Departamento de Extranjería y Migración anuncia el 24 de Enero 2020:
Se elimina el certificado de viajes como requisito para solicitar Permanencia Definitiva, documento que ya no es exigido.
De modo que, a partir del día 24 de enero de 2020, ya no se solicitará el Certificado de Viajes de PDI para las solicitudes de Permanencia Definitiva.
Por lo tanto, esto no significa que no se necesita sino mas bien los requisitos del Certificado de Viajes que da la Policía de Investigaciones (PDI), se manejarán de manera interna entre PDI y el Departamento de Extranjería y Migración.

Pregunta: Necesito el Certificado de viajes, ¿Cómo obtener el Certificado de viajes en PDI? -Pedro
Respuesta: Estimado Pedro, puedes pedirlo vía correo electrónico, mediante un formulario. El formulario para la Solicitud, puedes descargarlo de la página web de PDI.

Envia el formulario al correo electrónico que corresponde a la comuna donde resides:

Cómo obtener el Certificado de viajes en PDI: Llena con cuidado el formulario:
Nombres:
Apellidos:
Nacionalidad:
Fecha de nacimiento: día/mes/año.
C.I/Pasaporte/DNI: ___________N°____________.
Tipo de residencia (solo para extranjeros): (visa temporaria, sujeta a contrato, estudiante, permanencia definitiva, otro).
Domicilio: calle / N°/ comuna / ciudad / región.
Teléfono de contacto: +569…
Correo electrónico:
También adjunta en formato PDF:
– Fotografía de pasaporte, cédula de identidad, DNI o documento que hubiese sido utilizado en el viaje.
– Fotografía de su visa de residencia estampada en el pasaporte o fotografía de su Certificado de Permanencia Definitiva (cartón celeste o digital según corresponda)
Nota: Recibirás un correo electrónico que te indicará los datos bancarios para hacer la transferencia y el monto. Espera este correo antes de hacer el pago.

