Solicitud de Visa Definitiva online paso a paso

Pregunta: No soy muy hábil en la computación y no se cómo hacer la Solicitud de Visa Definitiva por internet

Respuesta: Aquí te mostramos paso a paso cómo hacer la Solicitud de Visa Definitiva. Y si hiciste una Solicitud incompleta verás cómo seguir.

Entra a: https://tramites.extranjeria.gob.cl

Haz clic en Solicitud de Permanencia Definitiva

Ingresa tu RUT y tu clave única

Acepta las condiciones y haz clic a Siguiente

Escoge si haces la Solicitud para tí o representando a un menor

Ingresa tus datos personales:

Luego haz clic Siguiente

Ingresa sexo, fecha nacimiento y nacionalidad

Ingresa Región y comuna donde vives

Registra dos veces tu email, es importante ponerlo exacto

Registra tu actividad y nivel educacional

Documento con el que haces la Solicitud, por ejemplo Pasaporte

Debes escanear hoja de identificación del pasaporte

Registra si eres dependiente o titular y fecha de expiración

Motivos para postular

Certificado de antecedentes

Debes subir Certificado en pdf

Sube copia de visa 

Sube Cédula por ambos lados en una sola hoja

Certificado de matrimonio para probar vínculo con residente

Obviamente si no tienes vínculo con chileno o extranjero con visa, marca sin vinculo

Acredita ingresos con un contrato de trabajo, vigencia del contrato y cotizaciones

Si esta es la continuación de una visa que enviaste incompleta marca Sí

Ahora estás listo para enviar la Solicitud

Las etapas por las cuales debe pasar tu Solicitud:

1) EN TRÁMITE Esto es cuando ingresas tu Solicitud  y cumples con los requisitos y los documentos solicitados.

2) ESTUDIO PRELIMINAR Se verifica si cumples los plazos de residencia y ausencia del territorio nacional.

3) EVALUACIÓN INTERMEDIA Se analizan los documentos si están vigentes y legalizados. Se piden antecedentes penales a PDI y Registro Civil.

4) ANÁLISIS AVANZADO Se analizan los documentos y se solicita orden de giro para pago de visa.  Se verifican los vínculos familiares mediante documentos validados con instituciones externas.

5) ANÁLISIS RESOLUTIVO  Se verifica que se  pagaron los derechos o visa. Y se emite el acto administrativo que otorga o rechaza la Permanencia Definitiva.

6) ANÁLISIS FINALIZA Resolución de solicitud, dictándose el acto administrativo correspondiente, totalmente tramitado y notificado al solicitante.

Pregunta: Necesito el comprobante de mi Solicitud de Visa Definitiva en trámite, ¿Cómo puedo obtenerlo? -Diego

Respuesta: Estimado Diego: Si Solicitaste la visa el 2019 o antes, puedes descargar el comprobante en Trámites de Extranjería.cl. Si lo pediste 2020 en adelante, seguramente recibiste el comprobante en tu casilla de correos.

Pregunta: ¿Cuanto tiempo de visa temporal necesito para mi Solicitud de Visa Definitiva? -Diego

Respuesta: Estimado Diego son normalmente 24 meses, pero debes tener mas de 24 meses si es que tus ingresos mensuales son menores a los necesarios para satisfacer las necesidades básicas. En este caso deberías tener 36 meses.

También necesitarías 36 meses si es que no puedes acreditar ingresos la mitad de los meses de residencia. Los puedes acreditar con tus liquidaciones de sueldo o con la cartilla histórica de cotizaciones previsionales que tu AFP puede darte. Si estos muestran mas de 12 sueldos en los últimos 24 meses puedes optar por vis definitiva, si no haz una prorroga por un año mas y al cumplir los 36 meses pides la definitiva.

Puedes leer este artículo que trata diferentes casos:

Artículo 65.- Sin perjuicio de los requisitos que establezca el decreto supremo que fije las subcategorías migratorias de residencia temporal, los residentes temporales titulares, para postular a la residencia definitiva, deberán haber residido en el país en tal calidad al menos por veinticuatro meses.

