deberías pagar una multa.

  195. Hola buenas tardes.
    Tengo mi primera Visa temporaria vencida, Dic/2018. Y hasta entonces no he podido regularizar mis papeles por motivos de trabajo. Actualmente tengo un trabajo pero no legal.
    Ahora quiero pagar mi multa y poder volver a meter todos los papeles nuevamente., del cual tengo un plazo de 10 días para regularizar eso.

    Ahora, mi empleador me quiere emitir una carta notarial que dice que estoy trabajando allí y con ese documento, me ayude para gestionar mi visa.

    Mi consulta, se puede utilizar esa carta notariada para gestionar mis papeles o necesitaría un contrato indefinido para hacer los trámites de la visa?

  196. Estimado Diego: Primero debes pagar la multa, ve en esta entrada cómo hacerlo online, paga con tarjeta, online, eso hace que el trámite sea más rápido.
    Respecto a la visa temporaria, sigue las sugerencias dadas en esta web.
    Una advertencia, si trabajas sin visa, la multa no es solo para ti sino también para tu empleador. Te sugiero que tu empleador te haga un contrato de trabajo, y le pongas la cláusula sobre el comienzo del trabajo: Cláusula de Vigencia. Esta cláusula debe ser redactada como sigue: “La obligación de prestar servicios emanada del presente contrato, sólo podrá cumplirse una vez que el trabajador haya obtenido la visación de residencia correspondiente en Chile o el permiso especial de trabajo para extranjeros con visa en trámite”.

  197. Hola. Firmé contrato de trabajo con trabajadora venezolana, para visa sujeta a contrato de trabajadora de casa particilar. Hace 13 meses que se firmó ante notario y ella aún no me entrega un permiso de trabajo, que no se lo han otorgado. La relación laboral aún no comienza ya que está sujeta a la obtención del permiso. No puedo seguir esperando. Qué se hace para dejarlo nulo?.

  198. Buenas noches quien pueden ayudar. Solicité mi visa de trabajo y el dia 14/10/2019 me la estaparon desde ese mismo mes empecé los tramites para la obtención de mi cedula y rut el cual la cita nunca me llego hasta el dia 31/8/2020 q decidí ir personalmente al regitro civil donde me atendieron y me dijeron q la cedula me entregaban el dia 25/09/2020 nunca me llego a hora se el permiso de trabajo se me vencio y ennel registro me dicen q no me van dar la cédula por q se me vencio el permiso de trabajo.. a hora q debo hacer por q en el regitro no supieron darme información solo eso q no me la podian dar y q tenia q ir migracion… espero su pronta respuesta gracias 

  199. Estimado Eduardo: No entiendo muy bien el problema.Logro entender que recibiste tu visa el 14/10/2019, no se que clase de visa imagino que es temporal. Si es una visa temporal por un año, esta terminará el 14/10/2020. Y debes solicitar una nueva visa ya sea temporal o definitiva, si calificas para ello.
    Te sugiero visitar las entradas que explican los requisitos y cómo obtenerlas.
    Normalmente tienes RUT o cédula de identidad cuando tienes una visa vigente, se termina la visa y se termina la cédula.

  200. Estimada Leti: Te sugiero hacer una declaración firmada ante notario, señalando el desistimiento de dicho contrato. Esta declaración firmada le servirá a la trabajadora venezolana quien podrá sacar otra visa con un nuevo empleador, presentando ese papel como prueba ya que no podrá presentar un finiquito firmado. También, te proteja a tí ya que no has provisto un contrato falso con el fin de ayudar a alguien a obtener una visa.

  201. ¿Puedo ofrecer trabajo a un extranjero con ingreso irregular que no cuente aún con visa o permiso de trabajo y firmar un contrato de trabajo con él?

    ¿De ser positivo, Cómo oriento al extranjero?

  202. Estimada María: Si quieres contratar a un extranjero, debes hacer un contrato de trabajo con la cláusula que indique que el trabajo comenzará cuando su visa sea aprobada. Si el extranjero entró por un paso no habilitado, esa visa le será rechazada, porque el entrar por paso no habilitado constituye un delito según la ley chilena. Y la única oportunidad que se les da a los que entraron por paso no habilitado, según el artículo 8 de la Ley de Migraciones es que salga del país, sin pagar una multa, plazo que se cumple este mes.
    La regularización 2021, tampoco sirve porque uno de sus requisitos es haber entrado por un paso habilitado. Quizás según el caso pudiera solicitar Refugio o simplemente tener trabajos no bajo contrato hasta que una nueva ley de Migración o un Artículo transitorio, permita una nueva Regularización sin el requisito de entrar por paso no habilitado.

    Recuerda que este sitio de ayuda a extranjero se sostiene con los suscriptores del canal de Youtube Tu problema Tu solución, te animo a que te suscribas en el canal. Que todo salga bien en tus tramites.

  203. Cordial saludo.
    Mi consulta es, si mi visa temporaria por primera vez esta en revision, puedo adjuntar un contrato de trabajo. La solicitud la hice como si mi pareja se hiciera cargo de mi mientras me dieran respuesta.

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