Estimado Lauterio: Si tienes visa vigente no necesitas ir a la PDI para renovar tu carnet, lee la siguiente entrada para saber cómo se hace: https://www.tuproblematusolucion.cl/como-sacar-hora-para-mi-cedula-de-identidad-de-extranjero/. Si necesitas de PDI el certificado de vigencia de tu visa, como se explica aquí: https://www.tuproblematusolucion.cl/certificado-de-vigencia-de-permanencia-definitiva-en-chile/, seguramente sacaste hora aquí: https://www.pdichile.cl/trámites-online/certificado-de-vigencia-de-permanencia-definitiva. Si ya sacaste hora no queda mas que esperar, pero asegúrate que sacaste hora en la página de PDI.
Si necesitas alguna información adicional te sugiero buscar en el buscador que tenemos al final de cada entrada de este sitio y allí pon la palabra clave puedes buscar en que entrada lo explicamos, por ejemplo puedes escribir: Registro de primera visa en PDI o el tema que necesitas buscar y el buscador te llevará a las diferentes entradas en que lo hemos explicado. Recuerda que Tu problema Tu solución se solventa con los dineros recibidos de nuestros anunciantes, también recibimos dinero de los anuncios que aparecen en nuestro Canal de YouTube, Tu problema Tu solución, apreciaremos si te suscribes al Canal, agradecemos que nos colabores en estas cosas.
Estimado Klever: A partir del día 24 de enero de 2020, ya no se solicita el Certificado de Viajes de PDI para las solicitudes de Permanencia Definitiva. Salvo que salieras del país y necesiten saber cuanto tiempo estuviste afuera. Debes enviar la información adicional que te piden y si te rechazan la visa definitiva te darán una prorroga de la temporaria.
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Estimada Karen: No se porque fue denegada la Solicitud, de todos modos te menciono porque algunas son denegadas y ve si cometiste algún error y si es así solicítala de nuevo:
Las solicitudes vía correo electrónico, solo serán recepcionadas de Lunes a Viernes de 08:00 a 14:00 horas, lo mismo para las trasferencias bancarias, no siendo acogidas a trámites aquellas que se hayan realizado posterior los plazos y horarios indicados.
Los depósitos o transferencias debe realizarlo el solicitante, de realizarlo un tercero deberá indicar en la misma el nombre del solicitante del trámite.
Verifique bien antes de transferir que el trámite que necesita es el indicado.
Para solicitudes de menores, los apoderados deberán consignar en el correo electrónico que es para “Menor de Edad”, y el documento que acredite su vínculo con el menor, de no hacerlo, no se realizará dicho trámite.
Terceras personas que realicen trámites en representación de otros, deberán adjuntar el respectivo poder, de no hacerlo, no se realizará dicho trámite.
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Estimada Connie: Extranjería dice: “Si los viajeros chilenos o extranjeros residentes comenzaron su viaje al extranjero antes de las 00:00 del 28 de marzo la estadía en el hotel transitorio será sin costo.Los chilenos y extranjeros residentes, si viajaron antes del 28 de marzo, deberán adjuntar en la página c19.cl comprobante de salida del país y la fecha.”
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Estimada Dora: Si el Certificado de viajes dice que estuvo mas de 1 año fuera de Chile, la ley dice que uno pierde su residencia. Extranjería sigue la Ley que dice: Para el control de vigencia de la permanencia definitiva y emisión de duplicados de este permiso a petición de parte, el Ministerio del Interior requerirá se acredite los viajes al exterior realizados por el extranjero, a través de informe o certificado de viajes emitido por Policía de Investigaciones de Chile o mediante la exhibición del pasaporte respectivo. (modificado por D.S. 2.910/2000)
Para evacuar el informe o certificado de viajes, Policía de Investigaciones de Chile deberá consultar sus registros de frontera y hacer constar los viajes que comprendan un período de hasta 6 años anteriores a la fecha en que se solicitó la correspondiente certificación. (modificado por D.S. 2.910/2000)
Si existieren dudas o se detectaren omisiones o incongruencias en los viajes registrados, se podrá exigir al extranjero información complementaria. (modificado por D.S. 2.910/2000)
Si se constatare la no vigencia del permiso, se considerará al extranjero como residente ilegal e infractor, aplicándosele la sanción correspondiente a que haya lugar. (modificado por D.S. 2.910/2000)
Si efectivamente perdió su residencia definitiva en el país, quizás podría hacer la Regularización: https://www.tuproblematusolucion.cl/proceso-de-regularizacion-migratoria-2021/.
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Estimado Edmond: Extranjería ha anunciado que para la Nacionalización se dejarán de solicitar:
Fotografía solicitante.
Copia de la cédula de identidad.
Certificado de Vigencia de Permanencia Definitiva, el cual será tramitado internamente en conjunto con PDI.
No se menciona el Certificado de viajes porque se solicitaba como obligatorio solo para los que entraron al país como menores de edad y que ahora son mayores. Entiendo entonces que no se necesita.
De todas formas, ve la página web por si ha cambiado algo: https://www.extranjeria.gob.cl/nacionalizacion/
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Estimado Ruben: A partir del día 24 de enero de 2020, ya no se solicita el Certificado de Viajes de PDI para las solicitudes de Permanencia Definitiva. No se para que trámite te lo piden.
Estimada Leidy: Debes poner desde, por ejemplo 01/10/2019 hasta 01/07/2021, es decir las fechas en que necesitas el Certificado, que acredite tus salidas y entradas al país.
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Estimada Lorena: Sentimos mucho todo lo que has tenido que pasar. Esperamos que ya tengas tu nuevo pasaporte.
Estimada Kristel: Lo único constante son los cambios. Por un lado, te recordamos que a partir del día 24 de enero de 2020, ya no se solicitá el Certificado de Viajes de PDI para las solicitudes de Permanencia Definitiva. Ahora para solicitar el Certificado, debes enviar un formulario al email que corresponde a la comuna donde vives y luego recibes un email donde confirman tu Solicitud y te dicen donde y cuanto pagar. Ve la siguiente entrada con los detalles: https://www.tuproblematusolucion.cl/certificado-de-viajes/.
e recordamos que este sitio web de ayuda a migrantes se sostiene con los dineros recibidos por los anunciantes en nuestra Web y Canal de YouTube, Tu problema Tu solución. Agradecemos que muchos se han suscrito al canal. Te animamos a compartir alguno de estos videos en tus redes sociales, así como artículos interesantes que encuentres en esta página web.
Si necesitas ayuda adicional, no dudes en escribirnos.
Estimada Mariela: Intentalo nuevamente y en Motivo puedes poner: Para presentar en Departamento de Extranjería y Migración, para nacionalización, ingrese al país siendo menor de edad”. Y no olvides enviar el formulario a la cuenta de correo electrónico del Departamento o Sección de Migraciones y Policía Internacional, correspondiente a tu lugar de residencia.
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Estimada Karina: Envía una carta explicativa junto al Certificado de viajes. Si no resulta puedes enviar un SIAC: https://www.tuproblematusolucion.cl/como-enviar-un-siac/.
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Estimado Marcelo: Para nacionalizarse necesitas tener 5 años o más de residencia en Chile a partir de la fecha de estampado de la Residencia Temporaria que dio origen a la Residencia Definitiva que mantienes vigente. De modo que es bueno que pongas desde esa fecha hasta hoy. También podrán solicitar la nacionalización las personas con Residencia Definitiva que acrediten 2 años de residencia continuada en Chile, y que tengan algún vínculo con chileno.
Estimada Katherin: En DATOS PARA El CERTIFICADO DE VIAJE, debes poner, por ejemplo si tu hijo llego al país el 26/7/2020, pones del 26/7/2020 al 26/7/2023. Si tu hijo entró como menor de edad, marca el casillero: Departamento de Extranjería y Migración
“NACIONALIZACIÓN” (solo aquellos para quienes ingresaron al país siendo menores de edad) y puedes poner motivo Nacionalización.
Estimada Miryam: Como tú dices: ¨pongo la fecha en la que voy a enviar la solicitud del certificado de viajes ¨