    Para postular a la residencia definitiva se necesitará un periodo de residencia mayor al referido en el inciso precedente, en mérito de los antecedentes personales del interesado, en los siguientes casos:

    1.- Insuficiencia de medios de vida que permitan la subsistencia del interesado y la de su grupo familiar, según los indicadores estimados por el Ministerio de Desarrollo Social y Familia, entendida como la situación de aquellos hogares cuyos ingresos son inferiores al mínimo establecido para satisfacer las necesidades básicas de sus miembros.

    El Servicio deberá procurar la realización de las acciones de coordinación necesarias para contar de manera oportuna con la información actualizada referida a esta materia, la cual será divulgada mediante los canales de comunicación del Servicio.

    Si al momento de la solicitud, los ingresos del interesado no superan el estándar mínimo antes señalado, para postular se deberá acreditar una residencia en el país de al menos treinta y seis meses.

    2.- Estabilidad laboral del requirente, en su periodo de residencia, entendida como la realización de cualquier actividad económica lícita, de forma autónoma o dependiente, que permita acreditar ingresos, al menos, la mitad de los meses de residencia temporal en el país.

    El interesado deberá demostrar, a través de los antecedentes que determine el Servicio mediante resolución, la existencia de tales ingresos durante al menos el periodo antes referido. Con todo, entre los documentos a exigir deberá siempre considerarse, al menos:

    a) En el caso de trabajadores dependientes: liquidaciones de remuneraciones y cartola histórica de cotizaciones previsionales obligatorias, esta última emitida por la correspondiente Administradora de Fondos de Pensiones, y contrato de trabajo vigente.

    b) En el caso de trabajadores independientes, rentistas, jubilados, entre otros, cuando corresponda:

    – Carpeta tributaria del contribuyente, emitida por el Servicio de Impuestos Internos.

    – Cartola de cotizaciones emitida por la pertinente Administradora de Fondos de Pensiones, cuando se trate de un trabajador independiente que cotiza en dicho sistema previsional.

    – Comprobantes del pago de pensiones enteradas por causa de jubilación, discapacidad, u otras.

    En aquellos casos en que el solicitante demuestre documentadamente que ha contado con estabilidad laboral durante más de doce meses en un periodo de residencia temporal de veinticuatro meses, continuos o discontinuos, este último será el plazo que se exigirá para la postulación a la residencia definitiva. En el evento de existir intervalos que en total sumen más de doce meses en que no se hayan percibido ingresos, continuos o discontinuos, sólo podrá postularse una vez cumplidos treinta y seis meses de residencia.

    En caso de conflicto en la aplicación de los dos numerales anteriores se estará a lo exigido en el numeral Nº 2.

    3.- Ausencias del país y su duración, conforme a la siguiente tabla.

    Rango de meses de ausencia            Cantidad de meses residencia

    Dos meses de ausencia o menos: Al menos veinticuatro meses continuos o discontinuos de residencia

    Desde más de dos meses: Al menos treinta meses hasta seis meses de ausencia, de residencia continuos o discontinuos

    Desde más de seis meses: Al menos treinta y seis meses hasta doce meses de ausencia, de residencia continuos o discontinuos

    Más de doce meses de ausencia: Cuarenta y ocho meses continuos o discontinuos de residencia

    4.- Comisión de infracciones migratorias de aquellas señaladas en el Título VII de la ley Nº 21.325 y su gravedad. En cuanto a este criterio, el tiempo requerido de residencia se exigirá de conformidad a los siguientes rangos:

    a) Cuando se trate de alguna infracción aplicada mediante acto administrativo firme y totalmente tramitado, de aquellas contenidas en el Párrafo I de dicho Título VII, referido a las infracciones menos graves, se exigirá un periodo de residencia de al menos treinta meses.

    b) En caso de reincidencia de la infracción indicada en el literal anterior, o en general de la comisión de dos o más infracciones menos graves, se exigirá un periodo de residencia de al menos treinta y seis meses.

    c) Cuando se trate de alguna infracción aplicada mediante acto administrativo firme y totalmente tramitado, de aquellas contenidas en el Párrafo II de dicho Título VII, referido a las infracciones migratorias graves, se exigirá un periodo de residencia de cuarenta y dos meses.

    d) En caso de reincidencia de la infracción indicada en el literal anterior, o en general de la comisión de dos o más infracciones migratorias graves, se exigirá un periodo de residencia de al menos cuarenta y ocho meses.

    e) Cuando se verifique un número igual de infracciones menos graves y graves, se determinará el periodo de residencia de conformidad a estas últimas.

