Pregunta: Con la nueva ley de Migración en Chile, ¿se puede cambiar de estatus migratorio de turista a visa temporaria y trabajar?
Respuesta: La Ley N°21.325 de Migración en el artículo 58 establece que los titulares de un permiso de permanencia transitoria, que se encuentren en el país no podrán postular a un permiso de residencia.
Artículo 58.- Cambio de categoría o subcategoría migratoria. Los titulares de permiso de permanencia transitoria que se encuentren en el país no podrán postular a un permiso de residencia, salvo que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 69.