    5.- Comisión de infracciones de la normativa laboral, de seguridad social, medioambiental, sanitaria, tributaria, aduanera u otra infracción al ordenamiento jurídico chileno, y su gravedad.

    Cuando conste formalmente la existencia de alguna de dichas infracciones, sea de naturaleza administrativa o jurisdiccional, y siempre que se encuentren firmes y ejecutoriadas, el Servicio previa solicitud del interesado que se encuentre en dicha hipótesis dispondrá fundadamente mediante resolución el periodo de residencia que deberá acreditar el interesado para postular a la residencia definitiva, el cual en ningún caso podrá ser inferior a treinta y seis meses.

    Artículo 66.-  El Director Nacional del Servicio podrá, mediante resolución fundada y previa solicitud del interesado, disminuir el plazo de residencia necesario para postular a la residencia definitiva el cual, en todo caso, no podrá ser inferior a doce meses.

    El ejercicio de la facultad recién señalada, solamente podrá tener lugar frente a los siguientes supuestos, vinculados con circunstancias personales del interesado.

    a) Existencia de vínculos familiares con nacionales chilenos, o con residentes definitivos. Este vínculo deberá acreditarse con documentos originales, debidamente legalizados o apostillados cuando corresponda.

    En aquellos casos en que no se trate de alguna de las relaciones familiares descritas en el inciso final del artículo 77 de la ley Nº 21.325, el Servicio podrá considerar antecedentes que aporte el solicitante referidos a la existencia de un vínculo efectivo.

    Lo dispuesto en este literal es sin perjuicio de lo que se expone en el artículo siguiente. b) Misiones oficiales realizadas en Chile. La realización de tales misiones se considerará para disminuir el tiempo de residencia solo cuando aquellas sean el fundamento del permiso de residencia temporal que detenten al momento de postular.

    c) Disponibilidad de rentas o pensiones. La disminución del tiempo de residencia se considerará cuando el requirente posea al momento de la postulación, un permiso derivado de la subcategoría migratoria de residencia temporal referida a jubilados y rentistas.

    d) Inversiones ejecutadas y/o empresas que acrediten operación efectiva en Chile. Para optar a la disminución del tiempo de residencia en este caso deberá acreditarse, al menos, una antigüedad en la operación efectiva de la empresa de por lo menos dos ejercicios anuales, o bien, de inversiones desarrolladas de manera continua durante al menos dieciocho meses.

    e) Su aporte al ámbito social, cultural, artístico, científico y/o deportivo. La concurrencia de estas condiciones se apreciará caso a caso. En su solicitud el requirente deberá exponer los argumentos en virtud de los cuales estima que en su caso corresponde la aplicación de la causal, adjuntando además los antecedentes que sean pertinentes en sustento de sus afirmaciones.

    Lo anterior, es sin perjuicio de la residencia definitiva por gracia que pueda determinar el Ministro del Interior y Seguridad Pública, según lo dispuesto en el artículo 82 de la ley Nº 21.325.

    f) Otros casos previstos en acuerdos internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes.

One Reply to “Solicitud de Visa Definitiva online paso a paso”

  1. Hola para mí un gusto saludarle, en poquito meses tendrá 6 años áca y postulé dos veces por definitiva son rechados, aún cumplé con los requisitos ahora por un tercera vez lleva más que 6 meses ni si quisiera me da una una respuesta imajine un padre de familia que salió con ulisión en busqueda algo mejor por su familia es una decepción enorme las autoridades no tiene piedad por los ciudadanos migrante. En el sistema dice algo en la practica es otro bueno….! Un saludo cordialmente.

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